Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2005 (14/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CAPITULO III DEL EXAMEN MEDICO

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005

Articulo 64º.- Es una prueba orientada a verificar el estado de salud fisica y mental del postulante, partiendo del perfil medico y psicologico que deben caracterizar al futuro Cadete o Alumno PNP. Articulo 65º.- La evaluacion esta a cargo de una Junta de Medicos y especialistas a propuesta de la Comision Central de Admision. Constara de Tres (3) fases: La primera, consistente en el Examen de Laboratorio (Serologico y Radiologico), la MORDAZA comprendera el Examen Medico (Clinico, Traumatologia, Oftalmologia, Cardiologia, Otorrino, Odontologia) y la tercera sera el Examen de Salud Mental para evaluar la personalidad, motivacion y adaptabilidad a las exigencias para desarrollar una MORDAZA ligada a la existencia institucional. Los resultados de estos examenes son de caracter reservado. Articulo 66º.- Se realizara en los Hospitales, Policlinicos Regionales, Policlinicos de las Escuelas o Centros de Reconocimiento Medico de la Direccion de Salud PNP, o instituciones similares de naturaleza publica o privada. Articulo 67º.- Para optimizar el MORDAZA la Comision Central de Admision, podra disponer se efectuen las gestiones orientadas a la tercerizacion del presente examen, a traves de la suscripcion de Convenios con Instituciones de Salud publicas o privadas de prestigio. Articulo 68º.- Para establecer el estado fisico y mental del postulante, los medicos encargados del examen anotaran en forma MORDAZA y precisa las deficiencias fisicas o psicologicas detectadas en el examinado. Su resultado es definitivo; no tendran valor contra este, los certificados medicos presentados por los postulantes o sus familiares, pertenecientes a instituciones ajenas a la responsable de su ejecucion. Articulo 69º.- Las causales de eliminacion del examen medico, deberan estar contempladas detalladamente en el Plan de Accion de la Division de Reconocimiento Medico del HC-SPNP, o plan normativo de instituciones publicas o privadas de salud (caso de tercerizacion). Articulo 70º.- Con relacion a los examenes psicologicos, deberan de realizarse aplicando eficientemente las evaluaciones medicas respectivas, para detectar las diversas patologias que puedan presentar los postulantes en el MORDAZA de admision. Articulo 71º.- Este examen es de naturaleza eliminatoria.

su educacion, cultura, sistema de MORDAZA, dominio de si mismo, origen de su vocacion por la MORDAZA policial y otras cualidades necesarias que debe reunir el futuro Cadete o Alumno de una Escuela de Formacion PNP. Articulo 79º.- Para el caso de los postulantes a la Escuela de Oficiales, se conformara una Comision Ad Hoc designada mediante RD emitida por la DGPNP. Para las EE.FF de Suboficiales dicha comision estara integrada por el respectivo Comite de Admision de cada Escuela. Articulo 80º.- Es eliminatorio; la nota minima de aprobacion es Once (11.00).

CAPITULO VI DEL EXAMEN DE APTITUD ACADEMICA
Articulo 81º.- Tiene por objeto determinar si el postulante tiene las condiciones intelectuales para la formacion policial y su posterior desempeno en la funcion. Articulo 82º.- La Direccion de Instruccion y Doctrina, a traves de la Oficina Central de Admision, y para optimizar el MORDAZA, podra disponer se gestione la contratacion de los servicios de instituciones educativas de nivel superior de prestigio, para formular y administrar la presente prueba. Articulo 83º.- Las pruebas a aplicarse comprenden evaluaciones de: (01) Aptitudes intelectuales y personalidad. (02) Destrezas y habilidades para el aprendizaje sistematico. Articulo 84º.- El resultado cuantitativo del examen de aptitud academica se obtendra de promediar las notas de las pruebas de aptitud intelectual, destrezas y habilidades. Es eliminatorio y solo continuaran en el Concurso de Admision aquellos postulantes declarados aptos; la nota aprobatoria es de ONCE (11.00).

CAPITULO VII DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS
Articulo 85º.- Tiene por objeto determinar si el postulante posee los conocimientos basicos que son requeridos para iniciar con exito sus estudios profesionales en las Escuelas de Formacion PNP. Articulo 86º.- La Junta de Examen de Conocimientos responsable de la formulacion de las pruebas, esta integrada por personal profesional del Sistema de Instruccion Policial. Sin embargo, la Direccion de Instruccion y Doctrina podra proponer la suscripcion de convenios para la contratacion de los servicios de instituciones educativas de nivel superior para formular y administrar la presente prueba. Articulo 87º.- Comprende las siguientes asignaturas: a. Matematicas (Aritmetica, Algebra, Geometria y Trigonometria). b. Lenguaje y Literatura. c. Historia del Peru en el MORDAZA Americano y Mundial. d. Geografia del Peru y del Mundo. e. Educacion Civica, Constitucion Politica y Derechos Humanos. f. Psicologia y Logica. g. Ciencias Naturales: Fisica-Quimica, Botanica, Zoologia, Anatomia y Ecologia. Articulo 88º.- La calificacion es vigesimal y la nota aprobatoria minima es ONCE (11.00).

CAPITULO IV DEL EXAMEN DE APTITUD FISICA
Articulo 72º.- Tiene por objeto determinar si el postulante tiene la capacidad fisica necesaria, que le permita cumplir las exigencias requeridas durante el MORDAZA de formacion y posteriormente en el desempeno de la funcion policial. Articulo 73º.- Se realiza en las instalaciones deportivas de las Escuelas de Formacion respectivas, o locales de la comunidad, tomando las medidas de seguridad del caso. Articulo 74º.- La Junta del examen de Aptitud Fisica sera nombrada a propuesta del Comite de Admision, y esta integrada por personal especializado perteneciente a la PNP los mismos que efectuaran las calificaciones conforme a las tablas de evaluacion. En caso de no contar con personal especializado, se solicitara el apoyo de profesionales calificados, de preferencia del Instituto Peruano del Deporte. Articulo 75º.- Al igual que el examen Medico, este tambien podra tercerizarse con instituciones privadas o publicas de deportes de reconocido prestigio. Articulo 76º.- Las pruebas a aplicarse y las tablas de evaluacion (marcas, tiempos y notas), seran las indicadas en el Reglamento de Educacion Fisica y Armapol vigente. Articulo 77º.- Las pruebas de rendimiento fisico tienen un promedio aprobatorio de once (11.00), sumadas todas las notas que constituyen este examen. Sin embargo, sera causal de eliminacion inmediata la obtencion de una nota menor a Uno (1) en cualquiera de las pruebas.

CAPITULO VIII DEL CUADRO DE MERITO
Articulo 89º.- Es el documento donde se registra el promedio final de notas obtenidas por los postulantes, en orden de mayor a menor puntaje. Articulo 90º.- Resulta de promediar las notas obtenidas en los examenes de Aptitud Fisica, Evaluacion Personal, Aptitud Academica y de Conocimientos, segun el caso, teniendo como base los coeficientes siguientes: a. Modalidad Regular:

CAPITULO V DEL EXAMEN DE EVALUACION PERSONAL
Articulo 78º.- Es la apreciacion individual del postulante orientada a la formacion de un concepto integral sobre

(01) (02) (03) (04)

Aptitud Fisica Evaluacion Personal Aptitud Academica Conocimientos

1.0 2.0 4.0 3.0

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