Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2005 (14/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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cion de vacancia de los cargos de MORDAZA y Regidor que ostentan don MORDAZA MORDAZA Chuchon MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Limaco MORDAZA, respectivamente; Que dicha decision fue notificada a solo uno de los peticionantes, a saber, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en anexo Ccocha del distrito de Vischongo, direccion que no le corresponde segun consulta en linea a los datos obrantes en el RENIEC; Que con fecha 20 de enero del 2005 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta recurso de apelacion ante este organo electoral al haber tomado conocimiento de lo resuelto por el Concejo Distrital de Vischongo al solicitar la revision del expediente el 29 de diciembre del 2004; Que en este estado es de aplicacion lo establecido en el articulo 27.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 que senala que se tendra por bien notificado al administrado a partir de la realizacion de actuaciones procedimentales del interesado que permitan suponer razonablemente que tuvo conocimiento oportuno del contenido o alcance de la resolucion, o interponga cualquier recurso que proceda; Que en merito a ello resulta procedente que este organo de justicia electoral resuelva el recurso de apelacion planteado; Que se tiene en la solicitud dos peticiones de vacancia: 1) Contra el senor MORDAZA MORDAZA Chuchon MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Vischongo, por la causal de nepotismo al haberse contratado a los senores MORDAZA MORDAZA Chuchon MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Palomino; y, 2) Contra el senor MORDAZA MORDAZA Limaco MORDAZA, Regidor del senalado distrito, por la causal de tener sentencia judicial emitida en MORDAZA instancia por delito doloso; Que se ha presentado y obran a fojas 8 y 9 copias simples de las partidas de nacimiento de los senores MORDAZA Chuchon MORDAZA y MORDAZA Chuchon, como prueba del parentesco de MORDAZA personas; ademas a fojas 12 aparece MORDAZA simple de la planilla del personal de la Municipalidad de Vischongo, contratado por servicios no personales de MORDAZA del 2003 en el que aparece el cobro de la senorita Chuchon por el haber correspondiente al referido mes; estableciendose probadamente que al menos el mes en el que se laboro fue MORDAZA del 2003; Que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 cobro vigencia a partir del 28 de MORDAZA del 2003 y el vinculo laboral senalado en el parrafo anterior concluyo en dicho mes; no siendo aplicable dicha ley que instauro el nepotismo como causal de vacancia, ya que esta es obligatoria desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial, conforme al articulo 100º de la Constitucion Politica del Peru; Que en cuanto a la relacion familiar que pudiera existir con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no se ha alcanzado prueba indubitable que certifique aquella; apareciendo, a fojas 13 y 14, solo constancias de parte, a saber del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gobernador del distrito de Vischongo y de los apelantes; documentos que no producen certeza en este organo electoral sobre la causal imputada; Que de la insuficiente documentacion presentada, no se acredita que don MORDAZA MORDAZA Chuchon MORDAZA MORDAZA incurrido en la causal de vacancia prevista en el inciso 9) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que con respecto a la causal invocada para la vacancia del senor MORDAZA MORDAZA Limaco MORDAZA, Regidor del senalado distrito, obra a fojas 84 y 85 MORDAZA certificada de la resolucion de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de 31 de MORDAZA del 2004 en el Expediente Nº 10112003 que declara no haber nulidad en la sentencia que condeno al senor MORDAZA Limaco en calidad de autor del delito contra la administracion publica en agravio del Estado y de la Municipalidad Distrital de Vischongo a dos anos de pena privativa de la MORDAZA, suspendida en su ejecucion por el periodo de prueba de un ano; por lo que el regidor aludido se encuentra incurso en causal de vacancia de su cargo; Que el numeral 2) del articulo 24º de la Ley Nº 27972 establece que en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el suplente respetando la precedencia establecida en la propia lista electoral; correspondiendo convocar al ciudadano MORDAZA MORDAZA Ochante MORDAZA, candidato no proclamado de la organizacion politica nacional "Movimiento Nueva Izquierda"; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelacion presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el extremo que solicita la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Vischongo que ostenta don MORDAZA MORDAZA Chuchon Prado. Articulo Segundo.- Declarar fundado el recurso de apelacion presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Taboada; en consecuencia, nulo el Acuerdo Municipal Nº 002-2004-MDV-PV/A de 29 de marzo del 2004 del Concejo Distrital de Vischongo en el extremo que rechaza la peticion de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA Limaco Taboada. Articulo Tercero.- Declarar la vacancia del cargo del senor MORDAZA MORDAZA Limaco MORDAZA, Regidor del Concejo Distrital de Vischongo de la provincia de Vilcashuaman del departamento de Ayacucho; dejandose sin efecto la credencial otorgada. Articulo Cuarto.- Convocar al senor MORDAZA MORDAZA Ochante MORDAZA para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Vischongo, para completar el periodo de gobierno municipal 2003-2006; otorgandosele la credencial correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 07160

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Tapay
RESOLUCION Nº 084-2005-JNE
Exp. Nº 124-2005 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2005 VISTO el Oficio Nº 080-MDT/2005 recibido el 28 de marzo de 2005, de don MORDAZA MORDAZA Cacya, MORDAZA del Concejo Distrital de Tapay, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, por el que comunica el fallecimiento del Regidor don MORDAZA Dubal Llanquecha Quispe; CONSIDERANDO: Que el Acta de Defuncion Nº 00597665 certificada el 10 de enero de 2005 por la Jefa del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Tapay, que obra a foja 7, acredita que don MORDAZA Dubal Llanquecha MORDAZA fallecio el 20 de noviembre de 2004; Que el Concejo Distrital de Tapay en sesion extraordinaria del 20 de enero de 2005, acordo declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA Dubal Llanquecha MORDAZA, segun consta a fojas 5 y 6, conforme lo disponen los articulos 22º numeral 1) y 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, que dispone que el cargo de regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte; Que en caso de vacancia de Regidor, este es reemplazado por el suplente respectivo, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo la suplencia a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cacya Taco; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cacya Taco, candidata no proclamada del "Movimiento Independiente Caylloma Renace", para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Tapay, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, para completar el perio-

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