Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2005 (14/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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propuesta economica, y que de no contar de manera inmediata con el medio que brinde el servicio de transporte de dicho personal, estaria poniendo en riesgo la continuidad de las funciones pedagogicas en la MORDAZA del Putumayo; solicitando por ello a su Despacho, se someta al Consejo Regional para autorizar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de conformidad a los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 0832004-PCM, con un valor referencial ascendente a S/. 143,000.00, con cargo a su presupuesto, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, con Oficio Nº 331-2005-GRL-ORAJ, del 6 de MORDAZA del 2005, el Director de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA, ante la documentacion sustentatoria de la DREL glosada en los considerandos precedentes, y en aplicacion del Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004PCM, siguiendo el procedimiento establecido en el Articulo 146º y Ss. de su Reglamento, Opina que resulta procedente la aprobacion de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion del Servicio de Transporte del Personal Docente y Familiares Directos, en la ruta del ADE 01 Putumayo, que permitira resolver la situacion de desabastecimiento inminente de embarcaciones que reunan la capacidad y brinden las garantias necesarias para el transporte de los docentes y familiares; permitiendo asi iniciar el ano escolar en la MORDAZA del Putumayo; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM; senala en el Articulo 19º, Inc. c), que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; asi mismo en el Articulo 20º, incisos a) y c), precisa, que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Articulo MORDAZA referido, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad o por Acuerdo del Consejo Regional en el caso de los Gobiernos Regionales; Que, el Articulo 21º, de la MORDAZA MORDAZA referida, senala que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio y obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Facultando a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; concordante con el Articulo 141º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004PCM; senala en sus Articulos 146º, 147º y 148º, el procedimiento de exoneracion a seguirse una vez autorizada la misma. Que, con el documento del Visto, la Secretaria del Consejo Regional, remite la Transcripcion del Acuerdo de Consejo Regional Nº 006-2005-SE-GRL : 6.4.2005, en el que se acordo por Unanimidad Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion del Servicio de Transporte de Personal Docente y Familiares Directos, en la ruta del ADE 01 Putumayo; por desabastecimiento inminente de embarcaciones que reunan la capacidad y brinden las garantias necesarias para el Transporte de los Docentes y Familiares Directos, permitiendo asi iniciar el ano escolar en la MORDAZA del Putumayo en el mas breve plazo; autorizando su implementacion inmediata con la elaboracion de la Resolucion Ejecutiva Regional correspondiente; Estando a lo acordado; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; Oficina Regional de Administracion; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y de la Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0032003-CR/RL, de fecha 21 de enero del 2003, y su modificatoria aprobado por Ordenanza Regional Nº 020-CR/GRL, del 14 de diciembre del 2003;

Articulo 1º.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de ADP Nº 001-2005-GRL-DREL, "Servicio de Transporte Fluvial de Personal Docente y Familiares Directos en la ruta del ADE 01 Putumayo, mes de Marzo (Ida)"; para la Contratacion del Servicio de Transporte del Personal Docente y Familiares Directos, en la ruta del ADE 01 Putumayo; por desabastecimiento inminente de embarcaciones que reunan la capacidad y brinden las garantias necesarias para el transporte de los Docentes y Familiares Directos en la ruta ADE 01 Putumayo. Articulo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina Regional de Administracion, para que de cumplimiento a lo establecido en el Articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que precisa que las Resoluciones o Acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda. Adicionalmente debera publicarse a traves del SEACE. Articulo 3º.- REMITIR, MORDAZA de la presente Resolucion y el Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, en aplicacion del Articulo 20º, 4to parrafo, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente 07244

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Sistema Regional de Gestion Ambiental
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-CR/GRP
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en sesion ordinaria celebrada el dia 23 de febrero de 2005, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais. Con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, establece que la descentralizacion tiene como finalidad el desarrollo integral, armonico y sostenible del MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la poblacion; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que son funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales en materia ambiental y de ordenamiento territorial: formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales, asi como implementar el Sistema Regional de Gestion Ambiental, en coordinacion con las comisiones ambientales regionales;

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