Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2005 (14/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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promovida por dicho ciudadano, para los efectos del numeral 5) del articulo 203º de la Constitucion Politica del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 07163

cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, modificado por las Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE y Nº 252-2004-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Gestion Electoral, de la Gerencia de Informatica, de la Gerencia de Asesoria Juridica y de la Secretaria General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el "Reglamento de Inscripcion de Candidatos para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los Colegios Profesionales del Pais", el cual consta de cuatro (4) Titulos, dos Capitulos, veintiocho (28) articulos, dos disposiciones finales y un anexo que forman parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional (e) Oficina Nacional de Procesos Electorales

ONPE
Aprueban el "Reglamento de Inscripcion de Candidatos para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los Colegios Profesionales del Pais"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 093-2005-J/ONPE
MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2005 Vistos; el Informe Nº 020-2005-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestion Electoral, el Informe Nº 002-2005-CCM-CMSCGAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Memorandum Nº 104-2005-GAJ/ONPE de la misma Gerencia. CONSIDERANDO: Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE es un organismo constitucionalmente MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia tecnica, administrativa, economica y financiera, a quien le corresponde planificar y ejecutar las acciones para el desarrollo de los procesos electorales a su cargo; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 19º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 26397, la organizacion del MORDAZA de eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura que corresponde elegir a los miembros de los Colegios de Abogados y a los miembros de los demas Colegios Profesionales del MORDAZA, se encuentra a cargo de la ONPE, organismo que, para dicho efecto, se debe regir por el reglamento que apruebe el Consejo Nacional de la Magistratura; Que, mediante Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 491-2004-CNM, publicado el 15 de diciembre de 2004, dicho organismo constitucional expidio el Reglamento para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los Miembros de los Colegios Profesionales del Pais; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 009-2005-J/ ONPE, se convoco a dichas elecciones para el 19 de junio de 2005, conforme a los lineamientos establecidos en dicho Reglamento; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del mismo Reglamento, la Jefe de la ONPE se encuentra facultada para dictar las disposiciones necesarias referidas a la organizacion del MORDAZA electoral; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 057-2005-J/ ONPE, la ONPE aprobo las Normas Complementarias para la eleccion de Consejeros representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA ante el Consejo Nacional de la Magistratura ­ CNM, mediante el cual se regulan los aspectos generales del MORDAZA electoral; Que, asimismo, resulta necesario expedir normas reglamentarias que regulen, especificamente, las diversas etapas del procedimiento de inscripcion de los candidatos que participaran en este MORDAZA electoral; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso g) del articulo 5º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, y el inciso q) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Ofi-

REGLAMENTO DE INSCRIPCION DE CANDIDATOS PARA LA ELECCION DE CONSEJEROS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA POR LOS COLEGIOS PROFESIONALES DEL MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º.- Objetivo El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas y procedimientos tecnicos para la inscripcion de los candidatos para la eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los Colegios Profesionales del pais. Dicho procedimiento de inscripcion comprende las siguientes etapas: a) Recepcion y admision de las solicitudes de inscripcion. b) Verificacion de firmas de las listas de adherentes. c) Inscripcion de candidatos. Articulo 2º.- Definiciones y abreviaturas Para efectos del presente Reglamento se consideran las siguientes definiciones y abreviaturas: a) Area de Tramite Documentario: Area de Tramite Documentario, Constancias y Archivo Central de la Secretaria General de la ONPE. b) Aspirante: Profesional que postula a ser candidato para la eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los Colegios Profesionales del pais. c) CNM: Consejo Nacional de la Magistratura. d) Cronograma de inscripcion de candidatos: Cronograma para la MORDAZA de solicitudes de candidatos, aprobado mediante el articulo 2º de la Resolucion Jefatural Nº 009-2005-J/ONPE. e) ONPE: Oficina Nacional de Procesos Electorales. f) Normas Complementarias: Normas Complementarias para la eleccion de Consejeros representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA ante el Consejo Nacional de la Magistratura ­ CNM, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 057-2005-J/ONPE. g) Personero: Persona acreditada por el aspirante para su representacion en las distintas fases del proceso. h) RENIEC: Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. i) Reglamento del CNM: Reglamento para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del MORDAZA, aprobado por Resolucion Nº 491-2004-CNM. Articulo 3º.- Unidades Organicas que intervienen en el procedimiento Durante la inscripcion de los candidatos para la eleccion de Consejeros del CNM por los Colegios Profesionales del MORDAZA, intervienen las siguientes unidades organicas de la ONPE: a) Secretaria General. b) Gerencia de Informatica. c) Gerencia de Gestion Electoral.

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