Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2005 (14/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005
Nº de MORDAZA 13 14 15 16 17 18 19 20 Descripcion Para uso interno del Software Para uso interno del Software Para uso interno del Software Para uso interno del Software Para uso interno del Software Para uso interno del Software Para uso interno del Software Para uso interno del Software Codigo del MORDAZA LNG_BRES FLG_DIGI FLG_VERI FLG_CONS FLG_STAT FLG_DUPL MAL_ELEC.

NORMAS LEGALES
MORDAZA Caracter Caracter Caracter Caracter Caracter Caracter Caracter Longitud 2 1 1 1 1 1 1 1

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MAL_NOMB. Caracter

2. Asimismo, debe observarse lo siguiente: a) Los promotores deben entregar conjuntamente con la lista de adherentes a la ONPE, dos (2) ejemplares de CD-ROM o diskettes conteniendo cada uno los datos de las listas de adherentes, identificando en cada caso los siguientes parametros: - Nombre del aspirante - Original y MORDAZA - Numero del CD-ROM - Cantidad de adherentes registrados en el medio utilizado. b) Cada medio debe contener un (1) solo archivo de base de datos en formato DBF, y cuenta con las siguientes caracteristicas: - El nombre del archivo en base de datos, debe ser: ADHDATA.DBF - Debe respetarse el nombre, MORDAZA y longitud de MORDAZA de los MORDAZA senalados, para efectos de la comprobacion automatica. c) Los datos de cada archivo debe digitarse en el mismo orden en que aparecen en las listas de adherentes; es decir, debe existir correspondencia uno a uno, entre el adherente que aparece en la lista respectiva y el que aparece en el medio magnetico utilizado. d) Todos los datos de los adherentes deben ser digitados en letras mayusculas. 07233

de MORDAZA - MORDAZA, informa que la trascripcion del Acta de Nacimiento presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no fue expedida por dicha Oficina Registral; Que, se establece la presuncion razonada que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha hecho uso de un documento falso como si fuese legitimo, con la finalidad de que a traves del Procedimiento de Autenticacion de Firma en Certificaciones o Constancias por Registrador Civil, senalado en el MORDAZA del RENIEC, se autentique la firma de los funcionarios autorizados para tal efecto, por lo cual, se deduce la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso), previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso), en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 07207

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 453-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2005 VISTO: el Oficio Nº 799-2005-GO/RENIEC, el Informe Nº 014-2005-GO-AC/RENIEC y el Informe Nº 302-2005GAJ/RENIEC de fecha 29 de marzo del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 1 de febrero del 2005, se presento ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a efectos de solicitar la autenticacion de la firma de funcionario que certifica la trascripcion del Acta de Nacimiento Nº 792 correspondiente al ano 1977, a nombre de Wilberth MORDAZA MORDAZA, expedida presuntamente por la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA - Cusco; Que, mediante el Oficio Nº 010-OREC.SGTO/CUSCO05, la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital

RESOLUCION JEFATURAL Nº 454-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2005 Visto, el Oficio Nº 637-2005/GO/RENIEC, el Informe Nº 456-2005-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 2962005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de marzo del 2005. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Registros del Estado Civil, hace de conocimiento que la ciudadana MORDAZA MORDAZA LEVEAU UGARRIZA, ha solicitado ante Notario Publico Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al MORDAZA de la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, la rectificacion del estado civil de soltero a casado del Acta de Defuncion Nº 00784418 perteneciente a MORDAZA MAINZA MORDAZA, asentada en la oficina registral de la Municipalidad Distrital de Lince, aduciendo que por error del registrador se consigno soltero cuando en realidad era casado, adjuntando para tal tramite MORDAZA certificada del Acta de Matrimonio Nº 00367802, expedida supuestamente por la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de Paita; Que, mediante Oficio Nº 0100-2004-MPP/GM/DSSyC/ OREC-PAITA, la Division de Poblacion y Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Paita informa que la Partida de Matrimonio Nº 00367802 a nombre de MORDAZA MAINZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA LEVEAU UGARRIZA, no se encuentra registrado, de lo que se colige que la citada ciudadana ha utilizado, en tramite de rectificacion de Partida de Defuncion, un documento falso, lo que afecta la integridad e intangibilidad de los Registros Civiles;

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