Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2005 (15/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2005

la biblioteca especializada para docentes de las instituciones focalizadas por la Emergencia Educativa; asimismo, senala que una tercera convocatoria para los items declarados desiertos y el anulado significaria una demora significativa para los plazos de distribucion dado que se contaria con el material a finales de ano cuando esta concluyendo el ano escolar, por lo que solicita cancelar las aludidas convocatorias; Que, el numeral 2.1 del articulo 2º de la Ley Nº 28267 Ley que modifica la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - establece que los actos iniciados con anterioridad a la presente ley se rigen segun las normas vigentes al momento de su celebracion; Que, la Licitacion Publica Internacional Nº 0004-2004ED (Segunda Convocatoria) es un MORDAZA que se rigio con las disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el articulo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que la Entidad, en cualquier estado del MORDAZA hasta MORDAZA del otorgamiento de la buena pro, puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente; Que, la dependencia de la cual proviene el requerimiento ha concluido que la tematica de los bienes correspondientes a los items declarados desiertos y anulado estan incluidos en los items adjudicados por lo que no adquirirlos no MORDAZA la calidad y propositos educativos de la biblioteca especializada para docentes de las instituciones focalizadas por la Emergencia Educativa; En uso de las facultades delegadas por la Resolucion Ministerial Nº 0072-2005-ED y Resolucion Ministerial Nº 0669-2004-ED y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, Ley Nº 28267; y los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 00296-ED, Nº 012-2001-PCM y Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar la Licitacion Publica Internacional Nº 0004-2004-ED (Segunda Convocatoria) respecto de los items 2, 23 y 27 declarados desiertos y 11 declarado nulo mediante Resolucion Ministerial Nº 0380-2005-ED. Articulo 2º.- Disponer el reintegro del costo de las Bases a quienes las hayan adquirido para lo cual bastara la MORDAZA del comprobante de pago. Articulo 3º.- Publicar por una sola vez la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el que hubiera publicado la convocatoria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PATRON BEDOYA Secretario General 15751

Asimismo, se aprobo el informe pericial presentado por el ingeniero MORDAZA MORDAZA Ordonez MORDAZA, declarandose comprobada la extraccion ilicita de mineral metalico aurifero en agravio del Estado en el area del petitorio minero MORDAZA PULLANI ALTO MORDAZA, ubicado en el distrito de Limbani, provincia de MORDAZA, departamento de Puno. Asimismo se notifico a los infractores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Huaracha, responsables en forma conjunta por 152.81 onzas-Troy o su valor equivalente a S/. 202,969.88 (DOSCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE) para que, bajo apercibimiento de Ley, paralicen de inmediato la extraccion del mineral metalico aurifero y en el plazo de diez (10) dias, cumplan con devolver el oro extraido o su valor, depositando sin deducir costo alguno, a la Cta. Cte. Nº 0000-283592MEM-MULTAS Y SANCIONES del Banco de la Nacion; Que, la Resolucion Directoral Nº 462-2004-MEM/DGM de fecha 11 de agosto de 2004, se encuentra consentida respecto a los infractores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no haber impugnado dicha resolucion dentro del plazo de Ley; y, respecto a MORDAZA MORDAZA Huaracha, por Auto Directoral Nº 002-2005-MEMDGM/TNO de fecha 13 de enero de 2005, se tuvo por no presentado su recurso de revision por no haber adjuntado el comprobante de pago por derecho de tramite MORDAZA - MEM en el plazo concedido; Que, hasta la fecha ninguno de los mencionados infractores, ha cumplido con lo dispuesto por la Resolucion Directoral Nº 462-2004-MEM/DGM, en cuanto a la devolucion de los minerales indebidamente extraidos o sus valores; Que, del estudio y analisis del expediente administrativo, se ha determinado que existen indicios razonables de la comision de delito en agravio del Estado, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el numeral 5) del articulo 90º del Reglamento de Diversos Titulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 018-2003-EM, es procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que formule la correspondiente denuncia penal y MORDAZA las demas acciones legales contra: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Huaracha; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, De la Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Ley Nº 17667 que modifica los articulos 12º y 13º del Decreto Ley Nº 17537, Decreto Ley Nº 25962 Ley Organica del Sector Energia y Minas y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Huaracha, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico, los antecedentes de la presente Resolucion, con transcripcion de la misma para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 15813

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de extraccion ilicita de mineral metalico aurifero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 378-2005-MEM/DM
MORDAZA, 12 de setiembre de 2005 VISTO, el expediente Nº 1456653 sobre extraccion ilicita de mineral metalico aurifero en agravio del Estado, efectuado en el area del petitorio minero MORDAZA PULLANI ALTO MORDAZA, ubicado en el distrito de Limbani, provincia de MORDAZA, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, de la investigacion realizada por la Direccion General de Mineria, se expidio la Resolucion Directoral Nº 462-2004-MEM/DGM de fecha 11 de agosto de 2004.

Designan representante del Ministerio ante Grupo de Trabajo encargado del estudio y analisis de propuestas a fin de elaborar MORDAZA institucional para materializar un anillo sudamericano de gaseoductos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 379-2005-MEM/DM
MORDAZA, 12 de setiembre de 2005

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