Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2005 (15/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2005
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Unico.- AMPLIAR en sesenta (60) dias calendario contados a partir de la fecha, el plazo para que el Gobierno Regional de MORDAZA continue y culmine el MORDAZA de adjudicacion las areas disponibles del Proyecto Especial Chira MORDAZA, a favor de los beneficiarios de las Leyes Nºs. 27887 y 28042, en aplicacion del Reglamento de estas normas legales, aprobado por Decreto Supremo Nº 0022004-VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 15893

Articulo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolucion, sera atendido por la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Quinto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan plazo de funcionamiento del Tribunal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 173-2005-CE-PJ
MORDAZA, 6 de setiembre del 2005 VISTO: El Oficio Nº 1239-2005-P-CSJU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 149-2005CE-PJ, de fecha 6 de MORDAZA del ano en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogo el funcionamiento del Tribunal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali por el plazo de 2 meses, a partir del 1 de MORDAZA ultimo; Que, el Presidente de la mencionada Corte Superior solicita a este Organo de Gobierno que se prorrogue el funcionamiento del Tribunal Unipersonal por un plazo adicional de 2 meses, a partir del 1 de setiembre del ano en curso, con la finalidad de continuar con la descarga de procesos penales sumarios existentes en la Sala Especializada en lo Penal; Que, a fin de optimizar el trabajo en beneficio de los justiciables y teniendo en cuenta lo previsto en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 112-2003-CE-PJ, su fecha 16 de setiembre del 2003, resulta procedente por MORDAZA vez la prorroga del Tribunal Unipersonal que funciona en la Corte Superior de Justicia de Ucayali; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26) del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion extraordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por MORDAZA vez el funcionamiento del Tribunal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali por el plazo de dos meses, con efectividad al primero de setiembre del presente ano; de conformidad con lo dispuesto por el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa numero ciento doce guion dos mil tres CE guion PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Segundo.- Facultar al Presidente de la mencionada Corte Superior de Justicia, a adoptar las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Tercero.- La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, cada fin de mes remitira a este Organo de Gobierno informe documentado sobre la labor realizada por el Vocal Superior adicional designado.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 15866

Cesan por limite de edad a Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 196-2005-CE-PJ
MORDAZA, 14 de setiembre del 2005 VISTO: El Informe Nº 032-2005-GPEJ-GG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 041-96-CNM, de fecha 28 de febrero de 1996, se nombro al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Piura; Que, el articulo 245º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial establece que el cargo de Magistrado termina, entre otras causales, por cesantia o jubilacion; Que, al respecto, del Informe Nº 032-2005-GPEJ-GG/ PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la fotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el nombrado Magistrado nacio el 14 de setiembre de 1935, y en consecuencia en la fecha cumple setenta (70) anos de edad; razon por la que corresponde disponer su cese por limite de edad, de conformidad con lo previsto en el inciso a) del articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276, concordado con el articulo 186º, inciso a), del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion extraordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del 14 de setiembre del ano en curso, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Piura; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presidencia de la Corte Superior

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