Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2006 (28/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano viernes 28 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

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habiles siguientes a su expedicion y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 0547-13

Constituyen derecho de superficie a favor de la empresa Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, sobre predios de propiedad del Estado
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2006-EM MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 VISTO el expediente Nº 1553706, de fecha 16 de agosto de 2005, y sus anexos Nº 1564071, Nº 1564939, Nº 1569776, Nº 1568039, Nº 1575314, Nº 1576394, Nº 1586261 y Nº 1609107, formado por la empresa Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, sobre constitucion de derecho de superficie sobre la MORDAZA del area de operaciones correspondiente al Lote 31-E, ubicado en la provincia de Ucayali, departamento de MORDAZA, MORDAZA de la MORDAZA Central del Peru, en la que no existan poseedores y/o propietarios, en el MORDAZA del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 31-E; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2001-EM, de fecha 30 de enero de 2001, modificado sucesivamente por los Decretos Supremos Nº 037-2002-EM y Nº 0182006-EM, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 31-E, suscrito entre PERUPETRO S.A. y la empresa Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, mediante el cual se autorizo al Contratista, a realizar actividades relacionadas al desarrollo y produccion de Hidrocarburos en el Area del Contrato; Que, el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, dispone que el Contratista podra gestionar las licencias, permisos, derechos de servidumbre, uso de agua, derechos de superficie, derechos de libre acceso y salida de las areas de operaciones, asi como cualquier otro MORDAZA de derechos sobre terrenos publicos o privados que resulten necesarios para que lleven a cabo sus actividades, siendo de cargo del Contratista la indemnizacion de los perjuicios economicos ocasionados por tales derechos; Que, el articulo 294º del Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2004-EM, reconoce que el derecho de superficie, se rige de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Titulo VII del citado Reglamento, sobre uso de bienes publicos, de propiedad privada e imposicion de derecho de servidumbre, en cuanto resulten aplicables; Que, asimismo, es de aplicacion el articulo 7º del Reglamento del articulo 7º de la Ley Nº 26505, Ley de la inversion en el desarrollo de las actividades economicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-96-AG; referido a las servidumbres sobre tierras para el ejercicio de actividades mineras o de hidrocarburos, el cual senala que el establecimiento de servidumbres sobre tierras para las actividades de

exploracion y explotacion de hidrocarburos se aprobaran mediante Resolucion Suprema refrendada por los Ministros de Energia y Minas y Agricultura; Que, mediante escrito de fecha 16 de agosto de 2005, la empresa Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, ha solicitado la constitucion del derecho de superficie sobre la MORDAZA del area de operaciones en el Lote 31-E, en donde no existan propietarios y/o poseedores y que se encuentren debidamente identificados, bajo el fundamento que la ubicacion progresiva y las actividades que realizan los pobladores en el area de operaciones ponen en riesgo la integridad fisica de las personas, la MORDAZA y la fauna MORDAZA de la MORDAZA, comprometiendo ademas las condiciones seguras en que la actividad de explotacion de hidrocarburos debe efectuarse; Que, de la revision de la documentacion presentada, se ha verificado que la empresa Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, ha cumplido con presentar los requisitos de admisibilidad que resultan pertinentes, establecidos por el Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2004-EM, asi como los establecidos en el item SH01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0252002-EM, referido al tramite de solicitud de servidumbres para efectuar operaciones de Hidrocarburos; Que, el Lote 31-E tiene una extension aproximada de ciento cuarenta y un mil tres con 36/100 (141 003,36) hectareas y su area de operaciones comprende una extension aproximada de cincuenta y cuatro mil setenta y cinco con 70/100 (54 075,70) hectareas, correspondiendole las siguientes coordenadas geograficas UTM: Puntos A B C D E F G H I J K L M N N O P Q R S T U V W X Y Z Z" Coordenada Este 508,000 527,000 527,000 528,000 528,000 530,000 530,000 532,000 532,000 534,000 534,000 536,000 536,000 538,000 538,000 522,000 522,000 521,000 521,000 518,000 518,000 514,000 514,000 512,000 512,000 510,000 510,000 508,000 Coordenada Norte 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 9 179,829 179,829 170,000 170,000 168,000 168,000 166,000 166,000 164,000 164,000 160,000 160,000 158,000 158,000 150,000 150,000 154,000 154,000 156,000 156,000 160,000 160,000 164,000 164,000 170,000 170,000 174,000 174,000

Que, Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, solicito la constitucion del derecho de superficie sobre las zonas de terreno dentro del area de operaciones en el Lote 31-E que no cuenten con poseedores y/o propietarios; para tal efecto adjunto MORDAZA del Informe Final de fecha 14 de febrero de 2003, expedido por el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, Ejecucion Regional MORDAZA, referido a la elaboracion del Registro Catastral de Propietarios y/o Posesionarios de las Areas de Operaciones de los Lotes 31-B y 31-E, el cual contiene el Listado General de Predios Rusticos en el Area de Operaciones del Lote 31-E, asi como los planos respectivos de identificacion de dichos predios;

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