Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2006 (28/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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EP

UB

LICA DEL P E

RU

325406

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 28 de MORDAZA de 2006

se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, mediante los articulos 141º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084 -2004- PCM, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Direccion Regional MORDAZA y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial Nº 0402001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 021-2006-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion del "Suministro de Raciones Alimenticias para los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Norte 2 de la DRL - INPE", en los que se encuentran incluidos los Establecimientos Penitenciarios de Aucallama-Huaral y Carquin-Huacho, por el periodo de cuarenticinco (45) dias calendario, a partir de la expedicion de la presente Resolucion, mientras el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, resuelva los recursos de revision, se concluya el MORDAZA de seleccion respectivo y se perfeccione el contrato, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Direccion Regional MORDAZA, del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de Raciones Alimenticias a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Direccion Regional MORDAZA, para la adquisicion del "Suministro de Raciones Alimenticias para los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Norte 2 de la DRL - INPE", en los que se encuentran incluidos los Establecimientos Penitenciarios de Aucallama-Huaral y Carquin-Huacho, de la Unidad Ejecutora 002: Direccion Regional MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 01 02 ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS AUCALLAMA - HUARAL CARQUIN - MORDAZA TOTAL S/. DIAS 45 45 MONTO S/. 111,374.10 126,509.40 237,883.50

dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- DISPONER, que la Oficina General de Auditoria inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la Situacion de Desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6º.- REMITIR, MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 00533-1

INGEMMET
Aprueban donacion de unidades vehiculares a favor de la Institucion Educativa "Ricardo Palma"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 085-2006-INGEMMET/PCD MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 Visto el Memorando Nº 185-2006-DAF que adjunta el Memorando Nº 011-2006-DAF/CGP del Comite de Gestion Patrimonial sobre la procedencia de efectuar la donacion de diez (10) unidades vehiculares a favor de la Institucion Educativa "Ricardo Palma" perteneciente a la Unidad de Gestion Educativa Local - UGEL Nº 07 de San MORDAZA - Lima; y, CONSIDERANDO: Que, esta donacion de unidades vehiculares constituye el acto de disposicion final, derivado de la baja patrimonial de bienes muebles aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 028-2006-INGEMMET/DAF de fecha 4 de MORDAZA de 2006; Que, las unidades vehiculares comprendidas en esta donacion, seran utilizadas basicamente por el taller de Mecanica Automotriz de la Institucion Educativa "Ricardo Palma", con la finalidad de incrementar los recursos materiales para elevar el nivel academico, el desarrollo de habilidades y destreza de los alumnos de la especialidad de Automotores y asi lograr una calificacion competente que les permita desempenarse en el MORDAZA de la industria automotriz en beneficio del pais; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 154-2001EF, que aprobo el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Fiscal; Resolucion Nº 031-2002/SBN, que aprobo la Directiva Nº 009-2002/ SBN, Aceptacion de la Donacion de Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Publicas y para la Aceptacion de la Donacion de Bienes Muebles a favor del Estado y el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Muebles del INGEMMET; Con los vistos del Director Ejecutivo, Director de Administracion y Finanzas, Jefe del Area de Logistica y Control Patrimonial y de la Asesora Legal del INGEMMET; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de Donacion de diez (10) unidades vehiculares a favor de la Institucion Educativa "Ricardo Palma" perteneciente a la Unidad de Gestion Educativa Local - UGEL Nº 07 de San MORDAZA, Lima; cuyas caracteristicas y valores estan referidos en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las unidades vehiculares materia de la presente donacion seran entregadas por el Responsable de Control Patrimonial del INGEMMET, al Director de la Institucion Educativa "Ricardo Palma" y sera formalizada mediante un Acta de Entrega / Recepcion. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion al Ministerio de Energia y Minas, Superintendencia de Bienes Nacionales, Institucion Educativa "Ricardo Palma" y al Area de Logistica y Control Patrimonial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LAY BIANCARDI Presidente del Consejo Directivo

Dicha autorizacion es por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situacion de Desabastecimiento Inminente prevista en el articulo precedente, debiendose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- COMUNICAR, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10)

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