Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2006 (28/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano viernes 28 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

325405

de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopcion y sometidos a Discusion Publica por un periodo de treinta dias contados a partir del 9 de junio del 2006; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPICRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 13 de MORDAZA del 2006. RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP-ISO/IEC 12207:2006 TECNOLOGIA DE LA INFORMACION. Procesos del ciclo de MORDAZA del software, 2ª Edicion Reemplaza a la NTPISO/IEC 12207:2004 NTP-IEC 60811-3-1:2006 Metodos de ensayo comunes para materiales de aislamiento y cubierta de cables electricos. Parte 3: Metodos especificos para compuestos de PVC. Seccion 1: Ensayo de presion a temperatura elevada - Ensayo de resistencia al agrietamiento, 1ª Edicion

Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente MORDAZA Tecnica Peruana: NTP-ISO/IEC 12207:2004 TECNOLOGIA DE LA INFORMACION. Procesos del ciclo de MORDAZA del software, 1ª Edicion. Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 00500-1

INPE
Autorizan a la Direccion Regional MORDAZA contratar suministro de raciones alimenticias para los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Norte 2 de la DRL INPE
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 467-2006-INPE/P MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006 VISTOS, el Oficio Nº 725-2006-INPE/16.05, que adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 009-2006-INPE/16.05, ambos de fecha 14 de MORDAZA de 2006, de la Direccion Regional MORDAZA, por el que solicita se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente el "Suministro de Raciones Alimenticias para los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Norte 2 de la DRL INPE", en el cual estan incluidos el E.P de Aucallama - Huaral . y el E.P Carquin - Huacho; Oficio Nº 1032-2006-INPE/10, de la . Oficina General de Administracion, e Informe Nº 246-2006INPE/06 de fecha 18 de MORDAZA de 2006, de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 050-2006INPE/P, de fecha 27 de enero de 2006, se aprobo el Plan

Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Direccion Regional MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario para el Ano Fiscal 2006; en el cual se tiene previsto el MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica Nº 0003-2006-INPE/16 para el "Suministro de Raciones Alimenticias para los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Norte 2 de la DRL - INPE", en cuyo MORDAZA se encuentran incluidos en los Items 01 y 02: los Establecimientos Penitenciarios de Aucallama-Huaral y Carquin-Huacho, respectivamente; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 009-2006INPE/16.05, de fecha 14 de MORDAZA de 2006, la Direccion Regional MORDAZA, informa que de acuerdo con lo previsto por el articulo 236º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, con fecha 19 de MORDAZA de 2006, se contrato complementariamente con la empresa PROVEEDURIA DE ALIMENTOS MORDAZA S.R.L. PROALCAM S.R.L., el suministro de alimentos para el Establecimiento Penitenciario de Aucallama - Huaral, por un monto de S/. 377,620.35 (Trescientos setenta y siete mil seiscientos veinte con 35/100) Nuevos Soles y para el Establecimiento Penitenciario de Carquin - MORDAZA, por un monto de S/. 693,023.31 (Seiscientos noventa y tres mil veintitres con 31/100) Nuevos Soles, cuya duracion se pacto hasta la culminacion del monto estipulado o hasta la suscripcion del contrato con el ganador de la Buena Pro del MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, la Direccion Regional MORDAZA, manifiesta que de acuerdo al calendario del MORDAZA de la Licitacion Publica Nº 0003-2006-INPE/16, con fecha 17 de MORDAZA de 2006, se otorgo la Buena Pro, en sus dos (02) Items, a la empresa PROVEEDURIA DE ALIMENTOS MORDAZA S.R.L. PROALCAM S.R.L. Asimismo, informa que dicho MORDAZA no ha quedado consentido, debido a que el Consorcio RESAL EIRL - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L. y el Consorcio NEGOCIACIONES HAROL'S E.I.R.L. - COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. han interpuesto recurso de revision ante el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE, quienes senalaron Audiencia Publica para el dia 26 de MORDAZA de 2006; Que, asimismo, la citada Direccion Regional MORDAZA informa que la Adquisicion Complementaria del Contrato Nº 0162005-INPE/16, culminara el 19 de MORDAZA de 2006, hecho que ocasionara el corte de las raciones alimenticias por parte de la empresa PROVEEDURIA DE ALIMENTOS MORDAZA S.R.L. - PROALCAM S.R.L.; Que, mediante Oficio Nº 251-2006-INPE/16-03, de fecha 14 de MORDAZA de 2006, la Oficina de Planificacion de la Direccion Regional MORDAZA, informa que cuenta con disponibilidad presupuestal necesaria para realizar dicha contratacion; Que, la Direccion Regional MORDAZA manifiesta que estos hechos son extraordinarios e imprevisibles, habida cuenta que la interposicion de los recursos impugnativos de revision al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, son situciones que pueden producirse durante el desarrollo del MORDAZA de seleccion; por consiguiente, es necesario declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la contratacion del "Suministro de Raciones Alimenticias para los Establecimientos Penitenciarios de MORDAZA Norte 2 de la DRL - INPE", para los Establecimientos Penitenciarios de Aucallama-Huaral y Carquin-Huacho, por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendario; hasta por la suma de S/. 237,883.50 (Doscientos treinta y siete con ochocientos ochenta y tres con 50/100) Nuevos Soles, importe que servira para cubrir los gastos de las raciones de alimentos mientras el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, resuelve los recursos de revision, se concluye el MORDAZA de seleccion correspondiente y se perfeccione el contrato respectivo, ya que los internos del mencionado Establecimiento Penitenciario requieren de los alimentos porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como actos de violencia, reclamos y protestas de estos que comprometerian directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos como de los Centros Penitenciarios; debiendose tener presente que la situacion expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal,

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