Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2006 (28/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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LICA DEL P E

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325352

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 28 de MORDAZA de 2006

Que, conforme consta en el citado Informe Final, para la elaboracion del Registro Catastral de Propietarios y/o Posesionarios de las Areas de Operaciones del Lote 31E, se ubicaron 8 predios rusticos, de los cuales 2 corresponden a comunidades nativas, 2 a proyectos de parcelacion y 4 a personas naturales, asi como un (1) caserio cuya identificacion se encuentra senalada en el Listado General de Predios Rusticos y en las copias de los planos del Area de Operaciones del Lote 31-E, siendo estos los siguientes: Comunidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA II, Comunidad MORDAZA MORDAZA Libertador, Parcelacion Union Gilboa, Parcelacion MORDAZA C. MORDAZA, Fundo Hermel, Fundo Los Tres Hermanos, Fundo MORDAZA Fuerte, Fundo Florcita y Caserio Monte Sinai; Que, la actualizacion y validez de la referida informacion ha sido confirmada mediante los Oficios Nº 1086-2005-AG-PETT/OPER MORDAZA y Nº 491-2005GRL-DRA-L-AAU-C, elaborados por el Programa Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT Region MORDAZA y la Agencia Agraria Ucayali - Contamana de la Direccion Regional Agraria MORDAZA, respectivamente; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 1592-2005-AGPETT-DE/DCR, la Direccion Ejecutiva del PETT, adjunto un listado de los predios que se encontrarian ubicados dentro del area de operaciones del Lote 31-E, siendo estos los siguientes: i) Parcelacion Union Gilboa (Beneficiarios: MORDAZA Huanio MORDAZA - U.C. 37180, Elesban Mozombite MORDAZA - U.C. 37181, Lenin MORDAZA Huanio - U.C. 37182, MORDAZA MORDAZA MORDAZA - U.C. 37183, MORDAZA MORDAZA Olarte - U.C. 37184, MORDAZA MORDAZA Machoa MORDAZA - U.C. 37185, MORDAZA Tangoa Capusari - U.C. 37186, MORDAZA MORDAZA MORDAZA - U.C. 37187, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA - U.C. 37188, MORDAZA MORDAZA Ahuanari - U.C. 37189, Roiser del MORDAZA MORDAZA - U.C. 37190, MORDAZA MORDAZA Capusari - U.C. 37191 y MORDAZA Huanio MORDAZA - U.C. 37192); ii) Parcelacion MORDAZA MORDAZA I Etapa (Beneficiarios: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - U.C. 37348 y Acela Manihuari MORDAZA - U.C. 37347); y, iii) Parcelacion MORDAZA MORDAZA II Etapa (Beneficiarios: MORDAZA Plaza MORDAZA - U.C. 37350, MORDAZA Yaycate del MORDAZA - U.C. 37351, MORDAZA MORDAZA Tanchiva - U.C. 37352, Olivero MORDAZA Saldana - U.C. 37353 y MORDAZA MORDAZA Tamani - U.C. 37354); Que, considerando la informacion remitida por el PETT, como entidad competente en materia de titulaciones y catastro rural, el derecho de superficie debera ser constituido excluyendose a los propietarios y/o poseedores siguientes: Comunidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA II, Comunidad MORDAZA MORDAZA Libertador, Parcelacion Union Gilboa, Parcelacion MORDAZA MORDAZA I Etapa, Parcelacion MORDAZA MORDAZA II Etapa, Parcelacion MORDAZA C. MORDAZA, Fundo Hermel, Fundo Los Tres Hermanos, Fundo MORDAZA Fuerte, Fundo Florcita y Caserio Monte Sinai, predios que se encuentran identificados y ubicados en el mapa que se adjunta y que forma parte de la presente Resolucion Suprema; Que, tomando en cuenta que la Contratista ha solicitado la constitucion del derecho de superficie sobre la MORDAZA del area de operaciones en el Lote 31-E, en donde no existan propietarios y/o poseedores, resulta de aplicacion supletoria el MORDAZA parrafo del articulo 305º del Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, que senala que si el derecho de servidumbre, recae sobre predios cuya titularidad corresponde al Estado, la Direccion General de Hidrocarburos procedera a solicitar el informe correspondiente a la entidad o reparticion a la cual se encuentre adscrito el terreno materia de la servidumbre; siendo necesario que dicho informe indique si el predio a ser gravado esta incorporado a algun MORDAZA economico o fin util; Que, en aplicacion de la referida disposicion, la Direccion General de Hidrocarburos procedio a solicitar el informe respectivo a la Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN, al Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP y al Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; Que, mediante Carta Nº 565-2005-INRENA-IFFS (CIF), de fecha 13 de junio de 2005, el Intendente Forestal y de Fauna MORDAZA del INRENA informo a Maple

Production del Peru, Sucursal Peruana, que el Lote 31-E se encuentra en MORDAZA de exclusion del Bosque de Produccion Permanente de MORDAZA, asi como que ha sido excluido de las Unidades de Aprovechamiento Forestal para el otorgamiento de concesiones forestales; Que, por lo expuesto, la constitucion del derecho de superficie debera efectuarse en forma gratuita, de conformidad con lo senalado por el articulo 297º del Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, al constituir areas de propiedad del Estado y al no encontrarse incorporadas a ningun MORDAZA de caracter economico o fin util; Que, las actividades de Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, consisten en realizar todas las operaciones de acuerdo a los terminos estipulados en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 31-E; Que, a fin de cautelar por la seguridad de aquellos pobladores que se ubican y desarrollan actividades sin autorizacion alguna en las zonas cercanas al area de operaciones del Lote 31-E; asi como garantizar que Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, continue con sus actividades y pueda cumplir con el objeto del Contrato de Licencia referido, es necesario constituir derecho de superficie sobre los predios en donde no existan propietarios y/o poseedores dentro del area de operaciones del Lote 31-E; de esta manera, no se veran afectados con dicha imposicion los predios senalados por el PETT en el listado y mapas adjuntos al Informe Final del Registro Catastral de Propietarios y/o Posesionarios del Area de Operaciones del Lote 31-E, ademas del listado adjunto al Oficio Nº 15922005-AG-PETT-DE/DCR; Que, de acuerdo al numeral 3.1 de la Clausula Tercera del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 31-E, el plazo del contrato es de cuarenta (40) anos contados a partir de su suscripcion, para la fase de explotacion de gas natural no asociado y condensados, es decir el 6 de marzo de 2001, por consiguiente el periodo de imposicion de la superficie sobre el terreno afectado se prolongara hasta la conclusion del referido Contrato, sin perjuicio de las causales de extincion previstas en el articulo 312º del Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos; Que, la Direccion General de Hidrocarburos ha emitido opinion favorable a la imposicion del derecho de superficie a favor de la empresa Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, cumpliendo con expedir el Informe Nº 030-2006EM/DGH/AL, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 308º del Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2004-EM; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-EM; el Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2004-EM; y, el Contrato de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 31-E, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2001-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir derecho de superficie a favor de la empresa Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, sobre aquellos predios de propiedad del Estado situados dentro del area de operaciones del Lote 31-E, que comprende una extension aproximada de cincuenta y cuatro mil setenta y cinco con 70/100 (54 075,70) hectareas y se encuentra ubicado en la provincia de Ucayali, departamento de MORDAZA, MORDAZA de la MORDAZA Central del Peru, sin afectar a los siguientes predios: Comunidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA II, Comunidad MORDAZA MORDAZA Libertador, Parcelacion Union Gilboa, Parcelacion MORDAZA MORDAZA I Etapa, Parcelacion MORDAZA MORDAZA II Etapa, Parcelacion MORDAZA C. MORDAZA, Fundo Hermel, Fundo Los Tres Hermanos, Fundo MORDAZA Fuerte, Fundo Florcita y Caserio Monte Sinai; predios que se encuentran identificados y ubicados en el mapa que se adjunta y que forma parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, debera adoptar las medidas necesarias para

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