Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2006 (28/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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325410
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 28 de MORDAZA de 2006

El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de MORDAZA de 2006 y visto el Dictamen Conjunto Nº 03-CP-CPC-MDA de la Comision de Planificacion y Comision de Participacion Ciudadana, sobre el Proyecto de Ordenanza, del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades conforme a las atribuciones, regulan la participacion vecinal en la formulacion de los presupuestos participativos. Que, la Ley Nº 27783, "Ley de Bases de la Descentralizacion", en el articulo 17º, item 17.1, establece que los gobiernos regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica. La precitada Ley, en el articulo 18º, item 18.2, precisa que los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperacion internacional. La Ley Nº 27783, en el articulo 20, item 20.1, indica que los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados. Que, la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", en su articulo 53º refiere que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. En el articulo 97º, de la misma Ley, indica que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un caracter orientador de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos municipales. Que, la Ley Nº 28056 "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo", establece las disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto. Que, mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprobo el Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. Que, la Resolucion Directoral Nº 007-2003-EF/ 68.01, aprueba la Directiva Nº 004-2003-EF/68.01, "Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica para Gobiernos Regionales y Locales", establece las normas tecnicas, metodos y procedimientos de observancia obligatoria que permitan llevar a cabo los procesos de preinversion, inversion y post inversion, contenidas en el SNIP, que son aplicables a los Gobiernos Locales y Regionales, las cuales fueron modificadas por Resoluciones Directorales Nº 001-2004-EF/68.01, Nº 004-2004-EF/ 68.01, Nº 006-2004-EF/68.01. Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 0112006-EF/76.01, se aprobo el Instructivo Nº 001-2006EF/76.01 "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo ano fiscal 2007", el cual precisa los lineamientos tecnicos para la secuencia del MORDAZA participativo en la elaboracion de los presupuestos municipales. Que, las municipalidades como organo de gobierno tiene entre sus fines el MORDAZA de planeacion local de manera integral y participativa estableciendo las politicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones que cumple cada actor local dentro del territorio. Que, luego de haber concluido el Plan Integral de Desarrollo Concertado en el distrito, el gobierno local de

Ate ha iniciado la puesta en marcha de una estrategia de participacion ciudadana y Presupuesto Participativo, como mecanismo de concertacion y cogestion en la implementacion y ejecucion de dicho Plan y Presupuesto Participativo. Que, es necesario establecer el MORDAZA y los mecanismos de participacion para el MORDAZA de Presupuesto Participativo como instrumentos democraticos para la gestion del desarrollo local. Que, siendo el desarrollo derecho de todos, y al mismo tiempo, responsabilidad de todos, corresponde a los gobiernos locales institucionalizar la participacion concertada, para asegurar la mayor cobertura e impacto positivo de las acciones de desarrollo. Que, teniendo los gobiernos locales como mision principal la de representar a los vecinos de la circunscripcion, fomentar el bienestar comun, prestar o regular la prestacion de servicios publicos y promover el desarrollo local sostenible; requiere de modo imprescindible la participacion activa de los ciudadanos y de sus organizaciones en los diferentes MORDAZA de la MORDAZA local. Que, mediante Ordenanza Nº 035-MDA, se aprobo la zonificacion del territorio en 6 zonas de desarrollo y 18 subzonas. Que, mediante Ordenanza Nº 053-MDA, se aprobo el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ate, que en su articulo 4º, funciones del Consejo de Coordinacion Local, establece como una de sus funciones el coordinar y concertar el Plan Integral de Desarrollo y el Presupuesto Participativo Estando a los fundamerntos expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la sesion del Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA DEL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2007 Articulo 1º.- Objetivo: La presente Ordenanza institucionaliza y regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2007, como instrumento de gestion que contribuye a la construccion de una ciudadania plena, dentro de un MORDAZA de participacion y concertacion local para el logro del desarrollo sustentable en el distrito. Articulo 2º.- Proposito: La Municipalidad promueve y facilita el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2007 con el proposito de: a) Establecer de manera permanente relaciones y vinculos entre el conjunto de la sociedad civil del distrito y las instancias del Estado. b) Permitir de manera regular una adecuada informacion economica y administrativa de la Municipalidad Distrital de Ate a la sociedad civil. c) Generar espacios de concertacion entre la Institucionalidad del Estado y la sociedad civil que permitan el desarrollo sostenible del distrito en funcion del cumplimiento del plan de Desarrollo Integral Concertado al 2015 del distrito de Ate. d) Ampliar la participacion de la ciudadania en la toma de decisiones presupuestales. Articulo 3º.- Definiciones Basicas: Las definiciones generales en el contexto de esta ordenanza son: a. MORDAZA Participativo.- Es un espacio de concertacion por el cual las autoridades electas, las organizaciones de la poblacion, instituciones publicas y privadas debidamente representadas, definen un conjunto de acciones a fin de orientar los recursos que se disponen en el Gobierno Local, especialmente para

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