Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2006 (28/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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LICA DEL P E

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325362

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 28 de MORDAZA de 2006

Que, el Grupo de Trabajo concluyo que la referida actividad ilicita se habria venido realizando mediante estrategias y organizaciones que involucran a diversos paises, las cuales comprometerian a companias tabacaleras con domicilio en los Estados Unidos de MORDAZA, y que en tanto en la oportunidad que se emitio el Informe no se contaba con precedentes que permitieran establecer la existencia de condiciones favorables para que el Estado Peruano inter ponga acciones indemnizatorias en jurisdiccion externa, el referido Grupo recomendo que se observe una actitud vigilante por parte del Estado con relacion a procesos judiciales que estuvieran en tramite, a efectos de reaccionar rapidamente para entablar una demanda, tan pronto apareciera un caso lider; Que, mediante Informe Nº 021-2006-JUS/OGAJ de fecha 7 de febrero de 2006, se analizo el fallo emitido por la jurisdiccion norteamericana en la accion indemnizatoria interpuesta por varios paises, en contra de un grupo de companias tabacaleras domiciliadas en Estados Unidos de MORDAZA, y se concluye que si bien las resoluciones judiciales desestiman la demanda por danos provenientes del contrabando de cigarrillos, dejan a salvo el derecho de los paises que se pudieran ver perjudicados, a interponer demandas indemnizatorias por MORDAZA de dinero, relacionadas, igualmente, a la comercializacion ilicita de cigarrillos; Que, el ejercicio de los derechos en cuanto a pretensiones indemnizatorias exige la MORDAZA de medios probatorios que acrediten la existencia del dano, el nexo causal, asi como la identificacion de sus autores, requiriendose por tanto que el Estado Peruano este premunido de la informacion, prueba documental y asesoria suficiente, de tal modo que las acciones legales que decida interponer en su oportunidad por danos y perjuicios ocasionados al Estado Peruano presuntamente por el delito de MORDAZA de activos, puedan ser estimadas de acuerdo a su real magnitud, a fin de obtener las indemnizaciones que correspondan; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica del Sector Justicia, el Ministerio de Justicia asesora legalmente al Poder Ejecutivo, y coordina y evalua la defensa judicial de los intereses y derechos del Estado, por lo que corresponde encargar al Ministerio de Justicia, en representacion del Estado Peruano, las acciones administrativas que permitan reunir la informacion requerida y, conforme a MORDAZA, de ser el caso, decidir respecto a la interposicion de las acciones legales correspondientes ante los Tr ibunales Norteamericanos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargase al Ministerio de Justicia, en representacion del Estado Peruano, la ejecucion de acciones administrativas y legales que correspondan destinadas a reunir la informacion requerida y obtenida esta, exigir, en sede jurisdiccional norteamericana, el pago de una indemnizacion al Estado Peruano, por los danos y perjuicios que le hubieran causado las companias tabacaleras domiciliadas en Estados Unidos de MORDAZA, por la realizacion de actividades procedentes presuntamente del delito de MORDAZA de activos y contrabando. Articulo 2º.- Las Entidades del Estado colaboraran con el Ministerio de Justicia para la ejecucion del encargo conferido en el articulo precedente. Registrese y comuniquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 00538-59

Acceden a pedidos de extradicion de procesados por diversos delitos y disponen su MORDAZA a Espana y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 121-2006-JUS MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 Visto el Informe Nº 078-2006/COE-TC, del 19 de junio de 2006, de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, sobre el pedido de extradicion de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEVORA, formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao (Exp. Nº 76-04); CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de 24 de febrero de 2006, integrada por Resolucion de 5 de junio de 2006, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEVORA, por el delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas en agravio del Estado (Exp. Nº 05-2006); Que, mediante el Informe Nº 078-2006/COE-TC, del 19 de junio de 2006, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, propone acceder al pedido de extradicion de la referida procesada; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de Extradicion suscrito entre el Peru y el Reino de Espana; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEVORA, formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por el delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas en agravio del Estado; y disponer su MORDAZA por via diplomatica, al Reino de Espana, de conformidad al Tratado de la materia vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 00547-15 RESOLUCION SUPREMA Nº 122-2006-JUS MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 Visto el Informe Nº 079-2006/COE-TC, del 22 de junio de 2006, de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, sobre el pedido de extradicion

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