Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2006 (07/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano sabado 7 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

329817

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el KfW
DECRETO SUPREMO Nº 151-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 7.1º de la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 908 000 000,00 (NOVECIENTOS OCHO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con Kreditanstalt fur Weideraufbau -KfW-, hasta por la suma de Euros 11 759 713,27 (ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TRECE Y 27/100 EUROS), destinada a financiar el "Programa Municipal de Atencion a los Servicios Basicos", a ser ejecutado por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social FONCODES; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al Subprograma "Sectores Economicos y Sociales" referido en el literal a) del articulo 7.1º de la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, y la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y Kreditanstalt fur Weideraufbau -KfW-, hasta por la suma de Euros 11 759 713,27 (ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TRECE Y 27/100 EUROS), destinada a financiar el "Programa Municipal de Atencion a los Servicios Basicos". La operacion de endeudamiento externo sera cancelada en treinta (30) anos, que incluye diez (10) anos de MORDAZA, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, devengando una tasa de interes del 2% anual y una comision de

compromiso del 0,25% anual sobre el saldo del prestamo no desembolsado. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social FONCODES-, sera la Unidad Ejecutora del "Programa Municipal de Atencion a los Servicios Basicos". Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la presente operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de octubre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y encargado de la Cartera de Economia y Finanzas MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 02877-3

Establecen monto y caracteristicas adicionales de la novena colocacion de Bonos Soberanos a ser realizada en el MORDAZA de lo dispuesto en el D.S. Nº 018-2006-E.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022-2006-EF/75.01 MORDAZA, 5 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, el Decreto Supremo Nº 0182006-EF autorizo la emision de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 2 132 000 000,00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 018-2006-EF y en el literal s) del numeral 2 del Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, aprobado por Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, las caracteristicas adicionales de los bonos seran determinadas por la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, a traves de una Resolucion Directoral;

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