Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2007 (14/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

360032

NORMAS LEGALES
---------------------------------------------------Ref.: Mecanismos centralizados de negociacion y camaras de compensacion autorizadas para inversiones en el exterior; y equivalencias de clasificacion de riesgo. ---------------------------------------------------ANEXO

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2007

EQUIVALENCIAS DE CLASIFICACION DE RIESGO I. Clasificacion de largo plazo:
SBS AAA AA+ AA AAA+ A ABBB+ BBB BBBBB+ BB BBB+ B BCCC+ CCC CCCCC C Standard & Poor´s AAA AA+ AA AAA+ A ABBB+ BBB BBBBB+ BB BBB+ B BCCC+ CCC CCCCC C Moody´s Aaa Aa1 Aa2 Aa3 A1 A2 A3 Baa1 Baa2 Baa3 Ba1 Ba2 Ba3 B1 B2 B3 Caa1 Caa2 Caa3 Ca C Fitch AAA AA+ AA AAA+ A ABBB+ BBB BBBBB+ BB BBB+ B BCCC+ CCC CCCCC+ CC CCC+ C CDDD DD D

Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso d) del Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF y sus modificatorias, y la Tercera Disposicion Final y Transitoria de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-98-EF, y con la finalidad de establecer los mecanismos centralizados de negociacion y las camaras de compensacion en las cuales se encuentran permitidas las operaciones senaladas en la Resolucion SBS Nº 8-2007, asi como establecer la equivalencia de clasificacion de riesgo a las que hace referencia dicha Resolucion, esta Superintendencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente Circular es aplicable a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 2. Mecanismos centralizados de negociacion Los mecanismos centralizados de negociacion autorizados en los cuales deben encontrarse registrados y listados las acciones y los valores representativos de derechos sobre acciones en deposito inscritos en bolsas de valores, a los que hace referencia el articulo 6º del Reglamento para la Inversion de los Fondos de Pensiones en el Exterior aprobado por Resolucion SBS Nº 8-2007, son los siguientes: a) New MORDAZA Stock Exchange (NYSE) b) National Association of Securities Dealers Automated Quotation (NASDAQ) c) American Stock Exchange, Inc. (AMEX) d) Deutsche Borse A.G. - Frankfurter Wertpapierborse, Amtlicher Handel (Bolsa de Valores de Frankfurt , primer segmento) e) MORDAZA Stock Exchange plc (LSE) f) Euronext MORDAZA S.A., Premier Marche et Second Marche (Bolsa de Valores de MORDAZA, primer MORDAZA y MORDAZA mercado) g) Tokyo Stock Exchange (TSE) h) Bolsa de Comercio de MORDAZA 3. Camaras de Compensacion Las camaras de compensacion en las cuales pueden realizarse operaciones de futuros y opciones, de acuerdo a lo senalado en el articulo 7º del Reglamento para la Inversion de los Fondos de Pensiones en el Exterior aprobado por Resolucion SBS Nº 8-2007, son las siguientes: a) Board of Trade Clearing Corporation b) Chicago Mercantile Exchange Inc.- Clearing House c) The MORDAZA Clearing House Limited d) Singapore Exchange Derivatives Clearing Limited 4. Equivalencias Las equivalencias aplicables a las categorias de riesgo otorgadas por las empresas clasificadoras de riesgo del exterior, a las que hace referencia el Reglamento para la Inversion de los Fondos de Pensiones en el Exterior aprobado por Resolucion SBS Nº 8-2007, seran las establecidas en el anexo de la presente Circular. 5. Vigencia La presente Circular rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

D V 1/

D

II. Clasificacion de corto plazo:
SBS A-1+ A-1 A-2 A-3 B C D V 1/ Standard Poor´s A-1+ A-1 A-2 A-3 B C D & Moody´s P-1 P-2 P-3 NP Fitch F-1+ F-1 F-2 F-3 B C D

1/ Esta categoria corresponde a la situacion de observacion definida como aquella circunstancia extraordinaria bajo la cual la categoria de riesgo de un instrumento de inversion ha sido observada.

143396-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la obra musical de don MORDAZA Susano Mallaupoma Cuyubamba
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1654/INC MORDAZA, 6 de diciembre de 2007 Visto, el Informe N° 097-2007-INC/DRECPC, de fecha 22 de agosto de 2007, de la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo del Instituto Nacional de Cultura;

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