Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2007 (14/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2007

Presupuesto Institucional de la Municipalidad de Brena para el ano fiscal 2007, rectificada por Acuerdo de Concejo Nº 030-2007/MDB de fecha 25 de enero del 2007. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0432007-DA/MDB de fecha 3 de enero de 2007 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Brena para el ejercicio fiscal 2007; modificada por Resolucion de Gerencia Municipal Nº 061-2007 de fecha 7 de marzo del 2007, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 101-2007 de fecha 30 de marzo del 2007, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 142-2007GM/MDB de fecha 11 de MORDAZA del 2007, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 203-2007-GM/MDB, de fecha 7 de junio del 2007, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 2292007-GM/MDB de fecha 6 de MORDAZA del 2007 y Resolucion de Gerencia Municipal Nº 276-2007-GM/MDB de fecha 20 de agosto del 2007. Que con fecha 22 de noviembre del 2007, la empresa INNOVACIONES TECNOLOGICAS DEL MEDIO AMBIENTE S.A. pago la Tasa respectiva en el CONSUCODE por observaciones no acogidas a las Bases del Concurso Publico Nº 001-2007-CE/MDB - SERVICIO DE RECOLECCION, TRANSPORTE Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS, motivo por el cual el MORDAZA queda suspendido hasta el pronunciamiento del Tribunal del CONSUCODE. Que mediante Informe Nº 082-2007-GSC/MDB de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA comunica a la Gerencia de Administracion y Finanzas que mediante el contrato suscrito con el Consorcio conformado por las empresas CHAREDW SERVICE S.A.C. - EMPRESA TECNOLOGICA DE SANEAMIENTO AMBIENTAL PARAMONGA E.I.R.L. - ETSA PARAMONGA E.I.R.L. SERVICIOS GENERALES BANOS S.R.LTDA,, se contrato el Servicio de Recoleccion y Disposicion de Residuos Solidos en la Jurisdiccion del distrito de Brena, el cual culmina indefectiblemente el 26 de noviembre del 2007 y el MORDAZA de seleccion en curso a cargo del Comite Especial se encuentra suspendido en el CONSUCODE por pago de Observaciones no acogidas por parte de la empresa INNOVACIONES TECNOLOGICAS DEL MEDIO AMBIENTE S.A., debiendo pronunciarse sobre el MORDAZA el Tribunal del CONSUCODE. Que asimismo hace conocimiento que esa Gerencia no cuenta con los medios logisticos tanto de recursos humanos como de maquinarias y camiones compactadores, para los efectos de cumplir con el recojo diario y oportuno de los residuos solidos y su disposicion final. Que la interrupcion o la paralizacion del servicio de recoleccion y disposicion de residuos solidos afectaria directamente a los vecinos del distrito de Brena pudiendose inclusive ocasionar un dano a la salud publica y al medio ambiente. Finalmente con la finalidad de cumplir con sus funciones y sus fines hacia la Comunidad solicita se sirva realizar las coordinaciones necesarias a fin de contar con una Empresa que brinde el servicio de recoleccion y Disposicion de Residuos Solidos del distrito de Brena. Que mediante Informe Nº 102-2007-GAF/MDB de la Gerencia de Administracion y Finanzas senala que se ha tomado conocimiento encontrandose proximos a la fecha de culminacion del contrato proveniente de la Situacion de Desabastecimiento Inminente aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 266-2007/MDB, suscrito con el Consorcio conformado por las empresas CHAREDW SERVICE S.A.C. - EMPRESA TECNOLOGICA DE SANEAMIENTO AMBIENTAL PARAMONGA E.I.R.L. ETSA PARAMONGA E.I.R.L. - SERVICIOS GENERALES BANOS S.R.LTDA, empresas que brinda el Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos hasta cubrir la cantidad de S/ 496,629.00 Nuevos Soles, monto que cubriria aproximadamente hasta el 26 de noviembre del presente ano, motivo por el cual es de suma urgencia coordinar la Declaratoria de Situacion de Desabastecimiento Inminente ya que asimismo como es de su conocimiento el Concurso Publico Nº 001-2007CE/MDB MORDAZA Convocatoria llevado a cabo para este servicio se encuentra suspendido en el CONSUCODE por pago de Observaciones no acogidas por parte de la empresa INNOVACIONES TECNOLOGICAS DEL MEDIO AMBIENTE S.A.. Asimismo la Gerencia de Servicios a la MORDAZA informa que la paralizacion o interrupcion del servicio mencionado afectaria directamente a los vecinos

del distrito de Brena, pudiendo ocasionar un dano a la salud publica y al medio ambiente. Estando el Informe de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA donde manifiesta que se determine como cantidad promedio 70 toneladas diarias y estando el Informe procedente de la Subgerencia de Logistica donde manifiesta que el precio unitario por tonelada es de S/ 78.83 Nuevos Soles y habiendose calculado por los cuatro meses el monto a contratar seria el siguiente: - 8400 toneladas por los cuatro meses x S/ 78.83= S/. 662,172.00 Nuevos Soles. Que mediante Informe Nº 957-2007-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica senala que "el inciso "c" del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Desabastecimiento Inminente se considera aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que el articulo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto. Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el Articulo 19º debera ser aprobada mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales. Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situacion de Desabastecimiento Inminente conforme con lo establecido en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141º de su Reglamento por lo que resulta necesario declararla como tal con la finalidad de asegurar la continuidad del Servicio de Recoleccion y Disposicion Final de Residuos Solidos del distrito de Brena, por un plazo de 120 dias calendario o hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente". De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 19º y los Articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 con la votacion en MAYORIA del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar Desabastecimiento Inminente el en Situacion de siguiente servicio:

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