Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2007 (14/12/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

360050

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2007

Que, en los meses de noviembre y diciembre se incrementa el comercio y la presencia de publico en el "DAMERO DE GAMARRA", por lo que es necesario adoptar las medidas de seguridad y de prevencion durante la temporada Navidena, siendo importante disponer la suspension temporal de toda construccion que se encuentre en etapa de excavacion, cimentacion, calzaduras y estructuras en general; Que, en tanto, las construcciones que se encuentren en etapa de acabados (con casco terminado), podran continuar siempre y cuando hayan cumplido con adoptar las medidas de seguridad necesarias, en salvaguarda de la proteccion e integridad fisica de sus trabajadores y transeuntes; Estando a las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Suspender, por un plazo de treinta (30) dias calendario, toda construccion que se encuentre en etapa de excavacion, cimentacion, calzaduras y estructuras en general, dentro de todo el cuadrante Denominado el "DAMERO DE GAMARRA", segun los limites establecidos mediante la Ordenanza Nº 035-MDLV de fecha 23 de noviembre de 1999. Articulo Segundo.- Solo se permitira la continuidad de las obras que se encuentren en etapa de acabados (en casco terminado), debiendo la empresa constructora cumplir con exhibir la Licencia de Construccion y, adoptar las medidas de seguridad para sus trabajadores y transeuntes, bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- Facultese a la Gerencia de Fiscalizacion y Control para que ejecute la medida de paralizacion inmediata de la obra, en el estado en que se encuentre, de comprobarse el incumplimiento de las normas municipales y de la materia. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Fiscalizacion y Control y a la Sub Gerencia de Defensa Civil. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE MORDAZA 143210-1

MORDAZA, PARA LA DENSIFICACION Y ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO EN LAS PRINCIPALES AVENIDAS DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS"; Que, con Informe Nº 997-2007 la Secretaria General solicito la modificacion de la sumilla de la Ordenanza Nº 279-CDLO, conforme a los fundamentos que expone; Que, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General establece en su articulo 201º que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision, adoptando la rectificacion las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original; Que, la nocion de error material atiende, entre otros, a un error de redaccion en la documentacion como ha sucedido en el presente caso, tratandose de supuestos de equivocacion producidos en el momento de producirse la declaracion o formalizacion del acto, no conllevando consigo una calificacion juridica ni interpretacion de normas, permaneciendo inalterable el contenido de la decision juridica; Que, es sabido que la autoridad administrativa puede hacer uso de la potestad de rectificacion en cualquier momento, es decir no esta sometida a prevision alguna de caducidad y se ha entendido que tampoco a un procedimiento para su ejercicio, precisandose que en el caso de autos se hace necesaria la modificacion de la sumilla de la Ordenanza Nº 279-CDLO, en tanto que dicho acto no lleva consigo una calificacion juridica ni interpretacion de MORDAZA, permaneciendo inalterable el contenido de la decision juridica, siendo atendible proceder a la modificacion; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 10º, numeral 1, de la Ley Organica de Municipalidades, la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA dictamina lo siguiente: ORDENANZA Nº 283-CDLO QUE MODIFICA LA SUMILLA DE LA ORDENANZA N° 279-CDLO Articulo Primero.- MODIFICAR la sumilla de la Ordenanza N° 279-CDLO la cual quedara redactada de la siguiente manera: DICE: "QUE APRUEBA PARTE DEL PROYECTO DEL PLAN DISTRITAL DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO MORDAZA, PARA LA DENSIFICACION Y ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO EN LAS PRINCIPALES AVENIDAS DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS" DEBE DECIR: "ORDENANZA QUE APRUEBA LA REGLAMENTACION ESPECIFICA DE LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO EN EL DISTRITO DE LOS MORDAZA, A FIN DE PROMOVER LA INVERSION PUBLICA Y PRIVADA". Articulo Segundo.- ORDENAR a SECRETARIA GENERAL accionar conforme a su competencia, acorde con lo resuelto en la presente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 142769-1

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Modifican sumilla de la Ordenanza Nº 279-CDLO en el sentido que aprueba reglamentacion especifica de la zonificacion de los usos del suelo en el distrito
ORDENANZA Nº 283-CDLO Los MORDAZA, 4 de diciembre de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 014-2007-CDLO/CDU de la Comision Permanente de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 8 de noviembre de 2007 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 279CDLO con la siguiente sumilla: "QUE APRUEBA PARTE DEL PROYECTO DEL PLAN DISTRITAL DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.