Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2007 (29/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

358513

Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, luego de evaluar el contenido de las observaciones comprendidas en el Informe precitado, determina que se habria comprobado que el Senor General de la Policia Nacional del Peru en Retiro Edgard SUCLLA MORDAZA, ex Director General de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil-DICSCAMEC, al parecer habria incumplido la supervision, control y seguimiento integral de los procesos administrativos, y del MORDAZA administrativo sancionador, y asi como no habria velado por el cumplimiento de las normas y disposiciones de las empresas privadas que brindan servicios de seguridad privada, adoptando las medidas pertinentes para asignar el exito de sus operaciones, ocasionando la omision en el cobro de multas y demora en la denuncia penal, que debe formularse a los administrados por presentar declaraciones juradas falsas en la tramitacion de licencia y/o renovacion de posesion y uso de MORDAZA de uso civil; y que el Sistema Electronico del Poligono de Tiro de la sede central de la DICSCAMEC, se encuentre inoperativo desde el mes de diciembre del ano 2004; ademas, se habria otorgado fraccionamiento en el pago de multas impuesto a los usuarios sin la sustentacion legal correspondiente; asi como tambien la designacion de manera irregular del Comandante de a Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al MORDAZA de un memorandum y no mediante Resolucion administrativa; contraviniendose al articulo 3 de la Ley 27594; Que, de la evaluacion de la observacion N° 2, se habria comprobado que el Senor MORDAZA Ugarte Baza, Director de la Oficina de Administracion de la DICSCAMEC, ha incumplido en administrar los Sistemas de Planificacion, Presupuesto, Abastecimiento, garantizar el buen funcionamiento de los servicios generales, asi como tambien los servicios que requieren los demas organos, ocasionando que el Sistema Electronico del Poligono de Tiro se encuentre inoperativo, hasta la actualidad, poniendose en riesgo el resultado del examen de tiro y la propia seguridad prioridad en el otorgamiento de la licencia de posesion y uso de arma de fuego, contrariandose lo establecido en la Directiva Sectorial N° 008-2004-IN-1703/DICSCAMEC, Normas y Procedimientos para el Examen de Manejo de MORDAZA de Fuego y Tiro aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 0731-2004-IN-1706 del 23 de MORDAZA de 2004; Que, ademas manifiestan los miembros de la aludida Comision Especial que de la Evaluacion contenida en la Observacion N° 03, se habria comprobado que el Senor MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Retiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Director General de la DICSCAMEC; Senor MORDAZA General de la Policia Nacional del Peru en Retiro MORDAZA MORDAZA DEMARTINI MORDAZA ex Director General de la DICSCAMEC, al parecer habrian incumplido en ejercer el control del funcionamiento y velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones en las empresas que brindan los Servicios de Seguridad Privada y emitir resoluciones, directivas y normas que regulen la autorizacion y control de los servicios de seguridad privada, en sus diferentes modalidades adoptando las medidas pertinentes para garantizar el exito de sus operaciones, ocasionando que se habria otorgado fraccionamiento en el pago de multas impuestas a los usuarios, sin la sustentacion legal correspondiente, contraviniendo lo dispuesto por el articulo 99° del Reglamento de Servicios de Seguridad aprobado mediante Decreto Supremo 005-94-IN del 12 de MORDAZA de 1994 y su modificatoria Decreto Supremo 004-98IN del 19 junio de 1998, y el Art. 75° Numeral 4) de la Ley N° 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General"; Que, segun la Comision Especial de la evaluacion de la Observacion N° 04, se habria comprobado que el Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sub Director de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil (03N0V1999 a la fecha). Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ex Sub Directora de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil (17D1C2003 al 30ABR2004), al parecer habrian incumplido en procesar los expedientes sobre posesion y uso de MORDAZA, municion y explosivos y dirigir y supervisar el procedimiento de dichos expedientes, ocasionando que la DICSCAMEC, expida licencias para posesion y uso de MORDAZA de fuego de USO civil sobre la base de expedientes que no cuentan con los requisitos minimos, exigidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la DICSCAMEC contraviniendo el reglamento para la obtencion de Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil, aprobado mediante Decreto Supremo

N° 015-2002-IN del 8 de noviembre de 2002, y en el TUPADICSCAMEC; Que, ademas senalan los integrantes de la Comision Especial que de la evaluacion del contenido de la observacion N° 04, se habria comprobado que la Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGRON ex - Directora de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad, Control de Asmas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, al parecer habria incumplido en dirigir y controlar el procedimiento de expedientes sobre posesion y uso de MORDAZA, municion y explosivos y. supervisar y controlar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normalidad vigente en los expedientes a procesar sobre licencias de posesion y uso de MORDAZA de fuego de uso civil, ocasionando que la DICSCAMEC, MORDAZA procesado y otorgado licencias de posesion y uso de MORDAZA de fuego de uso civil, sin que se encuentren acreditados en los respectivos expedientes los requisitos minimos exigidos por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la DICSCAMEC, contraviniendo el reglamento para la obtencion de Licencia de Posesion y Uso de MORDAZA de Fuego de Uso Civil aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2002-IN del 8 de noviembre y en el MORDAZA - DICSCAMEC; Que, para la referida Comision Especial de las observaciones 01, 02, 03. 04 y 05 comprendidas en el citado Informe, se habria comprobado que los funcionarios y ex funcionarios de la DICSCAMEC: Senor General de la Policia Nacional del Peru en Retiro Edgard SUGLLA MORDAZA, Senor MORDAZA UGARTE BOZA. Senor MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Retiro MORDAZA MORDAZA VEGA. Senor MORDAZA General de la Policia Nacional del Peru en Retiro MORDAZA MORDAZA DEMARTINI MORDAZA, Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGRON y Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habria transgredido las normas de la DICSCAMEC, e incumplido sus obligaciones contenidas en el Manual de Organizacion y Funciones; al haber incurrido en faltas administrativas, previstas en el inciso b) del articulo 21º y el inciso d) del articulo 28° del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, concordante con el articulo 153º del Decreto Supremo N° 005-90- PCM, Reglamento de la misma; Que, estando a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y contando con la opinion y visado de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad al Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM. el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-IN y el Reglamento Interno de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, aprobado por Resolucion Ministerial N° 2179-2005-IN del 3 de octubre deI 2005. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los funcionarios y ex funcionarios de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil comprendidos en el Informe N° 013- 2006-IN/OCI.OCG: Senor General de la Policia Nacional del Peru en Retiro Edgard SUCLLA MORDAZA, Senor MORDAZA de la Policia Nacional del Peru en Retiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Senor MORDAZA General de la Policia Nacional del Peru en Retiro MORDAZA MORDAZA DEMARTINI MORDAZA ex-Directores Generales; Senor MORDAZA UGARTE MORDAZA ex Director de la Oficina de Administracion; Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sub Director de MORDAZA y Municion; Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGRON ex Directora Encargada de Control de MORDAZA, Municion y Explosivos, y, Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Sub Directora Encargada de MORDAZA y Municion. Articulo 2°.- Los funcionarios y ex funcionarios involucrados, tienen derecho a presentar sus descargos y las pruebas que estimen conveniente para su defensa, ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, dentro del plazo de ley y conforme a las normas legales. Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, para que dentro del plazo de ley, concluya el presente procedimiento administrativo disciplinario.

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