Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2007 (29/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

358515

RESOLUCION SUPREMA Nº 198-2007-RE
MORDAZA, 28 de noviembre de 2007 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 124-2007/COE-TC del 23 de noviembre de 2007, sobre la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA DIJKHUIZEN MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 12 de noviembre de 2007, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA DIJKHUIZEN MORDAZA, por la presunta comision del delito de MORDAZA de activos en forma agravada en perjuicio del Estado (Exp. Nº 96-2007); Que, mediante el Informe Nº 124-2007/COE-TC del 23 de noviembre de 2007, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto en el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el MORDAZA de Reciprocidad, conforme a lo dispuesto en el articulo 37º de la Constitucion Politica del Peru; y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA DIJKHUIZEN MORDAZA, formulado por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito de MORDAZA de activos en forma agravada en perjuicio del Estado; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al gobierno de la Republica Federal de Alemania, de conformidad con lo estipulado en las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

del delito contra el patrimonio - estafa en agravio de Ivetti MORDAZA MORDAZA Luzquinoz (Exp. Nº 69-2007); Que, mediante el Informe Nº 125-2007/COE-TC del 23 de noviembre de 2007, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion activa de la referida procesada; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires el 11 de junio de 2004, aprobado por el Peru mediante Resolucion Legislativa Nº 28433 del 3 de diciembre de 2004, ratificado por Decreto Supremo Nº 0092005-RE del 25 de enero de 2005, y cuya vigencia se dio desde el dia 19 de MORDAZA de 2006; y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Decimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra el patrimonio - estafa en agravio de Ivetti MORDAZA MORDAZA Luzquinoz; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno de la Republica MORDAZA de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

138260-16

PRODUCE
Modifican el articulo 6º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Atun, aprobado por D.S. Nº 032-2003PRODUCE
DECRETO SUPREMO Nº 021-2007-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

138260-15 RESOLUCION SUPREMA Nº 199-2007-JUS
MORDAZA, 28 de noviembre de 2007 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 125-2007/COE-TC del 23 de noviembre de 2007, sobre la solicitud de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Decimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 7 de noviembre de 2007, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision

CONSIDERANDO: Que, el articulo 66º de la Constitucion Politica del Peru dispone que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nacion; y, que el Estado es soberano en su aprovechamiento; Que, el articulo 19º de la Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821, estipula que los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural; Que, el articulo 2º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de

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