Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2007 (10/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
Y CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de setiembre de 2007

Articulo 14º.- Policia Especializada La Fiscalia Especializada en la Criminalidad Organizada, para la investigacion de los delitos de su competencia, requerira del apoyo tecnico de las Direcciones especializadas de la Policia Nacional y de aquellas que dicha institucion designe o conforme, ademas de todas las unidades organicas de la Policia Nacional del Peru a nivel nacional, para el debido cumplimiento de sus funciones. DISPOSICION FINAL Unica.- El presente Reglamento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion y sera de aplicacion a casos nuevos. 105963-2

Que, con la finalidad de que se lleve a cabo una correcta administracion de justicia, deben convertirse las Fiscalias Provinciales Mixtas existentes en la Provincia de Chanchamayo del Distrito Judicial de MORDAZA, en Fiscalias Provinciales Penales y Fiscalia Provincial Civil de Chanchamayo, respectivamente; a efectos de que despachen con sus homologos del Poder Judicial; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir la Primera y MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Chanchamayo, Distrito Judicial de MORDAZA, con todo su personal; en Primera y MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Chanchamayo. Articulo Segundo.- Convertir la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de Chanchamayo, Distrito Judicial de MORDAZA, con todo su personal; en Fiscalia Provincial Civil de Chanchamayo. Articulo Tercero.- Hacer de su conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales Provinciales de las Fiscalias MORDAZA mencionadas. Registrese, comuniquese y publiquese.

Dan por concluido nombramiento de Fiscal Adjunta Provincial Provisional en el Pool de Fiscales de las Fiscalias Provinciales Especializadas en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas - Sede Callao
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1041-2007-MP-FN MORDAZA, 7 de setiembre de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicios y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA Nakano MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial del Callao, en el Pool de Fiscales de las Fiscalias Provinciales Especializadas en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas ­ Sede Callao, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1517-2005-MP-FN, de fecha 21 de MORDAZA del 2005. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial del Callao, Coordinadora del Despacho de la Fiscalia de la Nacion ante la Seccion de Asuntos para Narcoticos (NAS) y DEA de la Embajada de Estados Unidos de Norteamerica, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 105967-2

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Asignan montos recaudados por concepto de pago de Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por la formulacion de petitorios mineros, correspondientes al mes de MORDAZA de 2007
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 085-2007-INGEMMET/PCD MORDAZA, 29 de agosto del 2007

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 105967-1

Convierten fiscalias en Primera y MORDAZA Fiscalia Provincial Penal y en Fiscalia Provincial Civil de Chanchamayo
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1042-2007-MP-FN MORDAZA, 7 de setiembre de 2007 VISTO: El informe remitido por la Primera Fiscalia Superior Mixta de Chanchamayo, en el que, se advierte que en el Distrito Judicial de MORDAZA, existen dos Juzgados Penales de Chanchamayo y un Juzgado Civil de Chanchamayo.

Visto; el Informe Nº 006-2007-INGEMMET/DDV/D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 28 de Agosto del 2007, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros formulados conforme al Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, durante el mes de MORDAZA del 2007; CONSIDERANDO: Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, establece los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las municipalidades distritales e instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el numeral 2.2. del articulo 2 del Decreto Supremo Nº 008-2007-EM, preve que toda referencia hecha al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro MineroINACC o a las competencias, funciones y atribuciones que este venia ejerciendo, una vez culminado el MORDAZA

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