Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2007 (10/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de setiembre de 2007

v) Aprobar la intervencion economica de las obras contratadas por la municipalidad. w) (Derogado por la Ordenanza 144 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de marzo del 2007) x) Otras que le asigne el MORDAZA CAPITULO IV DE LOS ORGANOS CONSULTIVOS DE COORDINACION COMISIONES DE REGIDORES Articulo 11º.- Las Comisiones de Regidores propuestas por el MORDAZA y aprobadas por el Concejo Municipal, se formalizan mediante Acuerdo de Concejo, en areas basicas de servicios y de gestion municipal; pueden ser permanentes o especiales, tienen la finalidad de efectuar estudios, formular propuestas y proyectos de ordenanzas y normas municipales pronunciandose mediante Dictamen en los asuntos que MORDAZA sometidos a su consideracion. La organizacion, composicion, funcionamiento y el numero de Regidores seran propuestos por el MORDAZA e igualmente aprobados por el Concejo Municipal. Sus atribuciones y funcionamiento estan senaladas en la Ley Organica de Municipalidades. Se rigen por su propio Reglamento. CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL Articulo 12º.- El Consejo de Coordinacion Local Distrital es un organo de coordinacion y concertacion. Esta integrado por el MORDAZA, quien la preside, pudiendo delegar tal funcion en el Primer Regidor, y los regidores distritales; por los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, con las funciones, atribuciones y representatividad que le senala la Ley Organica de Municipalidades. JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES Articulo 13º.- Las Juntas de Delegados Vecinales Comunales son el organo de coordinacion integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito y que estan organizadas, principalmente, como juntas vecinales, debidamente registradas en la Municipalidad. Asimismo, esta integrada por las organizaciones sociales de base, vecinales o comunales y por los vecinos que representan a las organizaciones sociales de la jurisdiccion que promueven el desarrollo local y la participacion vecinal, debiendo regular su participacion de conformidad a lo prescrito en el articulo 197º de la Constitucion Politica del Estado. Sus funciones y presidencia se encuentran senaladas en la Ley Organica de Municipalidades. COMITE DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Articulo 14º.- El Comite Distrital de Seguridad Ciudadana es un organo de coordinacion constituido a iniciativa del MORDAZA, e integrado por los representantes de las Juntas Vecinales del distrito y por el Gerente de Seguridad Ciudadana; cuyo objetivo lo constituye el planificar, dirigir y ejecutar las acciones de proteccion y seguridad ciudadana a los vecinos de las jurisdiccion. COMITE DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL Articulo 15º.- El Comite Vecinal de Defensa Civil es un Organo consultivo y de coordinacion, constituido a iniciativa del MORDAZA, teniendo como objetivos: Planear, dirigir y conducir las actividades de Defensa Civil en la Jurisdiccion de La MORDAZA, presidido por el Alcalde. Se rige por su propio Reglamento. El Comite Vecinal de Defensa Civil coordina el desarrollo de sus funciones con la Gerencia de Seguridad Ciudadana, la Unidad de Defensa Civil, la Oficina de Fiscalizacion y Control Municipal, y otras Instituciones publicas y privadas

AGENCIA DE FOMENTO DE LA INVERSION PRIVADA Articulo 16º.- La Agencia de Fomento de la Inversion Privada es un organo especializado, consultivo y de coordinacion con el sector privado, que se funda en acuerdos explicitos entre ambos sectores, y, estara integrado por representantes del gobierno regional o local respectivo, y del sector privado representado por los gremios y asociaciones de productores y empresarios de la respectiva jurisdiccion. La Agencia de Fomento de la Inversion Privada tiene por objeto proponer el MORDAZA normativo para que la Municipalidad, promueva la inversion de manera descentralizada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de su jurisdiccion, en alianza estrategica entre los gobiernos regionales, gobiernos locales, el sector privado y la sociedad civil. CAPITULO V ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL GERENCIA DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Articulo 17º.- La Gerencia del Organo de Control Institucional es el encargado de programar, conducir, ejecutar y evaluar las actividades de control posterior de la gestion de la Municipalidad; asi como cautelar y fomentar la correcta utilizacion de los recursos, de conformidad con lo dispuesto en las normas del Sistema Nacional de Control. Esta a cargo de un funcionario con categoria de Gerente quien depende estructuralmente de la Alcaldia y mantiene una vinculacion de dependencia funcional y administrativa con la Contraloria General de la Republica. Articulo 18º.- Son funciones y atribuciones del Gerente del Organo de Control Institucional: a) Asesorar a la Alcaldia sin caracter vinculante en la politica de control de acuerdo a la normatividad del Sistema Nacional de Control; b) Formular, proponer, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Auditoria Gubernamental de la Municipalidad, debidamente aprobado; c) Ejercer el control posterior en todas las areas, proyectos y actividades de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA de acuerdo a las Normas de Auditoria Gubernamental, Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas ­ NAGA y al Plan Anual de Auditoria de la Municipalidad. d) Remitir los Informes de Auditoria resultantes de las Acciones de Control a la Alcaldia y simultaneamente a la Contraloria General de la Republica, indicando las observaciones y recomendaciones pertinentes; e) Evaluar permanentemente la aplicacion y el cumplimiento de los planes, programas y procedimientos establecidos en MORDAZA con la politica institucional de la Municipalidad, y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. f) Efectuar la verificacion, seguimiento y registro de las medidas correctivas adoptadas para implantar y superar las observaciones y recomendaciones contenidas en los informes de Auditoria; g) Organizar, coordinar y ejecutar las acciones de control, solicitando el apoyo especializado en caso necesario; h) Verificar y evaluar el cumplimiento interno de las normas y procedimientos administrativos que regulen el funcionamiento interno de la Municipalidad mediante examenes especiales, auditorias, inspecciones e investigaciones, de acuerdo a planes de accion o requerimientos y la Contraloria General de la Republica; i) Elaborar y evaluar los informes resultantes de las acciones de control con las correspondientes conclusiones, observaciones y recomendaciones, presentandolos al MORDAZA y a la Contraloria General de la Republica; j) Divulgar, promover y propiciar el desarrollo, conocimiento y aplicacion de las normas tecnicas de control dictadas por la Contraloria General de la Republica.

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