Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2007 (10/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

353017

sobre MORDAZA de Cumplimiento contra el Director Regional de Educacion de MORDAZA y Procurador Publico del Gobierno Regional MORDAZA, a fin de que mediante el MORDAZA de cumplimiento se haga efectivo el pago de la Bonificacion Especial dispuesto en el D. U. Nº 037-94EF, con retroactividad al uno de MORDAZA de mil novecientos noventa y cuatro a la fecha; tal como se aprecia del Oficio Nº 0253-2007-GR/DREL-OGA-PENS, del 27 de marzo de 2007; Que, conforme al Oficio Nº 0328-2007-DREL/ OGA-PER-PENS, del 8 de MORDAZA de 2007, dicha demanda ha sido resuelta con Sentencia favorable, segun Resolucion numero Cinco de fecha quince de noviembre del ano Dos Mil Seis y Numero Seis de fecha cinco de marzo del ano dos mil siete, a quien debio declararse infundada su peticion por estar acreditando ser pensionista docente ubicado en V Nivel Magisterial, jornada laboral 40 horas; hecho que no se ha tomado en consideracion al expedirse la SENTENCIA, contenida en la Resolucion que declara FUNDADA la demanda del interesado, mas por el contrario se hace mencion en dicha resolucion que el administrado ha cesado como Servidor Tecnico V Nivel Magisterial. Al respecto, debo precisarle que con la Resolucion Nº 1350 de fecha 0507-1994, el citado Pensionista, con Titulo de Profesor de Educacion Primaria Nº 39630-H, con 30 anos y 19 dias, V Nivel Magisterial, Jornada Laboral 40 horas, ceso a su solicitud a partir del 02-06-1994, en el Cargo de Director del C.E. Nº 11508 de Cuculi ­ Chongoyape ­ Chiclayo, Cargo considerado dentro de la MORDAZA Publica del Profesorado, segun el Literal a) del Articulo 152 del D.S. Nº 19-90-PCM, Reglamento de la Ley del Profesorado Nº 24029 y su modificatoria la Ley 25212, no encontrandose comprendida dentro del ambito de aplicacion del D. U. 37-94, por estar ubicado en la Escala cinco (5) del profesorado, por tanto resulta imposible la ejecucion de la Sentencia a favor del pensionista, senalando ademas no existir MORDAZA legal que faculte a la administracion establecer una equivalencia entre el V Nivel Magisterial y el Nivel Remunerativo F-1; Que, se debe demandar la nulidad de la referida sentencia, mediante la demanda civil de "nulidad de cosa juzgada fraudulenta", por los vicios incurridos por el Juzgador en tanto el docente cesante se rige por su propia Ley y el Profesorado no se encuentra inmerso dentro de los alcances del D.S. Nº 037-94, conforme lo viene sosteniendo la Judicatura Nacional en cumplimiento a las disposiciones impartidas por el Tribunal Constitucional en la Sentencia vinculante Nº 2616-2004-AC/TC, sobre Accion de Cumplimiento seguido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin que ello implique que no se cumpla el mandato judicial en virtud a lo que precisa el Art. 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, para cuyo efecto debera tenerse en cuenta lo dispuesto por la legislacion presupuestaria. Dichas acciones legales deben estar a cargo del Procurador Publico Regional, por ser el unico facultado para la interposicion de este MORDAZA de acciones legales, conforme lo dispone el D.S. Nº 02-2003-JUS "Reglamento de Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a Nivel del Gobierno Regional" y ser el funcionario a quien le corresponde establecer judicialmente el error incurrido por el Juez de la causa de considerar al demandante como personal administrativo, ubicados en la Escala Nº 8, cuando esto no es correcto; Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 2 de MORDAZA de 2007, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, que interponga la accion de nulidad de cosa juzgada fraudulenta, en el Expediente Exp. 114232-2007, que dio lugar a la sentencia favorable al pensionista Don MORDAZA MORDAZA GAVELAN MORDAZA que no ejercio labor administrativa; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la

Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; En cumplimiento de las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, el articulo Nº 78 de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Supremo Nº 0022003-JUS "Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional", Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y en uso de las facultades conferidas por Ley; y, SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico del Gobierno Regional MORDAZA, de acuerdo a sus facultades, interponer la accion de NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA en el Expediente Exp. 114232-2007, que dio lugar a la sentencia favorable al pensionista Don MORDAZA MORDAZA GAVELAN MORDAZA, que no ha ejercido labor administrativa. Articulo Segundo.- REMITIR todos los actuados a la Procuraduria Publica del Gobierno Regional MORDAZA, transcribiendo la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Articulo Tercero.- Notificar la presente Resolucion, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. NERY MORDAZA DE KROLL Presidente Regional (e) 105235-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban reajuste integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del distrito de San MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana
ORDENANZA Nº 1063 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de agosto de 2007el Dictamen Nº 106-2007-MML-CMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA CONFORMANTE DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO III DE MORDAZA METROPOLITANA Articulo 1°.- Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo Aprobar el Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo del Distrito de San MORDAZA, conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana (Plano Nº 01), el mismo que es parte de la presente Ordenanza

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