Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2007 (10/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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SUBGERENCIA DE LOGISTICA Articulo 50º.- La Subgerencia de Logistica se encuentra a cargo de un funcionario de confianza con categoria y denominacion de Subgerente, quien depende del Gerente de Administracion; tiene como funciones las siguientes: a) Planificar, programar, ejecutar y controlar el abastecimiento de bienes y servicios, asi como distribuirlos a las diferentes Unidades Organicas de la Municipalidad; b) Formular el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad, asi como las modificaciones cuando corresponda. c) Conducir y ejecutar la programacion, adquisicion, almacenamientos y distribucion racional y oportuna de los bienes materiales que requieren los organos de la Municipalidad; d) Efectuar los procesos y control de las adquisiciones de la Municipalidad a fin de que las mismas se realicen conforme a los dispositivos legales sobre la materia; e) Coordinar con el area usuaria las especificaciones tecnicas para la adquisicion y contratacion de bienes y servicios, que requiere la Municipalidad; f) Responsabilizarse por la planificacion y ejecucion de las adquisiciones y contrataciones de la municipalidad. g) Efectuar el inventario de bienes en Almacen y conciliarlo con la Subgerencia de Contabilidad; h) Programar, dirigir, ejecutar y supervisar los procesos tecnicos para la toma de inventarios de los bienes patrimoniales de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, como son: Inmuebles Maquinarias y Equipos Mobiliarios y Enseres Vehiculos Otros Bienes i) Programar, ejecutar y supervisar los procesos tecnicos de codificacion y asignacion de los bienes, asi como coordinar con el area competente la valorizacion, reevaluacion, bajas y excedentes de los inventarios; j) Mantener actualizada la informacion sobre la ubicacion, estado de conservacion, asignacion o destino de todos los bienes patrimoniales de la Municipalidad, ejecutando para tal efecto los procesos tecnicos de registro, control y verificacion de los bienes de la Municipalidad; k) Gestionar en coordinacion con la Gerencia de Asesoria Juridica la Titulacion y Saneamiento fisico legal de los bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad; l) Otras funciones afines que le asigne el Gerente de Administracion. SUBGERENCIA DE SERVICIOS GENERALES Articulo 51º.- La Subgerencia de Servicios Generales se encuentra a cargo de un funcionario de confianza con categoria y denominacion de Subgerente, quien depende del Gerente de Administracion; tiene como funciones las siguientes: a) Proporcionar y controlar los servicios de impresion y reproduccion de documentos de la municipalidad. b) Disponer y supervisar los trabajos de mantenimiento y limpieza de los edificios, locales e instalaciones de la Municipalidad; c) Desarrollar el MORDAZA del mantenimiento y reparacion de los equipos de oficina, mobiliario y sistemas electricos, telefonicos y electronicos de la Municipalidad, asi como el mantenimiento de vehiculos y equipos motorizados; d) Coordinar, supervisar y ejecutar los trabajos de reparacion y mantenimiento efectuados por terceros requeridos en la Municipalidad; e) Controlar y supervisar que los vehiculos de propiedad de la Municipalidad cuenten con la operatividad y documentacion requerida, asi como la distribucion para el mejor uso de los mismos; f) Coordinar, registrar y controlar el abastecimiento de combustible de los vehiculos de la entidad; g) Coordinar, controlar, proveer y supervisar el servicio de choferes para los distintos vehiculos de la entidad; h) Coordinar, controlar, supervisar y de ser el caso aplicar directivas de racionalizacion de los consumos y

servicios de agua, energia electrica y otros que se utilicen en los distintos locales municipales; i) Otros que le asigne el Gerente de Administracion. OFICINA TECNICA DE EDUCACION Y CULTURA Articulo 52º.- La Oficina Tecnica de Educacion y Cultura es un organo de apoyo que se encuentra a cargo de un funcionario de confianza, con categoria y denominacion de Jefe de Oficina, quien depende del Alcalde. Son funciones de la Oficina Tecnica de Educacion y Cultura: a) Planear, promover, coordinar, organizar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar la ejecucion de las acciones de caracter educativo, cultural - artistico, a cargo de la Municipalidad, asi como asumir las funciones que le competan con respecto al MORDAZA de transferencia de la Educacion a las Municipalidad. b) Elaborar y proponer a la Gerencia Municipal los Planes Integrales de Educacion y Cultura del distrito. c) Coordinar y promover acciones de difusion educativa y cultural a traves de los diversos medios de comunicacion masiva. d) Coordinar, promover y cooperar en programas de alfabetizacion, en coordinacion con las diversas instancias de gestion del Sistema Educativo Nacional. e) Fomentar la creacion de grupos culturales y artisticos asi como la realizacion de encuentros, conversatorios y talleres. f) Difundir y promover la cultura a traves de publicaciones y otros medios de comunicacion. g) Organizar, dirigir y supervisar los GEOS, CEOS y las Cunas Municipales. h) Las demas funciones que le delegue el MORDAZA OFICINA DE FISCALIZACION Y CONTROL MUNICIPAL Articulo 53º.- La Oficina de Fiscalizacion y Control Municipal es un organo de apoyo que se encuentra a cargo de un funcionario de confianza, con categoria y denominacion de Jefe de Oficina, quien depende del Gerente Municipal. Son funciones de la Oficina de Fiscalizacion y Control Municipal: a) Ejercer control permanente a las obras en ejecucion, actividades y elementos de publicidad exterior mediante la implementacion periodica de campanas de fiscalizacion en cumplimiento de las normas y/o reglamentos vigentes. b) Atender quejas y/o denuncias presentadas por los administrados, por concepto de violaciones de las normas vigentes y/o danos en la construccion de los inmuebles c) Efectuar el Control MORDAZA, de las Licencias de Obra otorgados por la Subgerencia de Obras Privadas, Habilitaciones Urbanas y Catastro d) Supervisar los trabajos de acondicionamiento y/o refaccion, siempre y cuando el inmueble no tenga valor historico monumental calificado e) Notificar a traves de los inspectores a los propietarios y/o contribuyentes que incumplan con las normas y/o reglamentos vigentes referentes a construccion f) Efectuar el seguimiento de las sanciones impuestas y llevar un registro de las mismas, conteniendo el estado del procedimiento administrativo. (Modificado por la Ordenanza 144 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de marzo del 2007) g) Organizar, dirigir, controlar y supervisar las actividades que realiza el personal de la Policia Municipal en cumplimiento de la normativa en vigencia. h) Supervisar la ejecucion de operativos diarios. i) Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones municipales; j) Administrar eficientemente los recursos humanos y logisticos de su competencia. k) Disponer la tramitacion de los expedientes que se remitan a su despacho dentro de los terminos establecidos; l) Ejercer la potestad sancionadora, en calidad de organo de instruccion y de organo de resolucion. (Modificado por la Ordenanza 144 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de marzo del 2007) m) Efectuar el control del comercio ambulatorio, mercados y en general, establecimientos que desarrollan una actividad economica.

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