Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2008 (18/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

Que, por Decreto Supremo N° 010-2003-EM, del 19 de marzo de 2003, se aprobo la Modificacion y Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote IV, Noroeste, por parte de Pan American International Petroleum Corporation, Peruvian Branch, a favor de Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A., suscrito entre PERUPETRO S.A. y las citadas empresas; Que, por Decreto Supremo N° 022-2004-EM, del 24 de junio de 2004, se aprobo la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote IV, Noroeste, en aplicacion de la Ley N° 28109, Ley para la Promocion de la Inversion en la Explotacion de Recursos y Reservas Marginales de Hidrocarburos a Nivel Nacional, la que fue suscrita por PERUPETRO S.A. y Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A.; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2005-EM, del 2 de febrero del 2005, se aprobo la Modificacion del referido Contrato de Licencia, a fin de modificar el metodo de extrapolacion lineal precio - regalia y establecer los porcentajes de regalia a precios mayores de 35 US$/BI; la cual fue suscrita entre PERUPETRO S.A. y Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A.; Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2006-EM, del 22 de febrero de 2006, se aprobo la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote IV, Noroeste, a fin de sustituir al Garante Corporativo; la misma que fuera suscrita entre PERUPETRO S.A. y Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A.; Que, el articulo 12° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11° de la mencionada Ley; Que, mediante carta de fecha 26 de setiembre de 2007, MERCANTILE PERU OIL & GAS S.A. y Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A. comunicaron a PERUPETRO S.A., la decision de sus accionistas de fusionarse mediante la absorcion de Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A. por parte de MERCANTILE PERU OIL & GAS S.A.; ademas que MORDAZA companias en sus respectivas Juntas Generales de Accionistas celebradas en fecha 09 de febrero de 2007, acordaron su fusion y modificacion de la denominacion social de MERCANTILE PERU OIL & GAS S.A. por la de INTEROIL PERU S.A.; Que, de otro lado, el Garante Corporativo INTEROIL EXPLORATION AS modifico su denominacion social por la de INTEROIL EXPLORATION AND PRODUCTION ASA; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 156-2007, de fecha 10 de diciembre de 2007, aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato

de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote IV, Noroeste, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA:

Articulo 1°.- De la Aprobacion de la Modificacion del Contrato Aprobar la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote IV, Noroeste, aprobado por Decreto Supremo N° 176-92-EF y sucesivamente modificado por los Decretos Supremos N° 16-95-EM, N° 023-2001-EM, N° 010-2003-EM, N° 022-2004-EM, N° 004-2005-EM y N° 013-2006-EM, respectivamente, con el objeto de reflejar la fusion de MERCANTILE PERU OIL & GAS S.A. y Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A., en la modalidad de fusion por absorcion, siendo la empresa absorbida Compania Petrolera Rio MORDAZA S.A., y la empresa absorbente MERCANTILE PERU OIL & GAS S.A.; el cambio de denominacion social de MERCANTILE PERU OIL & GAS S.A. a INTEROIL PERU S.A.; asi como el cambio de denominacion social del Garante Corporativo de INTEROIL EXPLORATION AS a INTEROIL EXPLORATION AND PRODUCTION ASA. Articulo 2°.- De la Autorizacion para suscribir la Modificacion del Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con INTEROIL PERU S.A., con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote IV, Noroeste, que se aprueba en el articulo 1°. Articulo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 190302-6

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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