Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2008 (18/04/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

370887

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA

Modifican Ordenanza Nº 030-2003MDPH que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 138-2008-MDPH Punta MORDAZA, 28 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha la propuesta de Modificacion Normativa de la Ordenanza Nº 030-2003-MDPH de fecha 20 de noviembre de 2003, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia lo cual es ratificado por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, indica que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura municipal por medio de las cuales se aprueba, entre otros temas, la organizacion interna y administracion de las materias en que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 030-2003-MDPH de fecha 20 de noviembre de 2003 se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, la misma que fue debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de diciembre de 2003; Que, la nueva administracion municipal, busca implementar acciones y medidas que permitan consolidar una administracion moderna, eficiente y simplificada que coadyuve a una eficiente atencion de las necesidades de los administrados y de la comunidad Distrital; Que, conforme lo estable el inciso 3) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, es atribucion del Concejo, aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno municipal y por ende, se encuentra facultado para modificar el referido documento normativo de gestion municipal; Estando a lo expuesto y contando con el MORDAZA UNANIME de sus miembros, en cumplimiento de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MODIFICAN Articulo 29º DE LA ORDENANZA Nº 030-2003-MDPH Articulo 1º.- MODIFICAR el Articulo 29º de la Ordenanza Nº 030-2003-CDPH que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por el siguiente Texto:

Articulo 29º.- La Gerencia Municipal es el organo de mas alto nivel administrativo, responsable de dirigir los organos de apoyo, asesoramiento y de linea de la Municipalidad. Esta a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el MORDAZA y depende funcionalmente de la Alcaldia. Para ejercer el cargo de Gerente Municipal NO se requiere contar con titulo academico profesional. Articulo 2º.- HACER de conocimiento de la Gerencia Municipal, Jefatura de Personal y demas areas administrativas de la entidad para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 189306-1

Aprueban MORDAZA Reglamento de Eleccion de Representantes de Sociedad Civil ante el Consejo Coordinacion Local Distrital y Cronograma
ORDENANZA Nº 139-2008-MDPH Punta MORDAZA, 28 de febrero de 2008

la la de su

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha la propuesta de la nueva Ordenanza que Aprueba el MORDAZA Reglamento de la Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital y su Cronograma. CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia lo cual es ratificado por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el Consejo de Coordinacion Local es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, cuya organizacion y estructura esta regulada por el Articulo 102º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, la misma que en su Articulo 104º determina que son entre otras funciones, las de coordinar y participar en la programacion del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Locales, concordante con el Articulo 7º 1 del mismo cuerpo legal; Que, este Consejo es un mecanismo de participacion de las organizaciones de la sociedad civil del distrito en el MORDAZA de planeacion local que tiene las caracteristicas de integral, permanente y participativo, conforme lo expresa el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; Que, el mencionado Consejo estara constituido por el MORDAZA Distrital, los Regidores Distritales y por los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil que alcanzara al numero de dos (2). Estos ultimos seran elegidos democraticamente por un periodo de dos anos de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones a nivel distrital que se hayan inscrito en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.