Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2008 (18/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

Segunda.- Actas y formatos La Direccion General de Transporte Terrestre del MTC aprobara mediante Resolucion Directoral los formatos de Certificado de Chatarreo de Vehiculos, MORDAZA de Culminacion del MORDAZA de Chatarreo de Vehiculos y de las actas de verificacion a que se refiere el presente reglamento. Tercera.- Directivas y formularios La Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del MTC aprobara mediante Resolucion Directoral la Directiva que regule el tratamiento final de residuos generados por el MORDAZA de chatarreo de vehiculos. 190302-9

Autorizan, en forma excepcional, el uso de placas de exhibicion en vehiculos nuevos no comercializados, con el objeto de trasladar a participantes de la V Cumbre ALC-UE y del APEC
RESOLUCION SUPREMA Nº 045-2008-MTC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece en el articulo 32º que todo vehiculo de transporte automotor que circule por las vias publicas se encuentra obligado a exhibir la Placa Unica Nacional de Rodaje, correspondiendole al Ministerio de Transportes y Comunicaciones establecer la clasificacion, caracteristicas y el procedimiento para su obtencion; Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, dispone en el articulo 80º que la incorporacion de los vehiculos en el Sistema Nacional de Transporte Terrestre, unicamente se lleva a cabo a traves del procedimiento de inmatriculacion registral en el Registro de Propiedad Vehicular, conforme a las normas vigentes en la materia, asi como que todos los vehiculos que requieran transitar por el indicado sistema deben contar con Placa Unica Nacional de Rodaje; Que, el Reglamento de Placas de Exhibicion, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC, establece que la placa de exhibicion es el elemento de identificacion de los vehiculos nuevos MORDAZA de su comercializacion, cuya circulacion en las vias publicas ampara, la cual se encuentra comprendida dentro del concepto Placa Unica Nacional de Rodaje; Que, durante los meses de MORDAZA y noviembre del 2008, el Peru sera anfitrion de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobiernos de MORDAZA Latina, el Caribe y la Union Europea - Peru 2008 (ALC-UE) y presidira el Foro de Cooperacion Economica MORDAZA - MORDAZA (APEC), siendo necesario adoptar medidas para garantizar el traslado de las delegaciones participantes provenientes de otros paises en condiciones adecuadas de seguridad; Que, mediante Informe Nº 166-2008-MTC/15, la Direccion General de Transporte Terrestre manifiesta que las empresas representantes de vehiculos en el MORDAZA han ofrecido su colaboracion en el traslado de los visitantes durante las fechas programadas para los indicados eventos, poniendo a disposicion vehiculos nuevos aun no comercializados, para cuyo efecto resulta necesario autorizar en forma excepcional su circulacion mediante la instalacion de placas de exhibicion en los citados vehiculos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181 y Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en forma excepcional, el uso de placas de exhibicion, reguladas en el Reglamento de

Placas de Exhibicion, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC, en vehiculos nuevos no comercializados, que no hayan sido inmatriculados en el Registro de Propiedad Vehicular, solicitados por Entidades Estatales, con el objeto de trasladar a los funcionarios publicos, cancilleres y/o invitados especiales provenientes de otros paises, que participaran en la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobiernos de MORDAZA Latina, el Caribe y la Union Europea - Peru 2008 (ALC-UE) y en el Foro de Cooperacion Economica MORDAZA - MORDAZA (APEC). La autorizacion excepcional de uso de placas de exhibicion regira durante las fechas necesarias para el desarrollo de los citados eventos, siempre que el traslado de las citadas autoridades e invitados especiales sea dentro de la localidad, para cuyo efecto no se aplicaran las limitaciones de horario de circulacion establecidas en el articulo 10º del Reglamento de Placas de Exhibicion, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC. Articulo 2º.- Mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones se determinara las caracteristicas complementarias a las establecidas en el articulo 12º del Reglamento de Placas de Exhibicion, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC, de las placas que se emplearan para los citados eventos, asi como la vigencia de las mismas. Articulo 3º.- Las Usuarias pagaran a la Administradora los derechos correspondientes a las placas de exhibicion que se emitan en el MORDAZA de la presente Resolucion Suprema, no siendo aplicable en dichos casos la exigencia de pago de derechos que realiza la Administradora a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al monto fijado en el articulo 17º del Reglamento de Placas de Exhibicion, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC. Articulo 4º.- Las Usuarias y las Entidades Estatales solicitantes acordaran los terminos y condiciones que regiran para la responsabilidad por danos y perjuicios en agravio de terceros y a la infraestructura vial y propiedad publica en general, asi como por infracciones de MORDAZA que eventualmente pudieran cometerse con vehiculos que MORDAZA uso de la excepcion a que se refiere la presente Resolucion Suprema. Articulo 5º.- La autorizacion excepcional para el uso de placas de exhibicion dispuesta mediante la presente Resolucion Suprema se sujetara a lo dispuesto en el Reglamento de Placas de Exhibicion, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC, en todo lo no previsto en el presente dispositivo. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 190302-21

Otorgan renovacion y modificacion de permiso de operacion de servicio de transporte aereo regular de carga a Aerotransportes Mas de Carga S.A. de C.V. - MAS AIR
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 050-2008-MTC/12 MORDAZA, 19 de marzo del 2008 Vista la solicitud de AEROTRANSPORTES MAS DE CARGA S.A. DE C.V. ­ MAS AIR, sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de carga.

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