Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2010 (05/06/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

420217

Que, mediante escrito con registro 00037158-2008 de fecha 21 de MORDAZA de 2008, el senor MORDAZA ERESMIT PUCCIO YPURRE, solicita cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera NAYLAMP de matricula Pt-21042-CM; Que, teniendo en consideracion que a la fecha existen dos procesos judiciales en los cuales se esta discutiendo la titularidad de la embarcacion pesquera NAYLAMP, se recomendo INHIBIRSE del tramite de cambio de titular hasta que el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Sullana y Tercer Juzgado se pronuncie al respecto, debiendo elevarse en consulta al Superior Jerarquico; Que, mediante Resolucion Directoral N° 954-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 2 de diciembre de 2009, se resuelve INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera NAYLAMP de matricula PT-21042-CM, hasta que el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Sullana y Tercer Juzgado se pronuncie al respecto, debiendo elevarse en consulta al Superior Jerarquico; Que, a traves del escrito del visto, el senor MORDAZA ERESMIT PUCCIO YPURRE, solicita desistimiento del procedimiento de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera NAYLAMP de matricula PT21042-CM; Que, de conformidad con lo senalado en el articulo 189° de la Ley N° 27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, el desistimiento podra hacerse por cualquier medio que permita su MORDAZA y senalando su contenido y alcance. Debe senalarse expresamente si se trata de un desistimiento del procedimiento. Asimismo el desistimiento se podra realizar en cualquier momento MORDAZA de que se notifique la resolucion final en la instancia; Que, de la evaluacion efectuada al expediente, se ha podido observar que la administracion a la fecha no ha emitido un pronunciamiento final, ello teniendo en consideracion que mediante Resolucion Directoral N° 954-2009-PRODUCE/DGEPP, se recomendo la inhibicion del procedimiento administrativo de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera NAYLAMP, la misma que a la fecha no ha sido confirmada por el Superior Jerarquico, razon por la cual, de conformidad con lo establecido en el articulo 189° de la Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley N° 27444, corresponde aceptar el desistimiento del indicado procedimiento efectuado por el senor MORDAZA ERESMIT PUCCIO YPURRE; Que, teniendo en consideracion lo senalado en el parrafo precedente se debera, dejar sin efecto la Resolucion Directoral N° 954-2009-PRODUCE/DGEPP, que resolvio INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera NAYLAMP de matricula PT-21042CM, hasta que el MORDAZA Juzgado Letrado de Sullana y Tercer Juzgado se pronuncie al respecto; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 362-PRODUCE/ DGEPP-Dchi; y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar el desistimiento formulado por senor MORDAZA ERESMIT PUCCIO YPURRE al procedimiento de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera NAYLAMP de matricula PT-21042-CM, correspondiendo archivar el presente expediente administrativo. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral N° 954-2009-PRODUCE/DGEPP, mediante la cual se recomendo INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de

la embarcacion pesquera NAYLAMP de matricula PT21042-CM. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 502651-2

Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de personas juridicas y naturales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 331-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2010 Vistos los escritos de Registro N°s. 00017026 de fecha 25 de febrero, 31 de marzo, 30 de MORDAZA de 2010, presentado por la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo N° 0152007-PRODUCE, senala que "(...) el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Que, asi mismo, el ultimo parrafo del articulo 34° del citado Reglamento, establece que "en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca encontrandose condicionada la vigencia a su resultado"; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 548-96-PE de fecha 05 de noviembre de 1996, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcacion de bandera nacional "NANCY" con matricula N° IO-0944-CM, a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda.; Que, mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A., representada por su Apoderado el senor MORDAZA HAROLD MORDAZA MORDAZA, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "NANCY" con matricula N° IO0944-CM, para lo cual presenta los requisitos de acuerdo al procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; asi mismo, senalan que desean que se reconozca la capacidad de bodega consignada en el Certificado de Matricula; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por D.S. N° 008-2009-PRODUCE, acreditandose ademas que la embarcacion "NANCY" con matricula N° IO-0944-CM no cuenta con deudas pendientes de pago por concepto de pagos de derechos, razon por la cual consideramos pertinente aprobar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun informe N° 159-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.