Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2010 (05/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de junio de 2010

EDUCATIVAY CULTURAL ESCUELADE CONDUCTORES PERU SIN ACCIDENTES ­ ECOPAC-PERU; autorizacion para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, en el local indicado, con los Instructores que forman parte de su Plana Docente autorizada y con el automovil con placa de rodaje SU-4248 autorizado segun Resolucion Directoral Nº 3424-2009-MTC/15. Articulo Segundo.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Tercero.- Remitir a la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; asimismo, encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de La ESCUELA los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 464777-1

Autorizan a ECOPAC - PERU la variacion de domicilio de aulas de ensenanza de su sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 409-2010-MTC/15 MORDAZA, 10 de febrero de 2010 VISTOS: los Expedientes Nºs 2009-028673, 2010-001202 y 2010-001663, presentados por la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ASOCIACION EDUCATIVA Y CULTURAL ESCUELA DE CONDUCTORES PERU SIN ACCIDENTES ­ ECOPAC ­ PERU, en adelante La Escuela, solicitando autorizacion para la variacion del domicilio de sus aulas de ensenanza teorica y de ensenanza teorico-practico de mecanica (taller), asi como la variacion de su plana docente, de su sede en la MORDAZA de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, La Escuela solicita se autorice la variacion del domicilio de sus aulas de ensenanza teorica y ensenanza teorico-practico de mecanica (taller) de su sede autorizada, que inicialmente se encontraban ubicadas en Jr. MORDAZA Nº 950-D, 1º piso, MORDAZA y Av. La Costanera Nº 388, 1º piso, MORDAZA, respectivamente, a los locales ubicados en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 228 (2do. y 3er. Piso) ­ MORDAZA y Av. El Sol Nº 906, esquina con Jr. Carabaya Nº 194 (3er. Piso) ­ MORDAZA, cumpliendo con presentar los Contratos de Arrendamiento, asi como las Memorias Descriptivas debidamente autorizadas por Arquitecto, con MORDAZA de los planos de distribucion y ubicacion correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en los literales f) y h) del articulo 51º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, el articulo 43º de El Reglamento establece las condiciones de acceso para el funcionamiento de una Escuela de conductores; senalandose en el numeral 43.3 las condiciones especificas en cuanto a su Infraestructura debiendo contar entre otros, con un local adecuado para las clases teoricas y un Taller para realizar la instruccion

teorico ­ practica de Mecanica; verificandose que los locales ofertados cuentan con todos los ambientes senalados por El Reglamento; asimismo solicita la modificacion de su Plana Docente y para ello cumple con proponer nuevos Instructores, quienes reunen los requisitos de idoneidad y experiencia requeridos en los literales b), d), e) y f) del numeral 43.2 del articulo 43º y el cumplimiento del literal d) del articulo 51º de El Reglamento; Que, el articulo 60º de El Reglamento establece que la autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º, dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, es preciso indicar que el articulo 117° de El Reglamento, dispone que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas de las Escuelas de Conductores, establecidas en los articulos 47°, 48°, 49° y 50°, se aplicaran las sanciones administrativas correspondientes, senaladas en el Cuadro de Tipificacion y Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder, y por ende la ejecucion de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del articulo 43° del Reglamento MORDAZA citado; Que, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, mediante Informe Nº 194-2010-MTC/15.03, concluye que resulta procedente la solicitud presentada por La Escuela, en vista que cumple con lo establecido en el numeral 43.2 y 43.3 del articulo 43º del Reglamento; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 29370. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ASOCIACION EDUCATIVAY CULTURAL ESCUELADE CONDUCTORES PERU SIN ACCIDENTES ­ ECOPAC ­ PERU la variacion del domicilio de sus aulas de ensenanza teorica y aulas de ensenanza teorico-practico de mecanica (taller), a las siguientes direcciones: AULAS DE ENSENANZA TEORICA: Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 228 (2do. y 3er. Piso) ­ MORDAZA AULAS DE ENSENANZA TEORICO ­ PRACTICA DE MECANICA Av. El Sol Nº 906, esquina con Jr. Carabaya Nº 194 (3er. Piso) ­ MORDAZA Articulo Segundo.- Autorizar la variacion de su Plana Docente autorizada mediante Resolucion Directoral Nº 3424-2009-MTC/15, quedando conformada de la siguiente manera: Cargo Director Instructores Teoricos de MORDAZA Instructor Practico de Manejo · MORDAZA MORDAZA Docentes MORDAZA

MORDAZA

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