Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2010 (05/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de junio de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el articulo 24º de la Ley Nº 29090, senala que las municipalidades distritales y las provinciales o la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito del Cercado, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentran ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las Municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a uso urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana; Que, el articulo 79º, inciso 3, numeral 3.6 y 3.6.1 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, prescribe que las municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen las siguientes funciones exclusivas: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones urbanas; Estando a lo senalado y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 29792, el Honorable Concejo aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LAS HABILITACIONES URBANAS DE OFICIO EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO Articulo Primero.- HABILITAR DE OFICIO los predios rusticos del distrito que cumplan con las siguientes condiciones: a) Encontrarse inscritos en los Registros Publicos como predio rustico. b) Contar con servicios basicos de luz, agua y desague, acreditados con recibos de suministro de luz y agua, otorgada por las empresas prestadoras de servicios correspondientes. c) Encontrarse ubicados en zonas urbanas consolidadas con veredas, pistas y mobiliario MORDAZA, entre otros. d) Contar con Declaraciones Juradas de Autovaluo. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al senor MORDAZA para que, a traves de Resolucion de Alcaldia, declare habilitados de oficio los predios rusticos aludidos en el articulo precedente, siempre que cumplan con los requisitos previstos en el MORDAZA de la entidad. Disponiendose la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. Articulo Tercero.- ENTIENDASE que la inscripcion registral de los predios habilitados correran a cargo de los propietarios de los mismos. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Desarrollo MORDAZA para que realicen las acciones pertinentes a efectos de que se de cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 502788-1

Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 194º, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; senalando que la estructura organica del Gobierno local la conforman el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia como organo ejecutivo; asimismo el numeral 1 del articulo 195º, establece que las Municipalidades, en ejercicio de su autonomia politica, economica y administrativa, tienen competencia exclusiva para aprobar su organizacion interna; Que, el numeral 3) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades faculta al Concejo Municipal aprobar su regimen de organizacion interior y funcionamiento del Gobierno Local; Que, mediante Ley Nº 29151 de fecha 30 de noviembre del 2007, se establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado y en apoyo y fortalecimiento al MORDAZA de descentralizacion y con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales y la Gerencia de Asesoria Juridica han elaborado y revisado en forma conjunta el Reglamento de Altas, Baja y Enajenacion de los Bienes Muebles adecuado a la Ley Nº 29151 asi como a las demas normas aplicables sobre la materia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el MORDAZA unanime del Pleno del Concejo, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenacion de los Bienes Muebles de la Municipalidad de Chaclacayo, el mismo que consta de siete capitulos, setenta y tres articulos, una Disposicion Complementaria, una Disposicion Transitoria y una Disposicion Final. Articulo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 149 de fecha 21 de MORDAZA del 2007. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y el integro del Reglamento en el MORDAZA de la corporacion edil: www.munichaclacayo. gob.pe. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 502786-1

Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Enajenacion de los Bienes Muebles de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL N° 212 Chaclacayo, 30 de MORDAZA del 2010 VISTO: En sesion de concejo de la fecha, el Informe Nº 078-2010-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 072-2010-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 079-2010-GAF/MDCH de la Gerencia Administracion y Finanzas, Informe Nº 1142010-SGLSG-GAF/MDCH de la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales; y;

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Fijan montos por concepto de derecho de emision del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2010
ORDENANZA Nº 110-2010-MDC Cieneguilla, 21 de enero de 2010. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA.

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