Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2010 (05/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de junio de 2010

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

420265

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 0056-2007-GP/MDSJL de fecha 08.06.2007, el Informe Nº 038-2007-SII/MSJL de fecha 20.06.2007 y el Informe Nº 0263-2007-GAJ/MSJL de fecha 18.06.2007, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 273 de fecha 27.04.2004 se aprobo la Directiva "Normas y Procedimientos para la Publicacion de Informacion Municipal en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho", y se designa a los funcionarios responsables de brindar la informacion requerida por los ciudadanos y vecinos, y de la elaboracion, mantenimiento y vigencia del MORDAZA de Transparencia de esta Corporacion Municipal. Que, mediante Informe Nº 0056-2007-GP/MDSJL de fecha 08.06.2007 emitido por la Gerencia de Planificacion se senala que a traves del Oficio Nº 1622007-OCI/MDSJL, el Organo de Control Institucional presento el informe respecto a la Actividad Control Nº 2-2184-2007-005 ­ Ley de Transparencia de y Acceso a la Informacion Publica, correspondiente al periodo de enero a MORDAZA del 2007, precisando que en el MORDAZA de Transparencia se ha omitido la publicacion de informacion y datos conforme a los dispositivos que regulan el acceso a la informacion de los vecinos, razon por la cual se ha elaborado el proyecto de Directiva que contiene las normas y procedimientos para la publicacion de informacion municipal en el MORDAZA de Transparencia, adecuada a la nueva Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Corporacion Municipal. Que, mediante Informe Nº 263-2007-GAJ/MSJL de fecha 18.06.2007 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, luego de un analisis de los articulos pertinentes de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, asi como de su Reglamento aprobado mediante DS Nº 072-2003-PCM; y su Texto Unico Ordenado aprobado mediante DS Nº 043-2003-PCM, se concluye que corresponde al Despacho de Alcaldia dictar la resolucion de alcaldia que aprueba la "Directiva para la publicacion y Actualizacion de Informacion en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho" y que designa al funcionario responsable de elaborar y actualizar del MORDAZA de Transparencia y del funcionario responsable de entregar la informacion solicitada. Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado por DS Nº 043-2003-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24.04.2003, dispone que las entidades de la Administracion Publica difundiran a traves de Internet informacion de la Entidad. Que, el Reglamento de la Ley Nº 27806 aprobado por DS Nº 072-2003-PCM, establece que el funcionario responsable del MORDAZA de Transparencia debe difundir y mantener actualizada la informacion en el citado MORDAZA, el mismo que sera designado mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la entidad. Que, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, en su Articulo 62º establece la presuncion de desconcentracion, determinando que se consigne las tareas en los responsables de las oficinas que permitan actuar inmediatamente y tener mayor contacto del tema a tratar. Que, siendo ello asi, es preciso aprobar el proyecto de Directiva Nº 003-2007-SGDICNI-GP/MDSJL denominada "Directiva para la publicacion y Actualizacion de Informacion en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho" asi como designar al funcionario responsable de elaborar y actualizar del MORDAZA de Transparencia de la Corporacion Municipal y al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada por los administrados. Por las consideraciones MORDAZA expuestas y estando a lo establecido en la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, su TUO aprobado por DS Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por DS Nº 072-2003-PCM,y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades,

Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO alguno el contenido y alcances de la Resolucion de Alcaldia Nº 273 de fecha 27.04.2004. Articulo Segundo.- APROBAR la Directiva Nº 0032007-SGDICNI-GP/MDSJL denominada "Directiva para la publicacion y Actualizacion de Informacion en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho", la misma que se anexa y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- DESIGNAR al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Secretario de Imagen Institucional, como funcionario responsable de la elaboracion, mantenimiento y vigencia del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, contenida en la Pagina Web de esta Corporacion Municipal, cuya direccion electronica es www.munisjl.gob.pe, conforme lo dispone el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Articulo Cuarto.- DESIGNAR a la Doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Secretaria General, como funcionaria responsable de brindar la informacion requerida por los administrados, en aplicacion del MORDAZA de publicidad, conforme lo dispone el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Articulo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente resolucion a la Gerencia Municipal, a la Secretaria de Imagen Institucional y a la Secretaria General, asi como a los organos de linea y asesoria que corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 502516-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Exoneran de pago el uso de MORDAZA deportivos de grass sintetico de Chucuito y del Asentamiento Humano MORDAZA hasta el 31 de diciembre de 2010
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000021 Callao, 23 de MORDAZA de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion fecha 23 de MORDAZA de 2010; Aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el articulo 195 inciso 8, prescribe que son funciones y competencias de los gobiernos locales desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educacion, salud y vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, turismo, conservacion de monumentos arqueologicos e historicos, cultura, recreacion y deporte, conforme a ley; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en el articulo 9 inciso 8, senala que es atribucion del Concejo

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