Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2010 (05/06/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

420228

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de junio de 2010

la Renovacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 19 de MORDAZA del 2009; Que, mediante documentos de Registro Nº 2010001635 del 14 de enero del 2010 y Nº 009256 del 19 de enero del 2010, LAN AIRLINES S.A. solicito la Modificacion de su Permiso de Operacion a fin de modificar e incrementar frecuencias correspondientes a las rutas transfronterizas; Que, segun los terminos del Memorando Nº 056-2010MTC/12, Memorando Nº 097-2010-MTC/12, Memorando Nº 009-2010-MTC/12.PIO, Memorando Nº 123-2010MTC/12, Informe Nº 018-2010-MTC/12.07.LIC, Informe Nº 256-2010-MTC/12.07.CER, Informe Nº 362-2010MTC/12.07.CER, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; la solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos para el presente tramite, por lo que se considera pertinente atender lo solicitado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Junta de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la Republica de MORDAZA ha designado a LAN AIRLINES S.A., para realizar servicios de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo ", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar - en el extremo pertinente - de conformidad al "Acta de Reunion de Consulta de Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y la Republica de Chile" suscrita con fecha 22 de marzo del 2007, ratificada mediante Resolucion Ministerial Nº 147-2007-MTC/02, la Resolucion Directoral Nº 082-2009-MTC/12, modificada mediante Resolucion Directoral Nº 185-2009-MTC/12 y Resolucion Directoral Nº 102-2010-MTC/12 que otorgo a LAN AIRLINES S.A., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en las siguientes condiciones: RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: Y DERECHOS

Debera operar el trafico regional y/o fronterizo que incluye el norte de MORDAZA y/o sur del Peru, pudiendo prolongar estos vuelos hasta MORDAZA y/o MORDAZA con al menos una escala intermedia en un punto del territorio MORDAZA y; opcionalmente y sin derecho a cabotaje, una escala en el territorio peruano. Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 082-2009-MTC/12 modificada mediante Resolucion Directoral Nº 185-2009-MTC/12 y Resolucion Directoral Nº 102-2010-MTC/12, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 498021-1

Autorizan a la empresa Importadora Sudamericana Motors & Trading S.A.C. como taller de conversion a gas licuado de petroleo en el distrito de La MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 250-2010-MTC/15 MORDAZA, 28 de enero de 2010 VISTOS: El Parte Diario Nº 117516 y Expedientes Nºs. 2009021168 y 2010-000428 de fechas 02, 23 de setiembre de 2009 y 11 de enero de 2010, presentados por la empresa IMPORTADORA SUDAMERICANA MOTORS & TRADING S.A.C., mediante los cuales solicita autorizacion para operar como Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15, modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC sobre "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GLP y de los Talleres de Conversion a GLP", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos, diesel o GLP al sistema de combustion a GLP mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 083 -2010-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante el Parte Diario Nº 117516 y Expedientes Nºs. 2009-021168 y 2010-000428 de fechas 02, 23 de setiembre de 2009 y 11 de enero de 2010, cumplen con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa IMPORTADORA SUDAMERICANA MOTORS & TRADING S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP para la instalacion del kit de conversion correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 0052007-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y

CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - MORDAZA y vv., con veintiseis (26) frecuencias semanales. CON DERECHOS MORDAZA DEL AIRE: DE TRAFICO DE MORDAZA

- MORDAZA - NUEVA MORDAZA y vv., y/o MORDAZA - LOS MORDAZA y vv., Con catorce (14) frecuencias semanales. CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA Y/O CALAMA Y/O ANTOFAGASTA Y/ O IQUIQUE Y/O MORDAZA Y/O MORDAZA DE MORDAZA Y/O LA MORDAZA - TACNA Y/O MORDAZA Y/O MORDAZA Y/O MORDAZA y vv., con veintiun (21) frecuencias semanales.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.