Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2010 (05/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Modifican el Reglamento para la Contratacion de Servicios y de Adquisicion de Bienes
ACUERDO PROINVERSION Nº 346-03-2010 Acuerdo adoptado en el Consejo Directivo de PROINVERSION en su Sesion Nº 346 de fecha 19 de MORDAZA de 2010 "De acuerdo con lo solicitado por el Director Ejecutivo y teniendo en consideracion el Resumen Ejecutivo y el Informe Legal Nº 224-2010-OAJ/PROINVERSION, ambos de fecha 14 de MORDAZA de 2010, se decide: 1. Aprobar las modificaciones a los articulos 1º, 2º, 4º, 6º, 7º, 8º, 9º,12º,18º, asi como, la Disposicion Complementaria Transitoria Unica y los numerales 2º, 5º, 6º, 12º y 17º del Anexo Nº 1-Definiciones, del Reglamento para la contratacion de servicios y de adquisicion de bienes, cuya MORDAZA como Anexo forma parte de la presente acta. 2. Delegar en el Director Ejecutivo las acciones que MORDAZA requeridas para su pronta implementacion. 3. Gestionar la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Transcribir el presente acuerdo a la Direccion Ejecutiva, a los Comites de PROINVERSION, Secretaria General, Direccion de Asuntos Tecnicos, Direccion de Facilitacion y Promocion de Inversiones, Direccion de Asuntos Sociales y Post-Privatizacion, Oficina de Asesoria Juridica y a la Oficina de Administracion y Finanzas, exonerandolo del tramite de lectura y aprobacion del acta". TABATA D. MORDAZA Secretaria de Actas PROINVERSION MODIFICACION A LOS ARTICULOS 1º, 2º, 4º, 6º, 7º, 8º, 9º,12º,18º, ASI COMO, LA DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA UNICA Y EL ANEXO Nº 1-DEFINICIONES, DEL REGLAMENTO PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS Y DE ADQUISICION DE BIENES Articulo 1º Objeto y ambito de aplicacion Establecer las disposiciones que regularan los procesos de contratacion de servicios y adquisicion de bienes que deban realizar la Direccion Ejecutiva y los Comites de PROINVERSION en cumplimiento de sus funciones, vinculadas a los procesos a que se refieren los Decretos Legislativos Nº 674 y Nº 1012 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, sus normas modificatorias y reglamentarias, asi como los Decretos de Urgencia Nº 047-2008, Nº 121-2009 y Nº 032-2010. Articulo 2º.- Base Legal La Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, o MORDAZA que la sustituya. El Articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 047-2008, mediante el cual se dispone que PROINVERSION debe publicar un reglamento de contratacion de estudios de consultoria necesarios para disenar las transacciones o procesos de promocion de la inversion privada de determinados proyectos que MORDAZA indispensables para la competitividad del MORDAZA, el mismo que debera ser aprobado por su Consejo Directivo. El Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 121-2009, mediante el cual se extienden los alcances de las medidas dispuestas a traves del Decreto de Urgencia Nº 047-2008.

Articulo 4º.- Requisitos del MORDAZA Todas las solicitudes de contrataciones de servicios o adquisiciones de bienes deberan estar dirigidas al Comite de PROINVERSION que corresponda o a la Direccion Ejecutiva, cuando se trate de un tema institucional que involucre a mas de un Comite de PROINVERSION, en el caso de una contratacion o adquisicion que debido a su naturaleza no pueda circunscribir sus alcances a un Comite de PROINVERSION, o cuando se genere una necesidad institucional colectiva. Posteriormente, el area competente debera requerir la certificacion presupuestal y su inclusion en el Plan Anual de Contrataciones. Articulo 6º.- Impedimento para ser postores Estan impedidos de ser postores: a) Las personas que se indican en el Articulo 10 del Decreto Legislativo Nº 1017. b) Los miembros del Consejo Directivo de PROINVERSION, los miembros de los Comites de PROINVERSION, el Director Ejecutivo de PROINVERSION y en general las personas naturales que mantengan relacion contractual con PROINVERSION bajo cualquier modalidad, siempre y cuando el servicio sea prestado en las instalaciones de PROINVERSION, hasta un (1) ano despues de haber cesado sus funciones o concluidos sus contratos y en tanto que sus labores hayan estado vinculadas al area relacionada con el MORDAZA de promocion o MORDAZA de seleccion (contratacion de servicios o adquisicion de bienes). c) El conyuge, conviviente o los parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad de las personas a que se refiere los literales precedentes. d) En el caso de iniciativas privadas (IP) los asesores (independientemente de su condicion de persona natural o juridica), que hayan prestado algun MORDAZA de servicios a favor del titular de la IP vinculados directamente con la referida. e) En el caso de procesos de promocion de la inversion privada por iniciativa estatal, los asesores (independientemente de su condicion de persona natural o juridica), que hayan prestado algun MORDAZA de servicios a favor de los postores interesados en temas vinculados directamente a dicho proceso. Las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente articulo se tendran por no presentadas y los contratos celebrados son nulos sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar. Articulo 7º.- Tipos de procesos de contratacion o adquisicion Los tipos de procesos de contratacion o adquisicion son: I) Adjudicacion Directa, II) Concurso por Invitacion, y III) Concurso Publico. 7.1 Adjudicacion Directa.- Es la modalidad por la cual se contrata, previa aprobacion del Comite de PROINVERSION que corresponda o la Direccion Ejecutiva segun sea el caso, de manera directa a solicitud del Jefe de Proyecto o Area Usuaria, un determinado servicio o la adquisicion de bienes, hasta por el monto correspondiente a 10 Unidades Impositivas Tributarias. 7.2 Concurso por Invitacion.- Es la modalidad por la cual PROINVERSION convoca a posibles interesados en funcion de una lista de invitados, previamente aprobada por el Comite de PROINVERSION que corresponda y la Direccion de Asuntos Tecnicos o la Direccion Ejecutiva segun sea el caso, para los procesos de contratacion o adquisicion, mayores a 10 Unidades Impositivas Tributarias hasta 300 Unidades Impositivas Tributarias. Dicha modalidad debera contar con la veeduria de la Oficina de Control Institucional. La invitacion, las Bases del Concurso y demas documentacion deberan ser publicadas en la pagina web. 7.3 Concurso Publico.- Es la modalidad por la cual se convoca la contratacion de servicios o adquisiciones de bienes de manera abierta, por montos superiores a 300 Unidades Impositivas Tributarias. Podra realizarse un Concurso por Invitacion o un Concurso Publico para montos que correspondan a una

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