Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2010 (05/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de junio de 2010

Administrativas o Resoluciones de Sancion Administrativa es por noventa (90) dias calendarios a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- ALCANCES El Programa comprende lo siguiente: 1) La condonacion del 90% de las Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sancion Administrativa que se encuentre en via ordinaria y/o coactiva de los anos 2002 al 2004; 2) La condonacion del 80% de las Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sancion Administrativa que se encuentren en via ordinaria y/o coactiva de los anos 2005, 2006 y 2007; 3) La condonacion del 70% de las Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sancion Administrativa que se encuentren en via ordinaria y/o coactiva de los anos 2008, 2009 y 2010, MORDAZA y durante la vigencia de la presente Ordenanza, cualquiera sea el estado en que se encuentre siempre y cuando el pago sea al contado. La Unidad de Ejecucion Coactiva y/o Unidad de Recaudacion y Control notificara por escrito de manera personalizada este Programa a fin de verificar la existencia y situacion del administrado y el plazo para el cumplimiento de la deuda. En ningun caso, el pago de las Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sancion Administrativa exime al administrado la obligacion formal de regularizacion de los hechos que motivaron la imposicion de la misma. Respecto de los pagos a cuenta y/o fraccionamientos efectuados en los ejercicios 2009 y primer trimestre del 2010 por razones socio - economicas, de salud y otros provenientes de audiencia vecinal, y o expedientes administrativos que cubran los cobros establecidos en el presente articulo segun ano de la Resolucion de Multas Administrativas y/o Resolucion de Sancion Administrativa, en merito de la presente MORDAZA, deberan tenerse por canceladas; no existiendo devoluciones por diferencias de ser el caso. En caso los montos cancelados por pagos a cuenta y/o fraccionamientos, no cubran los cobros senalados en el presente articulo, el administrado podra cancelar la diferencia para poder acogerse al presente beneficio. Los administrados que se acojan al presente Programa, reconocen expresamente sus obligaciones materia de regularizacion, por lo que, no podran presentar futuros recursos impugnatorios respecto a las deudas canceladas en el ambito de aplicacion del presente Programa. Articulo 5º.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS Los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son validos y no se encuentran sujetos a compensacion y/o devolucion. Articulo 6º.- DESISTIMIENTO En el caso que se hubiera interpuesto recursos impugnatorios respecto de la deuda materia del presente Programa, los administrados deberan presentar su escrito de desistimiento ante la Unidad de Tramite Documentario y Archivo. Si el procedimiento se encontrara tramitandose ante otro organo, se debera presentar MORDAZA del desistimiento presentado. Caso contrario, el pago efectuado constituira un pago a cuenta del total de la deuda. Articulo 7º.- DE LAS RESOLUCIONES DE SANCION ADMINISTRATIVA Una vez que termine la vigencia de la presente Ordenanza: 7.1 Las Resoluciones de Sancion Administrativa en estado de cobranza coactiva, que se encuentran pendientes de pago, impuestas a personas naturales o juridicas, y que al finalizar el MORDAZA de cobranza coactiva se MORDAZA determinado como incobrables, de dudosa recuperacion cobranza dudosa, o de cobranza onerosa debidamente comprobada, se procederan a extinguir, previo informe tecnico de la Unidad de Ejecucion Coactiva, en el cual se debera probar todas las acciones de cobranza ejecutada en el tiempo por las deudas comprendidas en la propuesta de extincion de deudas, y la calidad de onerosa de cada deuda a extinguir; de acuerdo a la Directiva para

el Procedimiento de Provision, Determinacion, Castigo y Quiebre de deudas de cobranza dudosa y recuperacion onerosa, establecidos en el Decreto de Alcaldia Nº 008-2007-ALC-MDL, de fecha 14 de MORDAZA del 2007. El procedimiento MORDAZA senalado tambien sera aplicado para las multas en la via ordinaria en lo que corresponda. 7.2 Una vez culminado el Programa de Regularizacion y Saneamiento de Resoluciones de Multas Administrativas y Resoluciones de Sancion Administrativa, se procedera a aplicar el procedimiento establecido en el D.A. Nº 08-2007ALC-MDL, de fecha 14 de MORDAZA del 2007, asimismo, las Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sancion Administrativa que se encuentren bajo los efectos del Art. 16º de la Ordenanza Nº 214-MDL RAS de la Municipalidad Distrital de Lince, se ceniran al procedimiento MORDAZA senalado. Articulo 8º.- DE LOS GASTOS Y COSTAS PROCESALES Las Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sancion Administrativa que se encontraran en la via coactiva y que por lo tanto han irrogado un costo economico a la Municipalidad en su recuperacion, se les acotara por concepto de Costas y Gastos Procesales un monto unico de S/. 10.00 (Diez Nuevos Soles). Articulo 9º.GARANTIAS O MEDIDAS CAUTELARES Las garantias que se encuentren otorgadas a favor de la Municipalidad; asi como las medidas cautelares trabadas se mantendran en tanto se concluya la cobranza de la deuda no tributaria, salvo que el contribuyente la sustituya por otra garantia a satisfaccion de la Municipalidad y/o cancelacion de la deuda. DISPOSICIONES FINALES Articulo Primero.- Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria, a traves de las Unidades de Recaudacion y Control, como de Ejecucion Coactiva, como a la Oficina de Tecnologia de Informacion y Procesos y a la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Secretaria General para su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- Deleguese en el MORDAZA de la Municipalidad de Lince para que mediante Decreto de Alcaldia se dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 503051-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban "Directiva para la publicacion y Actualizacion de Informacion en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho"
(Se publica la presente Resolucion de Alcaldia a solicitud de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, mediante Oficio Nº 166-2010-MSJL-SG, recibido el 3 de junio de 2010) RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 390 San MORDAZA de Lurigancho, 6 de MORDAZA de 2007

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