Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2010 (05/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
TITULO VI

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de junio de 2010

con un minimo de 30 firmas, y una iniciativa de Proyecto de impacto distrital. Articulo 17º.- INSCRIPCION Y REGISTRO DE ORGANIZACIONES La Gerencia de Participacion Vecinal es la unidad organica responsable de la inscripcion y registro de los agentes participantes, representantes de las organizaciones de la sociedad civil y de los ciudadanos que desean participar en el MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Articulo 18º.- PLAZOS DE INSCRIPCION Las solicitudes de inscripcion de origen territorial, podran ser recibidas sin restriccion alguna por las Juntas Vecinales, quienes cumplen un rol promotor y facilitador, asi como por la Sub Gerencia de Participacion Vecinal y Organizaciones Sociales responsable del MORDAZA de Registro. La Subgerencia de Participacion Vecinal y Organizaciones Sociales, expedira las respectivas credenciales, de los Agentes Participantes, Titular y Suplente, en cada caso, en un plazo no mayor de 8 (ocho) dias habiles contados a partir de la fecha de recepcion de la solicitud. Vencido el mencionado plazo si no hubiera el pronunciamiento de la entidad correspondiente, las solicitudes se daran por aprobadas. Las inscripciones de origen tematico se realizaran en la Sub Gerencia de Participacion Vecinal y Registro de Organizaciones Sociales. En caso de observacion o tacha de un Agente Participante, la organizacion o el ciudadano podra interponer recurso de Reconsideracion o Apelacion por denegatoria de inscripcion, sin costo alguno, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444 - Ley General del Procedimiento Administrativo y, demas normas legales vigentes al respecto. Articulo 19º.- INSCRIPCION VIRTUAL La Gerencia de Participacion Vecinal establecera un MORDAZA de inscripcion virtual por el cual la ciudadania y las organizaciones sociales podran acceder a la inscripcion para la formulacion de los Presupuestos Participativos anuales. El sistema recogera los requisitos y disposiciones establecidos en la presente Ordenanza. La Sub Gerencia de Participacion Vecinal y Registro de Organizaciones Sociales estara a cargo de dicho proceso. Articulo 20º.- INSCRIPCIONES ANTERIORES Para un adecuado MORDAZA de inscripcion todas aquellas organizaciones sociales ya inscritas en procesos anteriores, solo presentaran una carta confirmando su participacion en el MORDAZA a desarrollarse y adjuntar el acta de eleccion del representante de la organizacion o la ratificacion del representante ya inscrito. TITULO V PROCEDIMIENTO VIRTUAL PARA LA PREINSCRIPCION Y REGISTRO, Y MORDAZA DE RESULTADOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS Articulo 21º.- PROCEDIMIENTO VIRTUAL Con la presente Ordenanza se crea y establece el procedimiento virtual, a traves del que se realizara: a) La pre-inscripcion y registro de Agentes Participantes, b) La MORDAZA de los resultados del MORDAZA de formulacion del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Articulo 22º.- RESPONSABILIDADES La Sub Gerencia de Participacion Vecinal y Registro de Organizaciones Sociales, es responsable del MORDAZA de Pre-Inscripcion y registro de los Agentes Participantes, a traves del Aplicativo Virtual del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. La Gerencia de Planificacion y Presupuesto, es responsable de la MORDAZA de Resultados del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.

PROCEDIMIENTO DE APROBACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS Articulo 23º.- ACUERDO DE LOS TALLERES Los acuerdos recogidos por el Equipo Tecnico, producto del MORDAZA participativo, seran incluidos en el Documento Final del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Articulo 24º.- MORDAZA ANTE EL CCLD 1. El Acta de Acuerdos y Compromisos y el Documento Final del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados es remitido al MORDAZA para su MORDAZA al Consejo de Coordinacion Local Distrital. 2. El MORDAZA Distrital lo presenta al Consejo de Coordinacion Local Distrital para su aprobacion correspondiente. El Equipo Tecnico debera presentar un informe en caso exista observaciones al Documento Final del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados presentado. Articulo 25º.- MORDAZA ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL Terminada la fase de coordinacion y concertacion; el proyecto del Presupuesto Participativo Basado en Resultados es elevado por el MORDAZA ante el Concejo Municipal para su conocimiento, revision y aprobacion correspondiente. TITULO VII COMPOSICION DEL COMITE DE VIGILANCIA Articulo 26º.- ELECCION DEL COMITE DE VIGILANCIA La Asamblea de Agentes Participantes de manera autonoma, eligen de entre sus representantes a los miembros del Comite de Vigilancia del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, en cumplimiento del Articulo 10º del Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. Articulo 27º.- NUMERO DE MIEMBROS DEL COMITE DE VIGILANCIA El numero de miembros del Comite de Vigilancia sera de 07 (siete) Agentes Participantes debidamente inscritos para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. El Comite de Vigilancia sera conformado de la siguiente manera: 1. (03) tres Representantes de Organizaciones Sociales de Base Territoriales. 2. (04) cuatro Representantes de Organizaciones Sociales de Base No Territoriales, incluyendo a (01) un representante de los no organizados, si los hubiese. Se nombrara a (01) un representante de Organizaciones Sociales de Base Territorial y (01) un representante de Organizaciones Sociales de Base No Territorial como suplentes en caso de vacancia o renuncia formal de algun integrante elegido, de acuerdo al Reglamento de Eleccion del Comite de Vigilancia. Articulo 28º.- REGLAMENTO DE ELECCION DEL COMITE DE VIGILANCIA El Reglamento de Elecciones de los miembros del Comite de Vigilancia, se aprobara en el Primer Taller Distrital del Presupuesto Participativo Basado en Resultados por los Agentes Participantes y se procedera a elegir a los miembros de forma inmediata. Articulo 29º.- CONFORMACION INTERNA El Comite de Vigilancia esta facultado para establecer su organizacion interna y funcionamiento en concordancia con el Articulo 10º del Reglamento de

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