Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2010 (05/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de junio de 2010

Declaran como Prioridad Regional las Actividades de Prevencion, Promocion y Control de la TB en la Region de Ucayali
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2010-GRU-CRU EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de marzo del 2010, continuada el 24 de marzo del 2010; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia publica, economica y administrativa teniendo por mision organizar la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region; sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, en concordancia con lo dispuesto en el inciso a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional tiene entre sus atribuciones aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 068/2009/ DGSP/ de fecha 19 de noviembre del 2009, se declara en situacion de Emergencia Sanitaria a nivel Nacional, la situacion de la Tuberculosis, tuberculosis multi-resistente y extremadamente resistente, y mediante Resolucion Directoral Nº 865/GR de fecha 02 de Diciembre del 2009, se Conforma el Equipo Tecnico Regional de Prevencion y Control de la Tuberculosis en la Region Ucayali; Que la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en su Articulo 36º inciso b) establece que son competencias compartidas de los Gobiernos Regionales la Salud Publica; Que, en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 49º inciso a) establece como "Funcion Especifica" en materia de Salud el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la Region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales; Que, el Peru es el MORDAZA MORDAZA en MORDAZA con el mayor numero de personas afectadas de tuberculosis y actualmente tiene el mayor numero de personas afectadas con tuberculosis multidrogo resistente en las Americas. Que, desde el ano 1996 se ha detectado en nuestro MORDAZA una forma de tuberculosis ultra resistente o extremadamente resistente (TBX MDR), casi incurable, que desafia la capacidad de respuesta nacional y pone en peligro todo nuestro sistema de salud. Que, Ucayali esta calificada a nivel nacional como de "muy alto riesgo para TB" pues la cantidad de casos y muertes de tuberculosis que se tiene en la region supera el promedio nacional. Que, con fecha 12, 13 y 14 de octubre del 2009 se realizo el taller de Diagnostico de la Situacion de Tuberculosis y Planificacion de la Medicion de buenas Practicas en Tuberculosis, levantandose un acta de acuerdos y compromisos entre los que destaca la solicitud de declaracion de la TB. Que, con fecha 24 de noviembre del 2009 mediante Oficio Nº 2468-GOREU/DRSU/DESP/DAICS/DEPROMS/ DG, se presenta la justificacion tecnica que sustente la declaratoria de la TB como emergencia sanitaria en la region mediante Ordenanza Regional.

Que, siendo imperativo declarar PRIORIDAD REGIONAL A LA TUBERCULOSIS, es que con fecha 27 de enero del ano 2010 se ha adjudicado el Plan Multisectorial Anual para la prevencion y control de la TB para el 2010, remitido por la Mesa Tematica de Prevencion y Control de la Tuberculosis del Consejo Regional de Salud. Cabe mencionar que la formulacion de dicho plan ha permitido convocar a diferentes actores publicos y privados que tiene un rol en este grave problema de salud publica. Que, acorde con lo previsto por el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las ordenanzas regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulos 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificado por la Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesion Ordinaria de fecha 18 de marzo del 2010, continuada el 24 de marzo del 2010, aprobo la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR Prioridad Regional a las Actividades de Prevencion, Promocion y Control de la TB en la Region de Ucayali, asimismo establezcanse normas tecnicas, politicas financieras y de prevencion, promocion, tratamiento y rehabilitacion de la Salud que permitan el control de la Tuberculosis en la Region Ucayali. Articulo Segundo.- RECONOCER al Consejo Regional de Salud y especificamente a la Mesa Tematica de TB como instancia de articulacion de actores publicos, privados y sociedad civil organizada, cuya funcion es proponer politicas publicas, estrategias de intervencion acorde con la realidad cultural y sanitaria de la region. Articulo Tercero.- DISPONER que los Gobiernos Locales tanto Provinciales y Distritales, incorporen en su presupuesto el apoyo a las actividades de prevencion, promocion y control de la TB. Articulo Cuarto.DISPONGASE, que la reglamentacion y las pautas para el cumplimiento de la presente Ordenanza, MORDAZA aprobadas por el Consejo Regional de Salud. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ucayali el cumplimiento de la presente ordenanza regional, implementando las acciones pertinentes a su investidura y funciones para el normal desarrollo del MORDAZA de coordinacion y concertacion a favor del control de la TB. Articulo Sexto.- ENCARGUESE a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional asi como en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe). Articulo Septimo.- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali a los veinticuatro dias del mes de marzo del ano dos mil diez. WILDER MORDAZA ALGUAYO ARGANDONA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veintinueve dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 502418-1

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