Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2011 (05/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES
2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,038) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

448049

1. Por el Servicio de Agua Potable T1 = To (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,039) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

c. Cargo por volumen de servicio de alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico RANGOS m3/mes 0 a mas 0a8 8 a mas 0 a mas 0 a mas 0 a mas Tarifa (S/./m3) Ano 1 0,119 0,119 0,161 0,255 0,555 0,255 Ano 2(2) 0,124 0,124 0,167 0,265 0,576 0,265 Ano 3 0,124 0,124 0,167 0,265 0,576 0,265 Ano 4 0,124 0,124 0,167 0,265 0,576 0,265 Ano 5 0,124 0,124 0,167 0,265 0,576 0,265

Donde: To T1 T2 T3 T4 T5 : : : : : : : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente Tarifa media que corresponde al ano 1 Tarifa media que corresponde al ano 2 Tarifa media que corresponde al ano 3 Tarifa media que corresponde al ano 4 Tarifa media que corresponde al ano 5 Tasa de crecimiento del Indice de Precios al por Mayor

NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal

(2) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria de 3,8% correspondiente al ano 2. Sin embargo los incrementos tarifarios condicionados y previstos a partir del tercer ano se realizaran de acuerdo con lo establecido en literal B del Articulo Nº 1. d. Asignaciones Maximas de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 20 Domestico 25 Comercial 40 Industrial 60 Estatal 40

B. Incremento tarifario condicionado Se establece incrementos tarifarios condicionados. La aplicacion de estos incrementos y sus montos dependeran del inicio de operacion del Proyecto Integral de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Bagua con codigo SNIP Nº 2393. En ese sentido, a fin de dar sostenibilidad tecnica y economica al citado proyecto, se establecen dos incrementos tarifarios condicionados. Incrementos Tarifarios condicional (Porcentaje) Incremento 3er. ano 4to. ano SERVICIO DE AGUA POTABLE 9,0% 9,5% SERVICIO DE ALCANTARILLADO 9,0% 9,5%

Estos incrementos se aplicaran si el proyecto integral empieza a operar en el tercer ano regulatorio. Para la aplicacion del primer incremento tarifario condicionado, la EPS debera informar a la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion de la SUNASS, la entrada en operacion del proyecto Integral (obras de cabecera). El MORDAZA incremento condicionado se aplicara al ano siguiente del inicio de operacion de dicho proyecto, considerando el cumplimiento de las metas condicionadas que se encuentran en el anexo 1, literal B. En caso se retrase el inicio de la operacion del proyecto integral, el incremento tarifario sera re-calculado. Ante esta situacion, EMAPAB SRL. debera comunicar a la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion, con tres meses de anticipacion, la nueva fecha de inicio de la operacion asi como presentar la documentacion requerida por la Gerencia de Regulacion Tarifaria. Articulo 2°.- Aprobar la estructura tarifaria para el proximo quinquenio regulatorio por los servicios de Agua Potable y Alcantarillado y que se detallan a continuacion. a. Cargo fijo (S/. /Mes): 0,94. Se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas1. b. Cargo por volumen de agua potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal RANGOS m3/mes 0 a mas 0a8 8 a mas 0 a mas 0 a mas 0 a mas Tarifa (S/./m3) Ano 1 0,388 0,388 0,527 0,834 1,819 0,834 Ano 2(1) 0,403 0,403 0,548 0,867 1,890 0,867 Ano 3 0,403 0,403 0,548 0,867 1,890 0,867 Ano 4 0,403 0,403 0,548 0,867 1,890 0,867 Ano 5 0,403 0,403 0,548 0,867 1,890 0,867

En el estudio tarifario se detalla las asignaciones de consumo establecidas anualmente por cada MORDAZA de categoria Articulo 3°.- Aprobar las metas de gestion para el proximo quinquenio, asi como los mecanismos de evaluacion del cumplimiento de las metas de gestion e incrementos tarifarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº1. Articulo 4°.- Disponer la aplicacion de la estructura tarifaria establecida en la presente Resolucion, a partir del proximo ciclo de facturacion. Articulo 5°.- Disponer la creacion de un fondo para financiar las inversiones con recursos propios que forman parte de la formula tarifaria y estructura tarifaria aprobada, que solo podra ser utilizado para tales fines. Si se comprueba un uso distinto, la SUNASS comunicara este hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica. Para constituir el referido fondo, EMAPAB SRL. debera destinar mensualmente en cada uno de los anos del periodo quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de agua potable y alcantarillado senalados en el Anexo N° 2 de la presente resolucion. Articulo 6°.- Aprobar los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios de colaterales que EMAPAB SRL. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 3 de la presente resolucion. Articulo 7°.- Disponer la aplicacion de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de servicios colaterales establecidos en el Anexo N° 3 a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 8°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. La Exposicion de Motivos, los Anexos Nº 1, 2, 3, el Estudio Tarifario Final y el Informe de conformidad a la propuesta final de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales se consignaran en la pagina web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olivarez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Carrion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TECNICO Y DETERMINACION DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA

(1) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria de 3,9% correspondiente al ano 2. Sin embargo los incrementos tarifarios condicionados y previstos a partir del tercer ano se realizaran de acuerdo con lo establecido en literal B del Articulo Nº 1.

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Aprobado por Resolucion N° 009-2007-SUNASS-CD.

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