Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2011 (26/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 107-2011-MTC/03 SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2011

MORDAZA, 26 de enero del 2011 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 060505 de fecha 07 de setiembre de 2006, presentada por COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Talara, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 518-96-MTC/15.17, del 11 de setiembre de 1996, se autorizo a COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., por el plazo improrrogable de doce (12) meses, en periodo de instalacion y prueba, el establecimiento de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion comercial por television en el distrito y provincia de Talara, departamento de Piura; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 289-2001MTC/15.03, del 30 de MORDAZA de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de MORDAZA de 2001, se autorizo por el plazo de diez (10) anos a COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A. la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en el distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de Piura. Conforme a lo dispuesto por el articulo 2º de la citada resolucion, el plazo de vigencia de la autorizacion vencio el 13 de setiembre de 2006; Que, con fecha 07 de setiembre de 2006, COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A. solicito la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 289-2001-MTC/15.03; Que, los articulos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 6442007-MTC/01 se modifico el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo que el plazo para la atencion de los procedimientos de renovacion para los servicios de radiodifusion es de ciento veinte dias (120), y se encuentra sujeto al silencio administrativo positivo, habiendose configurado el presente procedimiento el 04 de enero de 2008, fecha en que entro en vigencia la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 344-2005MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 7462008-MTC/03 y modificada con Resolucion Viceministerial Nº 035-2010-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de VHF para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Talara, incluyendose en esta al distrito de Parinas, provincia y departamento de Piura; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 4962-2010MTC/28, opina que debe declararse que ha quedado aprobada al 04 de enero de 2008, en aplicacion del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 289-2001MTC/15.03, a COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A.; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nº 29060, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

Articulo 1º.- Declarar aprobada al 04 de enero de 2008, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 289-2001-MTC/15.03, a COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en la localidad de Talara, departamento de Piura. Articulo 2º.- El plazo de la renovacion a que se refiere el articulo precedente se computa a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 289-2001-MTC/15.03, en consecuencia, vencera el 13 de setiembre de 2016. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 605192-1

Aprueban texto modificatorio de la Parte 65 "Licencias de Personal Aeronautico Excepto Miembros de la Tripulacion" de las Regulaciones Aeronauticas del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 058-2011-MTC/12 MORDAZA, 24 de febrero del 2011 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 0502001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 186-2010-MTC/12, del 23 de junio de 2010, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto del Proyecto de modificacion de la Parte 65 de las Regulaciones Aeronauticas del Peru; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, habiendose recibido recomendaciones y sugerencias que han sido acogidas, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe el texto modificatorio correspondiente, el que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, la Direccion de Seguridad Aeronautica,

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