Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2011 (26/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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obligacionistas; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. YVONKA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora de Emisores 606438-1

Empresas y Valores - CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos US$ US$ 1 533,00 400,00

Autorizan viaje de profesional de CONASEV a Costa Rica para participar en la III Ronda de Negociaciones para la suscripcion de un Acuerdo de Libre Comercio entre Peru y paises de Centroamerica
RESOLUCION CONASEV Nº 019-2011-EF/94.01.1 MORDAZA, 23 de febrero de 2011 VISTO: El Facsimil Circular Nº 015-2011-MINCETUR/VMCE/ DNINCI, de fecha 01 de febrero de 2011, cursado por el Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, sobre la participacion de los representantes acreditados de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores ­ CONASEV, en la III Ronda de Negociaciones para la suscripcion de un Acuerdo de Libre Comercio entre Peru y paises de Centroamerica; CONSIDERANDO: Que, del 28 de febrero al 04 de marzo de 2011 se realizara la III Ronda de Negociaciones para la suscripcion de un Acuerdo de Libre Comercio entre Peru y paises de Centroamerica, en la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica; Que, la referida ronda de negociaciones tiene como objetivo continuar con las negociaciones para la creacion de una MORDAZA de Libre Comercio entre Peru y Costa Rica, El MORDAZA, Honduras, Guatemala, Panama y los paises centroamericanos que asi lo manifiesten. En este sentido, se espera generar un alto nivel de complementariedad en el intercambio comercial y promover un mayor flujo de comercio de bienes, servicios e inversiones entre Peru y dichos paises, dando especial enfasis a una oportunidad para las pequenas y medianas empresas; Que, esta Comision Nacional considera necesaria la participacion del senor MORDAZA Falen MORDAZA, Profesional 3 de la Direccion de Investigacion y Desarrollo, en la III Ronda de Negociaciones para la suscripcion de un Acuerdo de Libre Comercio entre Peru y paises de Centroamerica en el equipo de trabajo peruano de la mesa de negociacion de Servicios Financieros; Que, en consecuencia, y siendo de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con cargo al Presupuesto de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, y el Decreto Supremo N° 047-2002PCM; que establecen disposiciones sobre autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos o representantes del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje del senor MORDAZA Falen MORDAZA, Profesional 3 de la Direccion de Investigacion y Desarrollo de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, a la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, del 03 al 05 de marzo de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, segun se indica, seran con cargo al Presupuesto de la Comision Nacional Supervisora de

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizado segun el articulo 1º de la presente Resolucion, debera presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANTA TERREROS Presidente 607051-1

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Asignan montos recaudados por concepto de pago de Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por pagos efectuados en el ano 2011 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros correspondiente al mes de enero
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 024-2011-INGEMMET/PCD MORDAZA, 23 de febrero de 2011 Visto; el Informe Nº 003-2011-INGEMMET/DDV/D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 21 de febrero del 2011, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el ano 2011 por Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros durante el mes de enero, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 de diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero de 2008; Que, la Direccion de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de enero del 2011, es de US$ 11´424,745.19 (Once Millones Cuatrocientos Veinticuatro Mil Setecientos Cuarenta y Cinco y 19/100 Dolares Americanos) y S/. 300,770.94 (Trescientos Mil Setecientos Setenta y 94/100 Nuevos Soles), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US$ 31,145.15 (Treinta y Un Mil Ciento Cuarenta y Cinco y 15/100 Dolares Americanos); resultando un importe neto a distribuir de US$ 11´393,600.04 (Once Millones Trescientos Noventa

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