Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2011 (26/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

437691

la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 2173-2010MTC/12.07, Nº 2963-2010-MTC/12.04, Nº 638-2010MTC/12.08 e Informe Nº 349-2010-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el texto de modificacion de la Parte 65 "Licencias de Personal Aeronautico Excepto Miembros de la Tripulacion" de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, que forma parte integrante de la presente resolucion y al que se puede acceder en la pagina web www.mtc.gob.pe/dgac.html, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 607605-1

acceder en la pagina web www.mtc.gob.pe/dgac.html, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 607628-1

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSION a Costa Rica para participar en la III Ronda de Negociacion de un Tratado de Libre Comercio con paises de Centroamerica
RESOLUCION DE LA DIRECCION EJECUTIVA Nº 026-2011 MORDAZA, 25 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, entre los dias 28 de febrero y 4 de marzo de 2011, en la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, se llevara a cabo la III Ronda de Negociacion del Tratado de Libre Comercio con Costa Rica, El MORDAZA, Guatemala, Honduras y Panama, el mismo que incluye un capitulo de inversiones. La mesa de inversiones se reunira del 28 de febrero al 02 de marzo de 2011; Que, el funcionario que representara a PROINVERSION en la mesa de negociacion de inversiones de la mencionada ronda, sera el senor MORDAZA MORDAZA PERRET, Sub Director de la Direccion de Facilitacion y Promocion de Inversiones y Jefe de Tratamiento de Inversion y Cooperacion Internacional de PROINVERSION, quien preside, por parte del Peru, la Mesa de Negociacion de Inversiones del Tratado; Que, corresponde a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, entre otras, participar en la negociacion de los convenios internacionales de inversion; Que, de conformidad con el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 - Ley Nº 29626, las autorizaciones de viajes al exterior con cargo a recursos publicos que se efectuen en MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, en la III Ronda de Negociacion, en lo relativo a inversiones, se continuara con la negociacion respecto temas pendientes en materia de estandares de tratamiento y proteccion contenidos en el texto de negociacion del capitulo de inversiones, considerando los intereses ofensivos y defensivos de Peru; De conformidad con lo dispuesto en la Leyes Nºs. 27619 y 29626 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, por excepcion, del senor MORDAZA MORDAZA PERRET, Sub Director de la Direccion de Facilitacion y Promocion de Inversiones y Jefe de Tratamiento de Inversion y Cooperacion Internacional de PROINVERSION, a la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, entre los dias 28 de febrero y 02 de marzo de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolucion se efectuaran con cargo al

Aprueban texto modificatorio de la Parte 61 "Licencias para Pilotos y sus Habilitaciones" de las Regulaciones Aeronauticas del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 059-2011-MTC/12 MORDAZA, 24 de febrero del 2011 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 0502001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 340-2010-MTC/12, del 26 de noviembre de 2010, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto del Proyecto de modificacion de la Parte 61 "Licencias para Pilotos y sus Habilitaciones" de las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, habiendose recibido recomendaciones y sugerencias que han sido acogidas, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe el texto modificatorio correspondiente, el que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 344-2011-MTC/12.07, N° 429-2011MTC/12.04, Nº 120-2011-MTC/12.08 e Informe Nº 0232012-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de modificacion de la Parte 61 "Licencias para Pilotos y sus Habilitaciones" de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, que forma parte integrante de la presente resolucion y al que se puede

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