Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2011 (26/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2011

en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales"; - Que, la Ley Nº 26821, Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, dispone la ejecucion de un MORDAZA de zonificacion Ecologica y Economica, como apoyo al Ordenamiento Territorial, a fin de evitar conflictos por superposicion de titulos y usos inapropiados y demas fines; - Que, en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en su articulo 20º establece que la planificacion y el ordenamiento territorial tienen por finalidad complementar la planificacion economica, social y ambiental con la dimension territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservacion y aprovechamiento sostenible. Asimismo en el articulo 89º senala que para la gestion de los recursos naturales, cada autoridad responsable toma en cuenta, segun convenga, la adopcion de medidas previas al otorgamiento de derechos, tales como: a) Planificacion, b) Ordenamiento y zonificacion, c) Inventario y valorizacion, d) Sistematizacion de la informacion, e) Investigacion cientifica y tecnologica y f) Participacion ciudadana. - Que, el Decreto Supremo Nº 087 - 2004 - PCM, Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica, en el articulo 1º establece que la Zonificacion Ecologica y Economica - ZEE, es un MORDAZA dinamico y flexible para la identificacion de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluacion de sus potencialidades y limitaciones con criterios fisicos, biologicos, sociales, economicos y culturales. Una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento tecnico y orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales. En el articulo 2º senala que su finalidad es orientar la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la poblacion que la habita y en MORDAZA con el ambiente y en el articulo 22º, literal b) establece que la Zonificacion Ecologica y Economica de un ambito regional es aprobada por Ordenanza Regional; - Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0262010-MINAM, se aprueba los Lineamientos de Politica para el Ordenamiento Territorial. En el Lineamiento 1.2, Accion priorizada 1, se establece "Orientar la ocupacion y uso racional del territorio, mediante la formulacion e implementacion de los planes de Ordenamiento Territorial sobre la base de la Zonificacion Ecologica Economica ZEE, y de otros instrumentos de Ordenamiento Territorial vigentes, con aplicacion efectiva de las competencias y funciones, economicas, politicas y sociales."; - Que, mediante Ordenanza Regional Nº 012-2005GRCAJ-CR, modificada por Ordenanza Regional Nº 012-2010-GRCAJ-CR, se declara de prioridad regional el MORDAZA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL REGIONAL en todo el territorio regional, tomando como instrumento base la ZONIFICACION ECOLOGICA Y ECONOMICA de la Region MORDAZA, progresivamente desde el nivel macro hasta el nivel meso, en articulacion con los Gobiernos Locales, asimismo los Organismos Publicos y demas instituciones relacionadas con el desarrollo regional de MORDAZA que deberan disponer la atencion prioritaria a este proceso; - Que, mediante Ordenanza Regional Nº 018-2010GRCAJ-CR, se aprueba la Zonificacion Ecologica y Economica a nivel macro del departamento de MORDAZA a escala 1:250,000, como un instrumento base para el ordenamiento y la planificacion territorial; para la implementacion de politicas de desarrollo, programas, proyectos de inversion publica y privada, que conlleven al logro del desarrollo sostenible del departamento; - Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008GRCAJ-CR, se aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en el articulo 47º in fine, referido a los Dictamenes, establece que "se exceptua de dictamen aquellos Acuerdos de Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona (permisos debidamente justificados por los Consejeros Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional) o que esten referidos a saludos que se realizan a otras instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y complejidad no ameriten informes tecnicos, quedando a criterio de la Mesa Directiva determinarlo"; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes

Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0042008-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordo: Primero.- RESPALDAR el MORDAZA de la Zonificacion Ecologica y Economica a nivel macro del departamento de MORDAZA a escala 1:250 000, como un instrumento base para el ordenamiento y la planificacion territorial; para la implementacion de politicas de desarrollo, programas, proyectos de inversion publica y privada, que conlleven al logro del desarrollo sostenible del departamento; MORDAZA que fue aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0182010-GRCAJ-CR. Segundo.- RESPALDAR las acciones que viene realizando el Equipo Tecnico Multidisciplinario encargado de llevar a cabo el MORDAZA de Zonificacion Ecologica, Economica y Ordenamiento Territorial del departamento de Cajamarca; acciones que permitiran alcanzar los objetivos y fines propuestos en procura del desarrollo regional. Tercero.- DISPONER que la Direccion Regional de Administracion realice los tramites correspondientes para la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Cuarto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELZER MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 607162-1

Declaran infundada solicitud de reconsideracion de representantes de empresas mineras que operan en la Region MORDAZA contra la decision tomada en la Zonificacion Ecologica y Economica y aprobada mediante la Ordenanza Nº 018-2010-GRCAJ-CR
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 013-2011-GR.CAJ-CR MORDAZA, 14 de febrero de 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 07 de febrero del ano 2011; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 001-2011-GR.CAJCR/COAJ-COP-COGAS, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos, Planeamiento, referente a la solicitud de reconsideracion interpuesta por los representantes legales de las empresas mineras que operan en la Region MORDAZA contra la decision tomada en el ZEE, con el MORDAZA unanime del Pleno, y; CONSIDERANDO: - Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que en su articulo 15º, literal a) prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. En el articulo 37º literal a) establece que los Gobiernos Regionales a traves de su Consejo Regional dicta las normas y disposiciones como Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. Y en el articulo 53º, Literal a), establece que es politica de los Gobiernos Regionales: "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales"; - Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en el articulo 208º que el recurso de reconsideracion se interpondra ante el mismo organo que dicto el primer acto que es materia de

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