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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (31/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 44

De conformidad con los Artículos 98” y 101” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N” 02-94-JUS, modificado por la Ley N” 26810;Pág. 168138 tEt~&l&LflM-I:~ Lima, jueves 3 1 de diciembre de 1998 quero, del Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo N” OOl-98-PE y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica: SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar inadmisible el recurso de reconsideración interpuesto por ENVASADORA AGROINDUSTRIAL SAN ANTONIO DE VILA VILA S.A.. contra la Resolución Directoral N” 143-98-PE/DNPP de fecha 21 de julio de 1998, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente resolución.De conformidad con los Artículos 4a”inciso b) numeral 1,44”, 45”~ 46” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca, los Artículos 55”, 57”, 59” y 60” de su reglamento, rprobado por Decreto Supremo N” 01.94.PE, modificado oor Decreto Supremo N” 09.94.PE, las Resoluciones Mi- nisteriales NOs. 107-94-PE, 322-95.PE y 379-97-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el DOreto z;.p;;mo NOlO-97.PE y la Resolucion Ministerial N 505- Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (el 15269 Otorgan autorización a empresa para efectuar el traslado físico de planta de harina de pescado RESOLUCION DIRECTORAL w 235.98.PEmNPP Lima, 28 de diciembre de 1998 Visto los escritos con Registros NS. CE-198001 ,y CE- 282002 de fechas 3 de julio de 1998 y 4 de diciembre de 1998, respectivamente, presentados por PESQIJERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A.; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial N” 378-95.PE, de fecha 12 de julio de 1995, se otorgó a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. - PESCA PERU, licen- cia de operación a fin de que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, para la producción de harina de pescado, en su Unidad Opera- tiva N”4209, ubicada en el distrito de Paracas, provin- cia de Pisco, departamento de Ica, con una capacidad instalada de 139 t/h de procesamiento de materia prima, en base a la cual, en el marco del proceso de inversión privada en el ámbito de las empresas que conforman la actividad empresarial del Estado, se creó la empresa PESCA PERU PISCO SUR; Que la Resolución Ministerial W 107-94-PE de fecha 15 de marzo de 1994, establece que durante lavigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesa- miento, la transferencia en propiedad o cambio de pose- sión del establecimiento industrial pesquero conlLeva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante los escritos del visto PESQTJERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. solicita el cambio de nombre del titular de la licencia de operación otorgada a PESCA PERU PISCO SUR S.A., al haber absorbido mediante fusión a esta empresa, conforme consta en escritura pública de fecha 6 de noviembre de 1998, asimismo, la recurrente solicita el traslado físico del establecimiento industrial pesquero citado en el pri- mer considerando al terreno signado como sublote 3A- 1, puerto de Malabrigo, distrito de Rázuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, en concor- dancia con lo disnuesto a la Resolución Ministerial N 379-97-PE; I Que la Dirección del Medio Ambiente con Oficio N 755.98-PEDIREMA de fecha 2 de octubre de 1998, mani- fiesta que ha recaído calificación favorable al Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando alo informado por la Dirección de Normas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, me. diante los Informes NS. 202 y 228-98-PEDNPP-Dn de fechas 30 de octubre y 9 de diciembre de 1998, que sustentan la procedencia técnica de lo solicitado y señalan que la recurrente ha cumplido con presentar los requisi tos establecidos en los Procedimientos N”s. 16y 18, corres. pondiente ala Dirección Nacional de Procesamiento PesLSE RESUELVE: Artículo lo.- Aprobar el cambio de nombre del titular de la licencia de operación otorgada a PESCA PERU PISCO SUR S.A., mediante Resolución Ministerial N” 378.95.PE de fecha 12 de julio de 1995, a favor de PES- QUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. Artículo 2”.- Otorgar a PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A., autorización para efectuar el traslado físico de su planta de harina de pescado con una capacidad de 139 t/h de procesamiento de materia prima, de su establecimiento industrial ubicado ala altura del km. 17.5 de la carretera Pisco - Paracas, distrito de Paracas, pro- vincia de Pisco, departamento de Ica, hacia el esta- blecimiento industrial pesquero a ubicarse en el sublote 3A-1, puerto de Malabrigo, distrito de Rázuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. Artículo 3”.- PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A., deberá instalar y equipar su establecimiento indus- trial con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesque- ra. Asimismo deberá implementar un sistema de control que garantice la óptima calidad de su producto final, así como implementar las medidas de mitigación planteadas en su Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorable- mente por la Dirección del Medio Ambiente mediante“p N” 755.95.PEDIREMA de fecha 2 de octubre de Artículo 4”.- Otorgar el lazo de un ( 1) año contado a partir de la fecha de expe c!ida la presente resolución, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa presentación de la información relativa al avance de obras e inversión sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la implementación de su planta de harina de pescado. Previo al inicio de su actividad productiva, soli- citará lainspección técnica correspondiente para la deter- minación de la capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operación. Artículo 5”.- El incumplimiento de lo establecido en los Artículos 3” y 4” de la presente resolución será causal de caducidad del derecho otorgado. Artículo 6”.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe- rial No 378.95-PE de fecha 12 de julio de 1995, en el extremo relativo ala titularidad otorgada a PESCA PERU PISCO SUR S.A. Artículo 7”.- Transcribir la presente resolución a las Direcciones Regionales de Pesquería de Ica y Trujillo. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (el 15270 Otorgan a empresa licencia de opera- ción para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobio- lógicos RESOLUCION DIRECTORAL W 236.98.PE/DNPP Lima, 28 de diciembre de 1998