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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (31/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

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Pág. 168136 Et m &)Ik’1k~15(tii~ Lima, jueves 3 I de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: I Que, la empresa de transportes ha cumplido con pre- sentar los requisitos establecidos en el Artículo 13” del Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N” 05-95MTC, para la prestación del servicio propuesto; Que, la Direcci<in de’rransportr de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Informe N’ 1209-98-MTCl 15.18.04.1.1,M’l’,expresa haberrevisadoladocumentación y encontrado conforme; por lo que recomienda otorgar a favor de la Empresa de Transportes TURISMO EXPRE- SO CRUZ HERMANOS S.R.LTDA.. la c,oncesión de ruta: Arequipa-Puno y viceversa: Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional en Memorándum N” 3626-98-MTCY15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe N” 1391-98-MTCY15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo N’ 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N’ 0595.M’rC, Ley N” 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo K” O70-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo N’ 019-97 -MTC y Decreto Ley iv’ 25862; SE RESUELVE: I Primero.- OTORGAR a favor de la Empresa de Trans- portes T1JKISMO EXPRESO CRUZ HERMANOS S.R.LTDA., la concesión de servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedickn de eata resolución, en la ruta: Arequipa-Puno y viceversa, de acuerdo a los slguien- tes términos: RUTA AREQUIPA-PUNO y viceversa ORIGEN AREQUIPA DESTINO : PUNO ITINERARIO JULIACA ESCALA COMERCIAL : JULIACA FRECUENCIA Una (1) interdiaria FLOTA VEHICULAR Dos (2) vehiculos FLOTA OPERATIVA Un (1) ómnibus UO- (94) FLOTA DE RESERVA. Un (1) ómnibus UO- (94) HORARIOS : Salida de Arequipa : 18.00 horas (lunes, miércoles y viernes) Salida de Puno .18 OO horas (malles, jueves y sáb,edo) La tarjeta de circulaciJn será expedida en relación al año de fabricación de los vehiculos ofertados, bajo respon- sabilidad. Segundo.- La concesionaria está rjbligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95MTC y demás disposiciones vigentes. concernientes al servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus. que se autoriza. Tercero.- La concesionaria estli obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, compu- tados a partir de la fecha de publicación de esta resolu- ción, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17” del reglamento aprobado por Decreto Supremo W 05-95- MTC; en caso contrario. se aplicarán las sanciones previs- tas en el segundo p:irrafo del Artículo 16” del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- 1,a presente resoluci6n se publicará en el Diario Oficial El Peruano. conformse :L ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBANEZ MANCHEGO Director Genwal Direccilin General de (:irculacion TerrestreArtículo l”.- Aprobar el cambio de nombre del titular de la licencia de operación otorgada a la em resa ANGEL MAR S.A. mediante Resolución Ministerial &187-95-PE, a favor de PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. (PIANGESA), para el desarrollo de la actividad de conge- lado de productos hidrobiológicos, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Celestino Zapata Crespo N” 103, distrito de Culebras, provincia de Huar- mey, departamento de Ancash, conla siguiente capacidad instalada: 15299I Congelado : 29 t/díaPESQUERIA Aprueban cambio de nombre de titular de licencia de operación para desarro- llar actividad de congelado de produc- tos hidrobiológicos RESOLUCION DIRECTORAL w 232-9sPE/DNPP Lima, 28 de diciembre de 1998 Visto el Expediente de Registro W CE-00057003 con escritos de fechas 21 de agosto, 1 de octubre y 13 de noviembre de 1998 respectivamente, presentados por ;?;QJEF¿A INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. (PIAN- CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial N“ 187-95F’E de fecha 3 de mayo de 1995, se otorgó a la empresa ANGEL MAR S.A. licencia de operación para que desarrolle la actividad de congelado de productos hidrobiológicos, en 13~ estable- cimiento industrial pesquero, ubicado en Av. Celestino Zapata Crespo W 1.03, distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash, con una capacidad instalada de 29 t/día; Que là Resolución Ministerial N” 107-94-PE de fecha 15 de marzo de 1994, establece que durante la vigencia de la licencia de la operación de cada planta de procesamien- to, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transfe- rencia de dicha licencia en los mismos términos y condicio- nes en que fue otorgada; Que mediante los escritos del visto la recurrente solicita el cambio de nombre del titular de la licencia de operación de la planta de congelado otorgada a la empresa ANGEL MAR S.A., en razón de que la misma fue absorbi- da por COMPLEJO INDUSTRIAL PESQUERO MIS- TL4NO S.A., según consta en la escritura pública de fecha 23 de diciembre de 1995 y esta última, a su vez fue absorbida por PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. (PIANGESA), conforme obra en la escritura pública de fecha 23 de diciembre de 1996; Estando a lo informado por la Dirección de Control de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero a tra- vés de su Informe N” 142-98-PEIDNPP-Dc, de fecha 26 de noviembre de 1998, que sustenta la procedencia técnica de lo solicitadoy que señala que la recurrente ha cum lido con los requisitos establecidos en el Procedimxento $18, correspondiente a la Dirección Nacional de Procesamien- to Pesquero, del Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decre- to Supremo N” OOl-98-PE y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los Artículos 43” inciso d), 45” y 46” de la Ley General de Pesca - Decreto Ley N” 25977, los Artículos 59” y 60” de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE, modificado por Decreto Supremo N” 09-94-PE:, la Resolu- ción Ministerial N” 107-94-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Dezreto ~;~~;noN”OlO-97-PEylaFksoluciónMinisterialN 505- SE RESUELVE: