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Pág. 158314 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de marzo de 1998 Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral, una vez que entre en vigor, derogará la Resolución Directoral Nº 012-97- MTC/15.13 (11.MAR.97) Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y será oficiada a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú (DICAPI), Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPU), Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUANAS), y Asociación Peruana de Agentes Marítimos (APAM). Regístrese y comuníquese. EUSEBIO VEGA BUEZA Director General (e) Dirección General de Transporte Acuático 3089 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 253-98-MTC/15.18 Lima, 2 de febrero de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 970227 organizado por AMERICA EXPRESS S.A. - AEXSA, sobre Concesión de Ruta: Chimbote-Paita y viceversa e Informe Nº 066-98-MTC/ 15.18.04.1 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97- MTC, para la prestación del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 173-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 107-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a AMERICA EXPRESS S.A. - AEXSA, la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el perío- do de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedi- ción de esta Resolución, en la ruta: Chimbote-Paita y viceversa, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :CHIMBOTE-PAITA y viceversa ORIGEN :CHIMBOTE REGION : CHAVIN DESTINO :PAITA REGION : GRAU ITINERARIO :TRUJILLO-PAIJAN- PACASMAYO-CHEPEN- CHICLAYO-PIURA-SULLANA ESCALA COMERCIAL :TRUJILLO-CHICLAYO-PIURA FRECUENCIAS :Una (1) interdiaria FLOTA VEHICULAR :Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un (1) ómnibus: UQ-3107 (1989) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UE-1700 (1994) HORARIOS :Salida de Chimbote: 9.30 p.m. (Lunes, miércoles y viernes) Salida de Paita: 9.30 p.m. (Martes, jueves y sábado) La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigen- tes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza.Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servi- cio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Inter- nacional. Quinto.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. ANA MARIA MONTTI DE MONTERO Directora General Dirección General de Circulación Terrestre 3104 Otorgan a empresa concesión de servi- cio público de transporte terrestre inter- provincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 384-98-MTC/15.18 Lima, 20 de febrero de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 04127011, organiza- do por la "EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO PINI- LLOS" E.I.R.Ltda., sobre Nueva Concesión de Ruta: LIMA - CAJAMARCA y viceversa e Informe Nº 111-98-MTC/ 15.18.04.01. de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97- MTC, para la prestación del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 302-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 158-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la "EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO PINILLOS" E.I.R.Ltda. la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta Resolu- ción, en la ruta: LIMA - CAJAMARCA y viceversa, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA-CAJAMARCA y viceversa ORIGEN :LIMA REGION: ------- DESTINO :CAJAMARCA REGION: NOR ORIEN- TAL DEL MARAÑON ITINERARIO :CHIMBOTE - TRUJILLO - PACASMAYO ESCALA COMERCIAL :TRUJILLO FRECUENCIAS :Una (1) interdiaria FLOTA VEHICULAR :Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un (1) ómnibus: UD-2912 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UD-2858 (1995) HORARIOS :Salida de Lima: 19.00 horas (Lunes, miércoles y viernes) Salida de Cajamarca: 19.00 horas (Martes, jueves y sábado) La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigen- tes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre