Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 1998 (21/03/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 21 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

Pag. 158303

(b) El total estimado de los recursos proporcionados por el Donatario para el Proyecto sera el equivalente de Seis Millones de Dolares Americanos (US$ 6,000,000), en efectivo, sujeto al acuerdo mutuo de las Partes en el momento en que proceda cada incremento subsiguiente de la Donacion, tal como se describe en la Seccion 3.1 (b). El Donatario reportara por lo menos una vez al ano en un formato acordado por USAID sobre su contribucion en efectivo, asi como cualquier contribucion adicional. Articulo 4.- Fecha de Terminacion (a) La Fecha de Terminacion de este Convenio, que es el 30 de setiembre de 2004, u otra fecha que las Partes pudieran acordar por escrito, es la fecha en que las Partes estiman que todas las actividades necesarias para lograr el Objetivo y los Resultados estaran concluidos. (b) Salvo que USAID acuerde lo contrario por escrito, USAID no emitira o aprobara documentacion que autorice desembolsos de fondos de la Donacion por servicios prestados o bienes adquiridos despues de la Fecha de Terminacion. (c) Las solicitudes de adelantos, acompanadas de la documentacion sustentatoria necesaria, prescrita en Cartas de Ejecucion, deben ser recibidas por USAID a mas tardar hasta nueve (9) meses despues de la Fecha de Terminacion, o en cualquier otro periodo que USAID acuerde por escrito MORDAZA o despues de esta fecha. Despues de dicho periodo, USAID, mediante notificacion por escrito al Donatario, puede, en cualquier momento o momentos, reducir la Donacion en su totalidad o en parte, en los montos por los cuales no hubiera recibido solicitudes de desembolso, acompanadas de la documentacion sustentatoria necesaria prescrita en Cartas de Ejecucion, MORDAZA de la expiracion de dicho periodo. Articulo 5.- Condiciones Previas al Desembolso Seccion 5.1. Primer Desembolso Previo al primer desembolso bajo la Donacion o a la emision por parte de USAID de la documentacion mediante la cual se puede efectuar el desembolso, el Donatario debera, excepto en el caso de que las Partes acuerden lo contrario por escrito, presentar en forma y contenido satisfactorios para USAID lo siguiente: (a) Un dictamen emitido por el Asesor Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, u otro asesor aceptable para USAID, estableciendo que este Convenio ha sido autorizado o ratificado por, y ejecutado a nombre del Peru, y que el mismo constituye una obligacion valida y legalmente exigible del Peru de conformidad con todos sus terminos y condiciones; y (b) El nombre de la persona que se desempena como titular o interinamente en el cargo indicado en la Seccion 7.2 del Convenio y de cualquier representante adicional, junto con el facsimil de las firmas de cada una de las personas indicadas. Seccion 5.2. Desembolsos Adicionales (a) Desembolso para el Ministerio de Salud (MINSA). Previo al desembolso de fondos de la Donacion, o a la emision por parte de USAID de documentacion mediante la cual se puede efectuar tal desembolso para financiar las actividades del MINSA, el Donatario debera: (i) asignar una persona, mutuamente acordada por las Partes, tal como se requiere en el Anexo 1, al puesto de Director de la Actividad VIGIA; y (ii) demostrar que la Unidad Especial del MINSA cuenta con el personal adecuado, mutuamente determinado por las Partes, para proporcionar apoyo administrativo y gerencial a la Actividad VIGIA. (b) Desembolso para Acciones a Nivel Comunitario. Previo al desembolso de fondos de la Donacion o a la emision por parte de USAID de documentacion mediante la cual se puede efectuar tal desembolso al MINSA para financiar acciones a nivel comunitario, tal como se describe en el Anexo 1, las Partes acordaran por escrito los procedimientos bajo los cuales tales acciones seran administradas, incluyendo pero no limitandose a, la seleccion de los beneficiarios y administracion financiera. Seccion 5.3. Notificacion USAID notificara al Donatario, tan pronto como determine que una condicion previa ha sido cumplida. Seccion 5.4. Plazos para Cumplir las Condiciones Previas (a) El plazo limite para cumplir las condiciones previas descritas en la Seccion 5.1 es de sesenta (60) dias a partir de la firma de este Convenio, u otro plazo que USAID pudiera acordar por escrito MORDAZA o despues del plazo indicado. Si las condiciones previas de la Seccion 5.1 no hubieran sido cumplidas en el plazo establecido, USAID podra, a su discrecion, dar por terminado este Convenio, notificando al Donatario por escrito. (b) El plazo limite para cumplir las condiciones previas descritas en la Seccion 5.2. (a) es de cuarenticinco (45) dias a partir de la firma de este Convenio, u otro plazo que USAID pudiera acordar por escrito MORDAZA o despues del plazo indicado. Si las condiciones previas de la Seccion 5.2 (a) no hubieran sido cumplidas en el plazo establecido, USAID podra, a su discrecion, cancelar el saldo no desembolsado de la Donacion y no comprometido de manera irrevocable a un tercero, y dar por terminado este Convenio, notificando al Donatario por escrito.

Articulo 6.- Acuerdos Especiales Seccion 6.1. Asesores Macro Regionales (a) El Donatario acuerda que los Asesores Macro Regionales, tal como se describe en el Anexo 1 y se acuerde mutuamente entre las Partes, seran nombrados dentro de los sesenta (60) dias posteriores al nombramiento del Director de la Actividad VIGIA. (b) El Donatario acuerda que el personal requerido para implementar las actividades de VIGIA sera asignado a tiempo completo. Seccion 6.2. Monitoreo del Progreso Las Partes acuerdan en monitorear en forma continua durante la MORDAZA del Convenio el progreso hacia el logro del Objetivo y Resultados del Convenio descritos en el Anexo 1 de este Convenio. Articulo 7.- Varios Seccion 7.1. Comunicaciones Cualquier notificacion, solicitud, documento u otra comunicacion presentada por cualquiera de las Partes a la otra bajo el presente Convenio, debera efectuarse por escrito o mediante telegrama, telefax o cable y sera considerada como debidamente efectuada o enviada cuando MORDAZA sido entregada a dicha Parte en las siguientes direcciones: Al Donatario: Ministerio de Salud Cuadra 8 Av. Salaverry s/n MORDAZA, Peru. Telf.: 4323794 - 4242896 Fax: 4316665 A USAID: Direccion Postal: Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional a/c Embajada de los Estados Unidos MORDAZA, Peru. Direccion Cablegrafica: USAID, AMEMBASSY MORDAZA, Peru Toda comunicacion debera efectuarse en ingles o espanol. Se puede sustituir otras direcciones en lugar de las indicadas, mediante notificacion. Seccion 7.2. Representantes Para todos los fines de este Convenio, el Donatario estara representado por la persona titular o interina en el cargo de Ministro de Salud, y USAID estara representada por la persona titular o interina en el cargo de Director de la Mision, cada uno de los cuales puede, mediante aviso por escrito, designar a otros representantes para la ejecucion de los Componentes del Convenio y para todos los fines excepto el de firmar enmiendas formales al Convenio o ejercer la autoridad indicada en las Secciones 2.2. o 2.3. para modificar los Resultados o el Anexo 1. Los nombres de los representantes del Donatario, con sus respectivas firmas, seran proporcionados a USAID, la cual aceptara como debidamente autorizado cualquier instrumento firmado por dichos representantes en la ejecucion de este Convenio, hasta recibir aviso por escrito de la revocacion de su autoridad. Seccion 7.3. Anexo de las Estipulaciones Standard Se adjunta un "Anexo de las Estipulaciones Standard" (Anexo 2), el cual forma parte de este Convenio. Seccion 7.4. Idioma del Convenio Este Convenio esta preparado en ingles y espanol. En el caso que existiera ambiguedad o conflicto entre las dos versiones, la version en ingles prevalecera. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, actuando cada uno a traves de sus representantes debidamente autorizados, han suscrito este Convenio en sus nombres y lo han otorgado en el dia y el ano mencionados en la primera pagina. REPUBLICA DEL PERU MORDAZA Ferrero Costa Ministro de Relaciones Exteriores

ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA MORDAZA C. Jett Embajador MORDAZA W. MORDAZA, Jr. Director USAID/Peru

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.