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P¿ig. 166080 qM?lmo g?rMiikLm-Ml*~ lima, domingo 22 de noviembre de 1998 6.2 Flete Se indicará el valor total del flete, desde el puerto de embarque hasta el puerto de destino. 6.3 Seguro Ese1 valor total de las primas de seguro de las mercan- cías o de los valores establecidos según las tablas de seguros vigente. 6.4 CIF En la columna de moneda de transacción, se consigna- rá el valor total FOB en moneda de Transacción. En la columna de dólares se consignará la suma de los valores Fob, Flete y Seguro en esta moneda. 6.5 Moneda de Transacción Se indicará el nombre y código de la moneda en que se efectuó la transacción comercial. 7. FIANZA BANCARIA Se indicará el nombre del banco, número, monto, vigencia y fecha de emisión de la fianza. 6. DECLARANTE Se indicará la fecha de formulación del documento y firma del declarante 9. DILIGENCIA DEL ESPECIALISTA Casilla reservada para uso exclusivo de la autoridad aduanera, a utilizarse para efectos del reconocimiento físico. 10. AUTORIZACION Casilla reservada para uso exclusivo de la autoridad aduanera, donde se consignará el plazo de permanencia de la mercancía en nuestro país, que deberá estar cubierto por la fianza bancaria. SALIDA DE MERCANCIAS ll. TRANSPORTE 11.1 Puerto de Embarque Se indicará el nombre y código del lugar de embarque (marítimo, aéreo, terrestre u otro) de las mercancías. ll.2 País de destino/código Se indicará el nombre y código del país al cual están destinadas las mercancías. ll.3 Puerto de desembarquekódigo Se indicará el nombre y código del último puerto de desembarque (marítimo, aéreo u otro) de las mercancías. ll.4 Modo de transportehódigo Se indicará la descripción y código del modo de trans- porte de las mercancías. 11.6 W Manifiesto Se indicará el número de Manifiesto de Carga. ll.6 N”Conocimient.o de EmbarquelGuía Aérea/ PostaIKarta de Porte Se indicará el número del documento de transporte (Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Carta de Porte u otro). ll.7 Empresa de TrausporteKódigo Se indicará el nombre o razón social de la empresa o entidad bajo cuya administración opera la unidad de transporte y su código correspondiente. 11.8 VehícuIo/Matrícula Se indicará el nombre o matrícula que identifica a la unidad de transporte.I12. INGRESO DE MERCANCIAS A LOS ALMA- ¿IENES 1 / l 112.1 Autorizado Ingreso al Almacén Se consignará el Visto Bueno del almacén que recep- :ionó las mercancías a embarcarse. 12.2 Autorizado por la Cía. Transportadora Se llenará sólo en los despachos de Exportación: Se :onsignará el Visto Bueno de la Cía. Transportadora. 1’ ,13. RECEPCION CAPITAN VEHICULO El capitán del vehículo indicará la cantidad de bultos sfectivamente exportados, peso bruto total así como la Fecha y hora que terminó el último embarque. 14. DILIGENCIA DEL ESPECIALISTA Casilla reservada para uso exclusivo de la autoridad aduanera, a utilizarse para efectos del reconocimiento Físico. 15. OBSERVACIONES Se indicará las observaciones adicionales a las que hubiera lugar. 16. DECLARANTE Se indicará la fecha de formulación de la Declaración y la firma del Declarante. /- REGIMEN DE TRANSITO L 1. OBJETIVO Impartir instrucciones sobre el procedimiento adua- nero a seguir respecto de las mercancías que ingresan al territorio nacional con destino al exterior solicitadas al Régimen Aduanero de Tránsito al amparo de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento. II. ALCANCE Está dirigido al personal de ADUANAS, Despachado- res de Aduana, Almacenes Aduaneros Autorizados, Em- presas Transportistas, Dueños y Consignatarios que in- tervienen en el Régimen Aduanero de Tránsito. III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo esta- blecido en el presente Manual es de responsabilidad de las Intendencias de Aduana de la República y de la Intenden- cia Nacional de Técnica Aduanera, respectivamente. IV. VIGENCIA A partir del 1 de diciembre de 1998 V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas -Decreto Legislativo N” 809 del 19.4.96 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo W 121- 96 - EF del 24.12.96 - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas aprobada por el Decreto Supremo N” 122 -96-EF del 24.12.96 - Normas referidas al ingreso de bienes a los CETICOS -Ley N” 26831 del 17.7.97 - Ley de Delitos Aduaneros y su Reglamento aproba- dosporLeyN”26461del8.6.95yDecretoSupremoN”121- 95EF del 15.8.95 - Código tributario - Decreto Legislativo N” 816