Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (23/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 25

Lima, lunes 2.7 de noviembre de 1998 cl-0 Pág. 166183 ‘Empuje de Despegue”: Respecto a los turbomotores significa el empuje desarrollado bajo condiciones estáticas a una altitud específica y temperatura atmosférica, bajo las condiciones máximas de r.p.m. del eje rotor yla temperatura de gas aprobada para el despegue normal y limitado su uso continuo al período de tiempo indicado en la especificación aprobada del motor. “Empuje de Despegue Nominal”: Respecto a la certificación tipo del turbomotor, significa el empuje aprobado y desarrollado estáticamente bajo condiciones estándar al nivel del mar, sin inyección de fluido y sin su combustión en una cámara de combustión separada, dentro de las limitaciones de operación del motor, establecida bajo la RAP 33 de estas RAP, y limitado su uso a períodos no mayores de 5 minutos para la operación de despegue. “Empuje Mínimo”: Significa el empuje del reactor obtenido con la palanca de control de potencia del motor colocada en la posición del tope de mínimo empuje que se pueda colocar. ‘Empuje Máximo Continuo Nominal”: Con respecto a la certificación tipo del turbomotor, significa el empuje aprobado, desarrollado estáticamente o en vuelo, en atmósfera estándar auna altitud especificada, con inyección de fluido y combustión en un cámara de combustión separada dentro de las limitaciones de operación del motor establecidas bajo la RAP 33 de estas RAP y aprobado para períodos de uso no restringido. “Enmienda”: Es toda corrección, modificación, adición o reemplazo de una norma o parte de ella. “Equipo”: Uno o varios conjuntos de componentes relacionados operacionalmente para el cumplimiento integral de una función determinada. ‘Espacio Aéreo Navegable”: Es el espacio aéreo por encima de las altitudes mínimas de vuelo prescritas bajo este capítulo, incluyendo el espacio aéreo necesitado para el decolaje y aterrizaje seguro. “EspacioAéreo Clase A”: Es un espacio aéreo que se extiende desde los 18,000 pies sobre el nivel del mar hasta el nivel de vuelo 600, incluyendo el espacio aéreo que bordea el mar territorial dentro de una distancia de 200 millas náuticas de la costa, dentro de áreas que exista cobertura de señal de navegación doméstica o cobertura radar del ATC y dentro del área donde los procedimientos domésticos se aplican. “Espacio Aéreo Clase B”: Es un espacio aéreo que se extiende desde la superficie hasta los 10,000 pies de altura sobre el nivel del mar alrededor del aeropuerto mas congestionado en términos de operaciones IFR o tráfico de pasajeros. La configuración de cada espacio aéreo clase B es individualmente confeccionada y consiste en un área de superficie y dos o más capas y está designado para contener todos los procedimientos instrumentales publicados. “Espacio Aéreo Clase C”: Es un espacio aéreo que se extiende desde la superficie hasta 4,000 pies sobre la elevación del aeropuerto circundante a aquellos aeropuertos que cuenta con una torre de control, tienen servicio de control radar de aproximación y este tiene cierto número de operaciones IFR o tráfico de pasajeros. La configuración de cada espacio aéreo clase Ces individualmente confeccionada, el espacio aéreo usualmente consiste en un radio de 5 millas náuticas del centro de la superficie y se extiende desde la superficie hasta 4,000 pies sobre la elevación del aeropuerto y un radio de 10 millas náuticas en una area que se extiende desde los 1,200 pies hasta 4,000 pies sobre la elevación del aeropuerto. “Espacio Aéreo Clase D”: Es un espacio aéreo que se extiende desde la superficie hasta 2,500 pies sobre la elevación del aeropuerto circundante a aquellos aeropuertos que cuenta con una torre de control. La configuración de cada espacio aéreo clase C es individualmente confeccionada, y cuando existan procedimien- tos instrumentales publicados, este espacio aéreo será designado normalmente para contener estos procedimientos. “Espacio Aéreo Clase E”: Es el espacio aéreo que no pertenece a la clase A, clase B, clase C, o clase D y es un espacio aéreo controlado. “Espacio Aéreo Clase G”: Es el espacio aéreo que no ha sido designado como claseA, clase B, clase C, clase D o clase E y es un espacio aéreo no controlado. “Establecimiento Aeronáutico”: Persona natural, física o jurídica autorizada por la DGTA para efectuar estudios, análisis técnicos, pruebas, ensayos, reparaciones, revisiones, mantenimiento, fabricación, altera- ciones, modificaciones yio reconstrucciones de aeronaves o componentes de ellas. “Estructura de aeronaves”: Significa el fuselaje, con sus componentes (largueros, larguerillos, costillas, mamparos, nacelas, etc.); las superficies aerodinámicas (incluyendo rotores, peroexcluyendo hélices y planos aerodinámicos, rotativos de motores) y tren de aterrizaje con sus accesorios y controles. “Excepción”: Privilegio que se concede a un usuario eximiéndolo del cumplimiento de una Regla o parte de ella. “Fabricación en Serie”: Reproducción de un Producto con Certificado Tipo. “Fabricante Principal”: Es el poseedor del Certificado de Producción. “Factor de Carga”: Significa la relación de una carga especificada con relación al peso total de la aeronave. La carga especificada se expresa en cualquiera de los términos siguientes: Fuerzas aerodinámicas, fuerzas de inercia o reacciones del suelo o agua.