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I,ima, lunes 2.1 de noviembre de IWR e[m Pág. 166193 defecto o mal funcionamiento de cualquier producto, parte o pieza fabricada por él ala Dirección General de Transporte Aéreo que puede ser causa de cualquiera de los casos mencionados en párrafo (e) de esta Sección. (b) A partir de la fecha de vigencia de la presente Parte 21, el titular de un Certificado Tipo (incluyendo Certificado Tipo Suplementario) y los titulares de: Aprobación de Fabricación de Partes (AFP) o una Orden Técnica Estándar COTE), o un licenciatario de un Certificado Tipo, deberán notificara la DGTA en un plazo no mayor de 24 Hrs. después de ser descubierto, o haber sido informado de, cualquier falla, defecto o mal funcionamiento en cualquier Producto, Parte o Pieza fabricada por él,a la Dirección General de Transporte Aéreo, incluyendo los defectos o fallas derivados de la aplicación del Sistema de Control de Calidad de fabricación y que puede ser causa de cualquiera de los casos mencionados en el párrafo (e) de esta Sección. (c) Las notificaciones se aplican también encaso de accidentes o incidentes aeronáuticos en Aeronaves en desarrollo, en procesos de Certificación o ya certificadas, independientemente de cualquier otra comunicación a la que el poseedor esté también obligado por otras disposiciones reglamentarias. (d) La notificación inicial podrá ser hecha por el método más rápido (teléfono, telegrama, télex, Telefax...) y deberá ser seguida de una notificación por escrito, que contendrá como mínimo la información que se detalla a continuación: (1) Matrícula de Aeronaves; (2) Designación de modelo y tipo; (3) Número de serie; (4) Identificación de piezas, parte, conjunto, sistema o dispositivo; (5) Naturaleza de la falla, mal funcionamiento o defecto; (e) Las siguientes novedades deberán ser notificadas de acuerdo a lo indicado en los párrafos ca), (b), cc) y (d) de esta Sección: (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13)Incendios causados por falla, mal funcionamiento o defecto de sistemas ylo de equipos. Falla del sistema de escape de motor, cuyo mal funcionamiento o defecto, puede causar daños al motor, a la estructura adyacente, equipamiento y/o componentes. Acumulación o circulación de gases tóxicos o nocivos, en el compartimiento de tripulantes o cabina de pasajeros. Mal funcionamiento, falla o defecto del sistema o conjunto de control de hélice. Falla estructural de la pala de hélice, o falla del cubo de la hélice o rotor de giroavión. Pérdida de líquidos inflamables, en áreas donde normalmente existe una fuente de ignición, conexiones a las mismas, 0 puntos calientes. Falla del sistema de freno, causada por falla estructural o de material, durante la operación del mismo. Defectos o fallas significativas en la estructura primaria de la Aeronave, causada por cualquier condición de uso (fatiga, baja resistencia, corrosión, etc.). Cualquier vibración o flameo anormal, mecánico o aerodinámico, causado en la estructura o sistemas, por mal funcionamiento, defecto o falla de origen estructural o de sistemas. Falla de motor o alguno de sus componentes. Cualquier mal funcionamiento, defecto o falla estructural en los sistemas de comando de vuelo, que cause interferencia al control normal de la aeronave y que anulen ylo afecten sus cualidades de vuelo. La anulación de una o más fuentes de poder eléctrico o sistema hidráulico, o neumático, durante una operación específica de la aeronave. Falla o mal funcionamiento de más de un instrumento indicador de velocidad, actitud o altitud durante una operación específica de la aeronave. (f) En adición a los documentos requeridos en (a) y (b) el informante deberá presentar a la DGTA, cuando ésta lo solicite, todos los estudios, análisis, ensayos y cálculos elaborados, con el objeto de determinar las causas de fallas, mal funcionamiento, defectos y/o incidentes ocurridos o detectados en algún Producto certificado autorizado. (g) Siempre que la investigación de un accidente o un informe de Dificultades en Servicio indique que un Producto fabricado en base a una Aprobación de Fabricación de Partes (AFP) y el respectivo Certificado de Producción, no presenta condiciones de seguridad a causa de algún defecto de fabricación o de diseño, el fabricante deberá notificar ala DGTA los resultados de su investigación al respecto, y cualquier acción tomada o propuesta para corregir aquel defecto. Si fuera necesario