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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (27/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

Que, en el marco del instrumento citado, el 4 de junio de 1998 se suscribe el Convenio de Donación de Ayuda Alimen- taria de Título II para Monetización y Distribución Directa entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América, por el que el Gobierno Peruano, repre- sentado por el Mmisterio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano a través del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donación de aproximadamente 100,649 toneladas métricas de alimentos del Gobierno Norteamericano! de las cuales 51,100 tm se usarán en Programas de Distnbución Directa y 49,549 tm se utilizarán para Monetización; Que, en virtud al Artículo 1: Aceptación de la Donación del referido instrumento, la donación está sujeta a la dispo- nibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados ylo limitar el valor total de cada producto debido a la variación de precios o a cual- quier otro factor que pueda afectar esta donación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del mencionado Convenio de Donación, se acuerda que los ali- mentos importados para la distribución directa y monetiza- ción serán de propiedad excluswa de cinco Organizaciones Privadas Sin Fines de Lucro, entre las cuales se encuentra la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE, quienes asumirán la responsabilidad total desde su recep- ción en puertos peruanos hasta la distribución al brneticia- rio final, debiendo utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley ì\i” 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, consigna- das entre otros, a instituciones y organismos públicos, así como las donadas por concepto de Cooperación Técnica Internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orien- tadas a Iines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la República y estarán libres de pago de derechos específicos y adicionales consolidados en el Arancel de Adua- nas, no siendo requisito para estos casos, la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa de Importación; Con las visaciones de la Gerencia de Planifiración y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Geren- cia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N” 719, Decreto Ley N” 21942. Decretos Supremos Ns. 127. 91-PCM y 020-92-PCM. Resolución Suprema N” 50%93- PCM, Resolución de Contraloría N” 122-9%CG y Resolución Ministerial N” lll-97.PROMIIDEH. y; estando a las faculta- des conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Artículo 20” del Reglamento de Organi@ón y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo N 003-9%PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo l”.- Aceptar y aprobar la donación procedente del Gobierno de los Estados Unidos de América, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para la Cooperativa America- na de Remesas al Exterior - (‘ARE-Per-u, consistenle en. PRODUCTO VALOR ! FOB USS iVALOR CIF USS Artículo 2”.- Emplear el referido volumen de alimentos donados en el marco del Progvarna “Seguridad Alimentaria Sostenible” que ejecuta CARE-Perú en el país, cuyo objetivo es asegurar que las familias de extrema pobreza tengan acceso y un adecuado suministro de alimentos que rrúna sus requerimientos nutricionales mínimos. Artículo 3”.- Encargara las Gerencias de Lmea para que participen en el seguimiento de las Acciones de Logística Alimentaria (Recepción, Almacenamiento, Manejo, Conser- vación, Transporte, Dtstribución y Uso de los a!imentos donados) que ejecuta CARE-Perú. La información obtenida como resultado de! segriimiento efectuado será utilizada en las evaluaciones que- realiza PRONAA, según los términos estipulados en el Convenio de Donación de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetiza- ción y Distribución Directa entre el Gobierno del I’eru y el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 4”.- Agradecer al Gobierno de los Estados Uni- dos de América, por intermedio de la Agencia para el Desa- rrollo Internacional - USAID, su importante contribución.Artículo 5”.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas WJNAD), a la Con- saloría General de la República (CGR) y a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI) del Ministerio de la Presidencia, dentro de los términos de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo 13754 Constituyen el ComitéTécnicodel PRO- NAA para afrontar el problema informático del año 2000 RESOLUCION PRESIDENCIAL W 239-9%PRONAAA’ Lima, 24 de noviembre de 1998 VISTO. el Oficio N” 552-98-INEL’J, emitido por el Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI; y, CONSIDERANDO: Que, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA, es un Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Huma- no creado por Decreto Supremo N” 020-92-PCM, cuya función es contribuir a elevar el nivel alimentario y nutricional de la población en situación de pobreza extrema, ejecutando accio- nes de apoyo y seguridad alimentaria dirigidas preferente- mente a la atención de los grupos vulnerables y en alto riesgo nutricional, en especial a los niños, madres gestantes y lactantes y damnificados por situaciones d<* emergencia temporal; Que, de acuerdo a los lineamientos dictados por el Insti- tuto Nacional de Estadística e Informática, en su condición de coordinador de las actividades relacionadas con las solu- ciones al problema informático del año 2000 se ha previsto la constitución en las entidades del estado de comités técnicos, los cuales estarán encargados del planeamiento, diagnóstr- co, evaluación e implementación de las soluciones al proble- ma informático, en el área de su competencia, Que, el problema informático no afectará exclusivamente al área de informática, sino también a las áreas técnicas y administrativas de la instituciõn, por lo que es necesaria la conformación de un comité técmco para afrontar el problema informático del año 2000; Con las visaciones de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Administración, Gerencia de Ase- soría Jurídica y de las Gerencias Generales Administrativa Técnica; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso nj del Artículo 20” del Reglamento de ~1rganización y Funciones del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA, aprobado por Decreto Supremo N” 003-98-PROMUDEH, SE RESUELVE: Artículo lo.- Constituir, a partir de la fecha,, el Comité Técnico del Programa Nacional de, Asistencia Ahmentaria - PRONAA, para Afrontar el Problema Informático del Año 2000, el cual estará integrado por: - Gerente de Planificación y Presupuesto, quien lo presidirá - Gerente de Administra&& miembro Gerente de Programas y Proyectos, miembro Gerente de Recursos Alimentarios, miembro Gerente de Operaciones. miembro - Jefe de la Unidad de Informática y Estadística, quien actuará en calidad de secretario. Artículo 2”.- El Comité Técnico designado en el artículo anterior tendrá las funciones y atribuciones siguientes: ab Proponer al Presidente del Consejo Directivo. el Plan de Actividades para afrontar el problema informatico del año 2000. b) Supervisar la realización del diagnóstico e inventario de equipos de cómputo, aplicativos informaticos y otros equipos autorizados que estarían afectados. c) Supervisar la elaboración del inventario de los proce- dimientos técnicos y administrativos que podrían verse afectados.