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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (27/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

Lima, viernes 27 de noviembre de 199X el peruano Pág. 16646 5 d) Evaluar los riesgos económicos, tecnológicos y de servicio que puedan verse afectados. e) Proponer la asignación de los recursos requeridos tanto en hardware, software como recursos humanos para la solución del problema informático. f) Supervisar el cumplimiento por los órganos del PRONAA de las metas programadas en el plan de actividades, recomen-dando de ser el caso las medidas correctivas necesarias. g) Desarrollar labores de difusión y sensibilización del personal de PRONAA frente al problema informativo del año 2000. h) Constituir el equipo técnico que el PRONAA requiera para realizar las acciones necesarias tendentes a solucionar el problema informático del año 2000. i) Informar bimestralmente al Presidente del Consejo Directivo, sobre los avances del plan de actividades de la entidad, a efectos de que a través de su despacho se eleve el informe correspondiente al Instituto Nacional de Estadísticae Informática - INEI.de fechas 5 de agosto y 5 de octubre de 1998, respectivamen-te, que sustentan la procedencia técnica de lo solicitado y que señalan que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 16 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo N” 001-98-PE; y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los Artículos 43’ literal b), numeral 4., 44” y 46” del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca; los Artículos 55°, 57” y 60” de su reglamen- to, aprobado por Decreto Supremo N° 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo N° 09-94-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supre- mo N° 010-97-PE; SE RESUELVE.: Artículo 1°.- Otorgar a RANSA COMERCIAL S.A., auto- rización para el aumento de la capacidad instalada de su planta de congelado de nroductos hidrobiológicos de 52 a 72 Artículo 3°.- Todos los órganos del PRONAA brindaránt/dia, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en las facilidades al Comité Técnico para el mejor desempeño dela Av. Argentina N° 2951, Callao, Provincia Constitucional las funciones que realiza., Artículo 4°.- Transcribir la presente resolución al Insti- tuto Nacional de Informática y Estadística - INEI.del Callao, departamento de Lima. Artículo 2°.- RANSA COMERCIAL S.A.. deberá instalar y eauinar su alanta de coneelado de nroductos hidrobiologicos. kon’sujeción ‘a las normas-legales y-reglamentarias del arde- namiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preser- vación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad nesauera. Asimismo deberá imnle- mentar un sistema de control de proceso que garantice la óptima calidad del producto final, así como cumplir con laimplementación de su Estudio de Impacto Ambiental, califica-do favorable por la Dirección del Medio Ambiente mediante Ofic&~~~~-36PE/DIREMA de 29 de setiembre de 1998. “.- Otorgar el plazo de un (1) año contado a partir de la fecha de expedida la presente resolución. reno-vable por igual término una sola ves, previa presentación dela información relativa al avance de obras e inversión efec-tuada, para que la interesada proceda a instalar los equiposy maquinarias que permitan operar con la capacidad proyec-tada en su establecimiento industrial pesquero. Previo alinicio de su actividad productiva, solicitará la inspeccióntécnica correspondiente para la determinación de la capaci-dad instalada v el otorgamiento de la licencia de operación.Regtstrese, comuníquese y publíquese MANUEL VARA OCHOAPresidente del Consejo Directivo 13739 PESQUERIA Otorgan autorización a empresa parael aumento de la capacidad instalada de planta de congelado de productos hidrobiológicos RESOLUCION DIRECTORAL N” 205~9%PE/DNPP Lima, 25 de noviembre de 1998 Visto los escritos con Registros N’s. 12596. 15880,05002 y 00092097 de fechas 26 de setiembre y 21 de noviembre de 1997,5 de enero, 16 de marso. 29 de mayo, 23 de junio y 3 de agosto de 1998, presentados por RANSA COMERCIAL S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Mmisterial N” 291.96-PE de 31 de mayo de 1996, se otorgó a RANSA COMERCIAL S.A., licenciade operación para que desarrolle la actividad de congelado deproductos hidrobiológicos, con una capacidad de 52 tidía, en su establecimiento industrial ubicado en la Av. Argentina N” 2951 - Callao, Provincia Constitucional del Callao; Que el Artículo 43”, literal b) numeral 4. del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca. establece que para la instalación de establecimientos industriales pesqueros. con- forme lo disponga su reglamento, las personas naturales y iurídicas reauerirán de autorización. el mismo aue constitu- ;e derecho específico que el Ministerio de PesqÚeria otorga a plazo determinado; Que el Artículo 55” del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PR. moditi- cado por el Decreto Supremo N” 09-94-PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen ai procesa- miento o transformación de recursos hidrobiolágicos para consumo humano directo e indirecto, requerirán de autoriza- ción para su instalación o aumento de capacidad de operación del establecimiento industrial, y de licencia para la opera-ción de cada planta de procesamiento; Que mediante los escrit,os del visto, RAlNSA COMER- CIAL S.A., solicita se le otorgue autorización para el aumen- to de la capacidad instalada de su planta de congelado deproductos hidrobiológicos con una capacidad proyectada de 52 a 72 ffdía, en su establecimiento industrial pesquero señalado en el primer considerando: Que la Dirección del Medio Ambiente mediante Oficio N” 742-98-PEiDIREMA de fecha 29 de setiembre de 1998, mani- tiesta que ha recaído calificación favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental, presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Control de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero medianteInformes N’k. 103-98-PEDNPP-Dc y 125-9%PE!DNPP-Dc/Artículo 4’.- El incumplimiento de lo establecido en los Artículos 2” y 3” de la presente resolución serán causal decaducidad del derecho otorgado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMAIWKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero ce> 13748 Autorizan el cambio de nombre de titu- lar de licencias para operar plantas de procesamiento de productos hidrobio- lógicos RESOLUCION DIRECTORAL W 206~S&PE/DNPP Lima, 25 de noviembre de 1998 Visto el expediente de Registro N” CE-000610O3 con escritos de fechas 27 de agosto y 10 de setiembre de 1996, presentados por PESQUERA EXALMAR S.A.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial N” 183.95-PE de fecha 3 de mayo de 1995, se otorgó a la EMPRESA NACIO-NAL PESQUERA S.A. -PESCA PERU- licencia de operaciónpara que desarrolle la actividad de procesamiento de produc-tos hidrobiologicos para la producción de harina de pescado, en su Unidad Operativa N” 3605, ubicada en el distrito de Caleta de Carquín, provincia de Huaura, departamento de Lima, con una capacidad instalada de 114 Vh de procesa- miento de materia prima; en base a la cual, en el marco del Proceso de Promoción de la Inversión Privada en el ámbitode las empresas que conforman la actividad empresarial delEstado, se creó la empresa Pesca Perú Huacho S.A.; Que por Resolución Ministerial N” 396-96-PE de fecha 23 de julio de 1996, se autorizó el cambio de nombre del titular a favor de la empresa EXALMAR S.A. de las licencias de operación de las plantas de procesamiento de productoshidrobiológicos otorgadas a la empresa EXPLOTADORA DE ALIMENTOS DEL MAR S.R. Ltda. a través de la Resolución