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Pág. 166462 el pemtano ():r~W$WWM~ Lima, viernes 27 de noviembre de 1998 normas concordantes de la Ley de Simplificación Adminis- trativa, declarará nulo de pleno derecho el acto o proceso administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instau- ración del correspondiente proceso penal, conforme a lo previsto en el Artículo 29° del Decreto Legislativo N° 757 Artículo 6°.- La vigencia del presente Permiso de Opera- ción queda condicionada a la obligación de la compañía HELI UNION SELVA S.A., de otorgar la garantia global que establece el Artículo 19’ de la Ley N° 26917, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación del reglamento de la Ley antes citada; en los términos y condiciones s que éste establezca. El incumplimiento de esta obligación determinara la automáti- ca revocación del presente Permiso de Operación Artículo 7°.- Las aeronaves de In compañía HELI UNION SELVA S.A., podrán operar en los aeropuertos y/o aeródro- mos cuyas alturas estén comprendidas dentro de sus Tablas de Performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Artículo 8”.- El permiso otorgado precedentemente que- da sujeto a la Ley N” 24882 y su reglamento, modificada por el Decreto Legislativo N” 670, lo pertinente de la Ley N 26917, las Regulaciones Aeronaticas del Perú y demás disposiciones legales vigentes, así como a las directivas que dicte la Dirección General de Transporte Aéreo. Artículo 9”.- Los demás artículos de la Resolución Minis- terial N” 694-96-MTC/1 5 del 26.12.96, se mantienen vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENDOZA MELENEZ Director General Dirección General de Transporte Aéreo 13777 PROMUDEH Aceptan y aprueban donaciones que serán empleadas en el marco de pro-gramas de seguridad alimentaria RESOLUCION PRESIDENCIAL N° 236-98-PRONAA/P Lima, 24 de noviembre de 1998 VISTAS: Las solicitudes de Cáritas del Perú, formuladas mediante las Cartas N°s. (X.961198.178 y C8.964/98.180 0 de fechas 22 y 27 de octubre de 1998. y, CONSIDERANDO:Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto a traven del Memorándo N” 364-98-GPP-PRONAA tramita la pro- puesta correspondiente, en atención a lo solicitado por Cári- tas del Perú, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo de la nave “Maersk Texas” al puerto peruano del Callao trayen- do diversos alimentos correspondientes a la ayuda alimenta- ria para el año 1998; Que, el 29 de octubre de 1954 el gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perú celebraron un convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios, mediante el cual se otorgan Ifacilidades a Agencias de Reha- bilitación y Socorro Voluntario No Lucrativas para la distri- bución de productos agrícolas alimenticios y la ejecución de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el marco del Instrumento citado, el 4 de Junio de 1998 se suscribe el Covenio de Donación de Ayuda Alimen- taria de Título II para Monetización y Distribución Directa entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América, por el que el Gobierno Peruano, repre sentado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer- y del Desarrollo Humano a través del Programa Nacional deAsistencia Alimentaria 1 PRONAA). oficialmente acepta y aprueba la donación de 100,649 toneladas métricas de ali- mentos de las cuales 51,300 tm se usarán en Programas de Distribución Directa y 49,549 tm se utilizarán para Moneti- zación; Que, en virtud al Artículo 1: Aceptación de la Donación del referido instrumento, la donación esta sujeta a la dispo- nibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo cl donante sustituir los productos en parte o en su 1 otalidad co:)un producto o productos apropiados ylo limitar el valor total de cada producto debido a la variación de precios o a cual- quier otro factor que pueda afectar esta donación; Que, en el Artículo III: Ejecución del Programa del mencionado convenio de donación, se acuerda que los ali- mentos importados para la distribución directa y monetiza-ción serán de propiedad exclusiva de cinco Organizaciones Privadas sin Fines de Lucro, entre las cuales se encuentra Cáritas del Perú, quienes asumirán la responsabilidad total desde su recepción en puertos peruanos hasta la distribución al beneficiario final , debiendo de utilizarlos en los Progra- mas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley N” 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, consigna-das, entre otros, a instituciones y organismos públicos, así como las donadas por concepto de Cooperación Técnica Internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orien- tadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la República y estarán libres de pago de derechos específicos y adicionales consolidados en el Arancel de Adua- nas, no siendo requisito para estos casos la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa de Importación; Con las visaciones de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Geren- cia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N” 719, Decreto Ley N” 21942, Decretos Supremos N”s. 127- 91-PCM y 020-92-PCM , Resolución Suprema N” 508-93- PCM, Resolución de Contraloría N” 122-98-C G y Resolución Ministerial N” ll l-97-PROMUDEH; y, estando a las faculta- des conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Artículo 20” del Reglamento de Organización y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo N 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo l”.- Aceptar y aprobar la donación procedente del gobierno de los Estados Unidos de América, a nombre del Gobierno Peruano. destinada para Cáritas del Perú, consis- tente en: PUERTO: CALLAO l-----T-PRODUCTO ’ BULTOS hiannadeMaíz / 4.79 0 Artículo 2”.- Emplear el referido volumen de alimentos donados en el marco del “Programa de Desarrollo de la Seguridad Alimentaria” (PRODESA) que ejecuta Cáritas del Perú en el país, el mismo que busca mejorar la seguridad alimentaria de las poblaciones más pobres del Perú. Artículo 3”.- Encargar a las Gerencias de Línea partici- pen en el seguimiento de las Acciones de Logística Alimen- taria (Recepción, Almacenamiento, Manejo, Conservación,Transporte, Distribución y Uso de los alimentos donados) que ejecuta Cáritas del Perú. La información obtenid a como resultado del seguimiento efectuado será utilizada en las evaluaciones que realiza PRONAA, según los términos estipulados en el Convenio de Donación de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetiza- ción y Distribución Directa entre el Gobierno del Perú y elGobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 4”.- Agradecer al Gobierno de los Estados Uni- dos de América, por intermedio de la Agencia para el Desa- rrollo Internacional - USAID, su importante contribución. Artículo iY.-Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Con- traloría General de la República (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI) del Ministerio de la Presidencia, dentro de los términos de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo 13752 RESOLUCION PRESIDENCIAL W 237-98-PRONAAIP Lima, 24 de noviembre de 1998